Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2007 (31/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

346227

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA en su Sesion Ordinaria N° 11 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 46º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en funcion a la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias. En relacion a ello, el articulo 47º de la referida Ley dispone que el concejo municipal aprueba y modifica la escala de multas respectiva; Que, mediante Ordenanza Nº 182-MDMM, se encuentra regulado el Regimen de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, cuyo Cuadro de Infracciones y Sanciones de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria de dicha Ordenanza es el que se aprobo mediante la Ordenanza Nº 024-MDMM y sus modificatorias; Que, el numeral 3) del Art. 230º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la potestad sancionadora de las entidades publicas esta regida por el MORDAZA de razonabilidad mediante el cual estas deben prever que la comision de la conducta sancionable no resulte mas ventajosa para el infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la sancion; Que, en ese contexto resulta necesario adecuar de modo progresivo el Cuadro de Infracciones y Sanciones acorde con la realidad de la jurisdiccion, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las disposiciones y normas municipales y asegurar el MORDAZA de autoridad en el distrito; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta la siguiente:

Articulo Segundo.- Deroguense las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

66233-1

Condonan deuda de arbitrios a personas con discapacidad
ORDENANZA N° 308-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria N° 11 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley N° 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 2.1 del articulo 84° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que es funcion de las municipalidades en materia de programas sociales, de defensa y promocion de derechos, planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripcion, en MORDAZA con las politicas y planes regionales y provinciales; Que, es objetivo de la actual Administracion contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de las personas con discapacidad procurando acciones que contribuyan a lograr su bienestar, en concordancia con el regimen de proteccion establecido en el Art. 1° de la Ley Nº 27050 ­ Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, conforme a lo prescrito en el articulo 40° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 195° de la carta Magna y en la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante D.S Nº 135-99-EF; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Condonese el pago de las deudas tributarias en materia de arbitrios generados hasta el mes de MORDAZA de 2007 a los propietarios de predios ubicados en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, que acrediten ser personas con discapacidad. Articulo Segundo.- Para efectos de lo dispuesto en el articulo precedente el interesado debera presentar ante la Municipalidad, hasta el 28 de junio de 2007, el respectivo Certificado de Discapacidad o la Resolucion que lo acredite como una persona con discapacidad, expedido por el CONADIS, el mismo que debera ser adjuntado a su solicitud correspondiente. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion

ORDENANZA
Articulo Primero.- Modificase el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aplicable de conformidad a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 182-MDMM, de acuerdo a lo siguiente: OBRAS PUBLICAS (8000)
SANCIONES COD. INFRACCION MULTA EN % DE UIT VIGENTE 80% (multa por cada tramo menor o igual a 50 ml) 80% (multa por cada tramo menor o igual a 50 ml) OTRAS ACCIONES Paralizacion de la obra o demolicion Ejecucion de Obra

8001 Ejecutar trabajos sin autorizacion municipal 8003 No restituir a su estado original la infraestructura MORDAZA afectada (pistas, veredas, sardinel, areas verdes) dentro de las 48 horas de culminada la obra y/o vencido el cronograma de ejecucion de obra. 8006 Realizar el ejecutante de las obras, los trabajos en la via publica sin el uniforme completo y en buen estado (pantalon, MORDAZA y calzado). 8007 Construir y/o colocar hitos, gibas, tranqueras, rompemuelles u otros obstaculos en la via publica sin autorizacion municipal. 8014 No presentar en la obra la MORDAZA de la autorizacion municipal respectiva. 8015 No cumplir con las especificaciones del proyecto aprobado.

20%

80%

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente Ordenanza. Segunda.- La condonacion establecida en la presente MORDAZA no implica la devolucion de los pagos realizados. Tercera.- Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en

0.05% 80% Paralizacion de la obra

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