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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (01/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 132

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de noviembre de 2007 356526 Sociales, sobre el Proyecto de Ordenanza del Reglamento de Distribución, Supervisión, Control y Evaluación del Programa del Vaso del Leche de la Municipalidad Distrital de la Perla; y, CONSIDERANDO:Que, con Ley Nº 24059, publicada el 06 de febrero de 1985, se crea el Programa del Vaso de Leche, en todos los Municipios Provinciales de la República y es a partir de entonces que se crea el marco legal que regula el correcto otorgamiento de este benefi cio, habiéndose adecuado dicho marco legal a la real necesidad de los benefi ciarios y al ordenamiento legal; Que, con Ley Nº 27470 del 03 de junio del 2001 se establecen normas complementarias sobre organización, administración de recursos y ejecución del Programa del Vaso de Leche que tienen a su cargo los gobiernos locales. Norma que es modifi cada por la Ley Nº 27712; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en el inciso 8) del artículo 9º que es función del Concejo el aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, mediante Informe Nº 145-2007-SGPVLC- MDLP, la Sub Gerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedores propone el Proyecto de Ordenanza que aprueba el “Reglamento de Distribución, Supervisión, Control y Evaluación del Programa del Vaso de Leche del Distrito de La Perla” y que propone derogar la Ordenanza Nº 010-2006-MDLP; Que, dicho proyecto inicial fue modifi cado a través del Informe Nº 292-2007-SGPVLC-MDLP, por el que agregan y modifi can alcances del proyecto inicial de acuerdo a la normatividad vigente; Que, mediante Informe Nº 271-2007-GAJ/MDLP la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el Proyecto propuesto se encuentra ajustado a derecho, recomendado sea puesto a consideración del Pleno del Concejo Municipal para su aprobación, de ser el caso; Que, los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal cumple con su función normativa a través de las ordenanzas, las que de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del Artículo 200º de la Constitución Política del Estado tienen rango de Ley; Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación ante el pleno del concejo municipal el mismo ha emitido su pronunciamiento fi nal; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 Ley orgánica de Municipalidades con el voto UNANIME de los (as) señores (as) Regidores (as) con la dispensa de lectura y aprobación del acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Distribución, Supervisión, Control y Evaluación del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de la Perla, que consta de 41 artículos y tres Disposiciones Complementaria y afi nes, según anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Derogar la Ordenanza Nº 010- 2006-MDLP de fecha 23 de Marzo del 2006. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Sociales a través de la Sub Gerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedores, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano la presente norma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde REGLAMENTO DE DISTRIBUCION, SUPERVISION, CONTROL Y EVALUACION DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE Objetivo:Lograr que la Distribución, Supervisión y Control de la utilización de los recursos asignados a cada uno de los Benefi ciarios de escasos recursos económicos inscritos en el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de La Perla se realice en forma efi ciente, efectiva y económica. Finalidad: Establecer procedimientos para la Distribución, Supervisión, Control y Evaluación de los insumos asignados al Programa del Vaso de Leche que sean entregados a los Benefi ciarios del Programa del Vaso de Leche del Distrito de acuerdo con las normas legales vigentes. Alcance:El presente Reglamento es de aplicación para todo el personal de la Subgerencia del Vaso de Leche y Comedores, Coordinador(as) y dirigentes de las O.S.B., benefi ciarios en General, constituidos en 54 Comités. Base Legal:- Ley Nº24059 Creación del Programa del Vaso de Leche. - Ley Nº 25307 - Declara de Prioritario Interés la labor que realiza las OSB, referente al apoyo alimentario - Ley Nº 26637 - Normas referidas a la Administración del Programa del Vaso de Leche - Ley Nº 27470 - Normas Complementarias para la Ejecución del Programa - Ley Nº 27712 - Modifi ca la Ley 27470 en el Artículo 2 - Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2007. - Decreto de Urgencia Nº 069-96- Resolución Jefatural Nº 217-2006 INEI- Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM- Resolución Ministerial Nº 711-2002-SA-DM- Directiva Nº 010-2004-CG-EI- Resolución de Contraloría Nº 114-2006-CG- Comunicado CONSUCODE Nº 001-2003 (PRE)- Ordenanza Nº 006-2004-MDLP TÍTULO I De la OrganizaciónEstructura Orgánica del Programa del Vaso de Leche. Artículo 1º - Presidente del Comité de Administración. - Comité de Administración del PVL. - Comisión Investigadora Permanente del PVL. - Gerencia de Servicios Sociales. - Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Comedores - Coordinadoras de Base - Integrantes del Comité de Administración. - Coordinadoras de Base o de las OSB - 1er. Nivel- Benefi ciarios de los Comités. (Informe semestral al Instituto Nacional de Estadística e Informática). Artículo 2º.- Para conformar un Comité se necesita un mínimo de 50 Benefi ciarios califi cados dependientes del Programa del Vaso de Leche los cuales dependen de un mínimo de 15 Benefi ciarios Titulares de acuerdo a la Ley Nº 25307. TÍTULO II De los Coordinadores (as)Artículo 3º.- Las Coordinadoras de las Organizaciones Sociales de Base acreditan su derecho mediante Resoluciones de Reconocimiento expedidos por la Municipalidad de La Perla por el período que cada OSB lo indique en sus estatutos. Artículo 4º.- Atribuciones de las Coordinadoras1- Cumplir y hacer cumplir las Normas inherentes al Programa del Vaso de Leche de acuerdo a los