Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de noviembre de 2007 356530 la Ofi cina de Asesoría Legal sobre la autorización del viaje del señor Alcalde a la ciudad de Barcelona - España, del 20 al 31 de octubre de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 9° - numeral 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al concejo municipal, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realice el Alcalde; Que, además lo que refi ere el Artículo 20° - numeral 20 de la Ley Municipal precedente, el Alcalde, delega sus atribuciones políticas en un Regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal, concordante con el Artículo 10º - numeral 3 de la acotada Ley, corresponde a los Regidores desempeñar por delegación las atribuciones políticas del Alcalde; Que, de acuerdo a la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios, conceptúa que en ella están comprendidos aquellos que irroguen gasto al Tesoro Público y que además se encuentren comprendidos las entidades sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, donde están incluidos los gobiernos locales, y que dicha autorización será mediante Resolución de la más alta autoridad de la entidad, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, en mérito a la Ley Nº 28807, se dispuso que los viajes ofi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, base legal que obedece a que todos los funcionarios y servidores públicos, en todas sus jerarquías del sector público en general, que en misión ofi cial viajen al exterior y que irroguen gasto al Estado, deban utilizar pasajes en la categoría económica o similar; Que, de igual forma, a través del Artículo 4º - numeral 3 - inciso b de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, precisa las medidas de austeridad respecto a los servicios, tal es así que están prohibidos los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos con cargos a recursos públicos, excepción que se da cuando se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados, comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Estado. Así como los viajes que realicen los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere el Artículo 2º de la Ley Nº 28212 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; Que, acorde a las Cartas de Invitación del visto, dicho evento tiene como objetivo principal, conocer experiencias en gestión de servicios urbanos y promoción de la participación ciudadana, hacia el fortalecimiento de los gobiernos locales y el aprovechamiento mutuo de experiencias exitosas de gestión urbana, cuyo objeto es conocer la organización municipal y los programas que desarrolla el ayuntamiento de Barcelona y otras Municipalidades de Cataluña; Que, de acuerdo al Informe Nº 130-2007-SGPyP/ MPJ de fecha 16 de octubre de 2007 suscrito por la Sub - Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señala que para los costos de pasajes a España debe afectarse al clasificador 5.3.11.32 donde se dispone de S/. 2,612.00. Por lo que vía administrativa deberá autorizarse a dicha Sub Gerencia a realizar la modificación presupuestal del clasificador 5.3.11.20 a la 5.3.11.32 según corresponda; Que, de conformidad al Informe Legal Nº 737-2007- /AL-MPJ de fecha 16 de octubre de 2007, la Ofi cina de Asesoría Legal opina y declara procedente se autorice el viaje del señor Alcalde a la ciudad de Barcelona - España; Que, en mérito a la Carta s/n de fecha 8 de octubre de 2007 del Ayuntamiento de Lucena – Delegación de Alcaldía Jauja-España, hace extensiva la invitación al señor Alcalde para visita oficial los días 29, 30 y 31 de octubre de 2007, a fin de crear lazos de amistad, hermanamiento y cooperación interinstitucional e internacional para el desarrollo de las mismas, mediante el intercambio de experiencias en gestión municipal, ejecución de proyectos y aplicación de programas que enriquezcan la administración municipal; Estando a lo antes expuesto y de conformidad a las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto y por acuerdo de mayoría califi cada del Pleno del Concejo Municipal durante las Sesiones Extraordinaria y Ordinaria de fechas 5 y 16 de octubre de 2007, respectivamente se aprueba el siguiente: ACUERDO: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde Alejandro Barrera Arias, al Ayuntamiento de Barcelona - España, para que en Comisión de Servicios y en representación de la Municipalidad Provincial de Jauja, participe en el “II Encuentro de Alcaldes Peruanos”, del 20 al 31 de octubre de 2007, por las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. Artículo 2º.- AUTORIZAR el egreso de S/. 4 572.50 Nuevos Soles, en la asignación de los pasajes, de ida y vuelta que incurra el señor Alcalde durante el viaje a la ciudad de Barcelona – España, los que serán afectados a la siguiente partida: ACTIVIDAD : Conducción y Orientación Superior RUBRO : 09 Recurso Directamente Recaudados.CLASIFICADOR : 5.3.11.32 Artículo 3º.- ENCARGAR al Teniente Alcalde señor Pío Peña Cairampoma, el Despacho de la Alcaldía del 20 al 31 de octubre de 2007. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Administración Financiera y Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimento del presente Acuerdo. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Oficina de Información Pública y Transparencia la PUBLICACIÓN y DIFUSIÓN del presente bajo responsabilidad y conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALEJANDRO BARRERA ARIAS Alcalde 126197-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Guatemala sobre Reciprocidad en el Libre Ejercicio de Actividades Remuneradas para Familiares Dependientes del Personal Diplomático, Consular, Administrativo y Técnico de Misiones Diplomáticas y Consulares” De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Ofi cio RE (GAB) Nº 0-3-A/260, comunica que el“Acuerdo entre la República del Perú y la República de Guatemala sobre Reciprocidad en el Libre Ejercicio de Actividades Remuneradas para Familiares Dependientes del Personal Diplomático, Consular, Administrativo y Técnico de Misiones Diplomáticas y Consulares” , suscrito el 8 de mayo de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú, ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 055-2007-RE, de 13 de octubre de 2007, publicado con el 16 de octubre de 2007. Entró en vigencia el 16 de octubre de 2007 . 126807-1