Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2007 (31/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2007

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban obras seleccionadas para ser ejecutadas y bienes a adquirirse por el Gobierno Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 545-2007-GR CUSCO/PR
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2007 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO; VISTO: El Informe Nº 324-2007-GR CUSCO/ORAD - OASA, de fecha 28 de MORDAZA de 2007 de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del Gobierno Regional Cusco; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 014-2007 que Declara en Emergencia la Ejecucion de Diversos Proyectos de Inversion, la entidad para efectos de la ejecucion de los proyectos aprobados conforme lo regulado en el Art. 2º del mismo Decreto, podran aplicar el procedimiento de seleccion abreviado establecido en el Decreto de Urgencia Nº 024-2006 y/o procedimiento especial regulado con el Decreto Supremo Nº 024-2006VIVIENDA, por el plazo senalado en el Art. 1º del Decreto en mencion, asimismo, podran aplicarse los mecanismos y procedimientos especiales para la contratacion de servicios de consultoria, supervision de obra y otros servicios que resulten necesarios para la elaboracion de los Perfiles integrales y ejecucion del proyecto; Que, de conformidad con la MORDAZA Disposicion Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2007 que Declara en Emergencia la Ejecucion de Diversos Proyectos de Inversion, los procedimientos especiales de contratacion a que se hace referencia en el Art. 4º del Decreto en mencion, podran ser aplicados para el caso de mantenimiento de carreteras, de infraestructura de salud, educacion, electrificacion rural, saneamiento de pequenas y medianas irrigaciones; Que, de conformidad con el Art. 2º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006 donde se aprueba el Procedimiento Especial para la Ejecucion de las Actividades y Proyectos Bajo el Ambito de la Ley Nº 28880, Ley que Autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, la relacion de bienes, servicios y obras se aprueban mediante Resolucion del Titular de la Entidad o la MORDAZA autoridad administrativa. Dicha Resolucion, incluyendo la relacion, se publicara en el Diario Oficial El Peruano y en los respectivos portales electronicos de las Entidades; Que, mediante informe Nº 324-2007-GR CUSCO/ ORAD - OASA, de fecha 28 de MORDAZA de 2007, solicita la publicacion de las obras y bienes a convocarse de acuerdo a la normativa correspondiente; Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, Oficina Regional de Administracion y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Cusco; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, inciso d) del Art. 21º, el inciso a) del Art. 41º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobierno Regionales modificada por Ley Nº 27902; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, Las obras seleccionadas a ser ejecutadas y bienes a adquirirse por el Gobierno Regional MORDAZA, que se detallan en el cuadro siguiente:
Nº OBRA: 1 Reposicion de Aulas I.E. Nº 56435 Miraflores Espinar - codigo SNIP 41812 2 Mejoramiento Infraestructura I.E. Nº 56207 MORDAZA MORDAZA Soriano - Espinar - codigo SNIP 43998 Valor Referencial S/. 479,764.92 S/. 603,152.12

Nº OBRA: 3 Construccion infraestructura I.E. MORDAZA Velasco MORDAZA - San MORDAZA - codigo SNIP 33436 4 Mejoramiento de la Infraestructura de la I.E. MORDAZA MORDAZA Antunes MORDAZA de MORDAZA - Sicuani, Canchis, MORDAZA - codigo SNIP 37447 5 Construccion de Infraestructura Educativa I.E. La MORDAZA - Quillabamba - codigo SNIP 34628 Nº BIENES 1 Adquisicion de Conectores y otros

Valor Referencial S/. 1'454,371.27 S/. 1'753,696.43 S/. 835,421.53

S/. 704,704.50

Las Obras seleccionadas se encuentran aprobadas y viables con expedientes tecnicos aprobados por la Presidencia Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Infraestructura Regional del Gobierno Regional MORDAZA, la publicacion del contenido de la presente Resolucion Ejecutiva Regional en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el respectivo MORDAZA electronico de la entidad. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion Ejecutiva Regional a las instancias Tecnico Administrativas de la Sede del Gobierno Regional Cusco. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAYAN Presidente Regional

66653-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban gestionar el establecimiento del Area de Conservacion Regional Comunal Tamshiyacu Tahuayo
ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2007-GRL-CR
MORDAZA MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Extraordinaria de fecha 21 de MORDAZA del 2007, aprobo por UNANIMIDAD la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y las areas naturales protegidas. Que, el articulo 1º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobada por Ley N° 26834, y el articulo 1º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establecen que las areas naturales protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorias y zonificaciones, para conservar la diversidad biologica y demas valores asociados de interes cultural, paisajistico y cientifico, asi como por su contribucion al desarrollo sostenible del pais. Que, la Ley de Areas Naturales Protegidas, Ley N° 26834, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establecen que el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE se complementa con las Areas de Conservacion Regional, las cuales se conformaran sobre areas que teniendo una importancia ecologica significativa, no califican para ser declaradas como areas del SINANPE. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en sus articulos 8º y 9º, precisa que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del

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