Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de noviembre de 2007 356860 Nº DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 16 CUSCO PAUCARTAMBO COLQUEPATA 17 CUSCO QUISPICANCHI OROPESA 18 CUSCO URUBAMBA URUBAMBA 19 ICA NAZCA NAZCA 20 LA LIBERTAD BOLIVAR UCUNCHA 21 LA LIBERTAD PACASMAYO JEQUETEPEQUE 22 LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO QUIRUVILCA 23 LA LIBERTAD PATAZ TAYABAMBA 24 LA LIBERTAD TRUJILLO FLORENCIA DE MORA 25 LA LIBERTAD TRUJILLO LAREDO 26 LIMA BARRANCA PARAMONGA 27 LIMA HUARAL IHUARI 28 LIMA LIMA PACHACAMAC 29 LIMA LIMA PUCUSANA 30 LIMA SAN VICENTE DE CAÑETE IMPERIAL 31 LIMA SAN VICENTE DE CAÑETE SAN LUIS 32 LIMA SAN VICENTE DE CAÑETESAN VICENTE DE CAÑETE 33 LORETO LORETO PARINARI 34 LORETO MARISCAL RAMON CASTILLA PEBAS 35 LORETO MARISCAL RAMON CASTILLA RAMON CASTILLA 36 LORETO MAYNAS PUNCHANA 37 LORETO MAYNAS TORRES CAUSANA 38 LORETO REQUENA SOPLIN 39 MOQUEGUA GENERAL SANCHEZ CERRO CHOJATA 40 PIURA PIURA LA ARENA 41 PUNO AZANGARO SAN JOSE 42 PUNO CARABAYA AJOYANI 43 PUNO CARABAYA COASA 44 PUNO LAMPA NICASIO 45 PUNO MELGAR CUPI 46 PUNO MELGAR ORURILLO 47 PUNO PUNO PICHACANI 48 PUNO PUNO TIQUILLACA 49 PUNO YUNGUYO ANAPIA 50 TACNA TACNA SAMA 51 TACNA TARATA ESTIQUE PAMPA 52 TACNA TARATA SUSAPAYA 53 UCAYALI PURUS PURUS 127744-1 AGRICULTURA Oficializan el “XII Encuentro Nacional de Productores Ecológicos del Perú y VII Festival Nacional de la Agrobiodiversidad”, a realizarse en la ciudad de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 643-2007-AG Lima, 5 de noviembre de 2007 VISTOS:Los Ofi cios Nºs. 2509-2007-AG-DGPA/DCL y 2573- 2007-AG-DGPA/DCL de la Dirección General de Promoción Agraria del Ministerio de Agricultura; CONSIDERANDO: Que, es política del Ministerio de Agricultura promover, fomentar e incentivar la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios con la participación activa de los agentes productivos, sean personas naturales y jurídicas, vinculadas a la producción agraria a nivel nacional, regional y local, así como promover la inversión privada en el desarrollo del Sector Agrario; Que, mediante Ofi cio Nº 08/ANPE-PERÚ/2007 del 10 de agosto de 2007, el Director Ejecutivo de la Asociación Nacional de Productores Ecológicos del Perú–ANPE Perú solicita la ofi cialización del “XII Encuentro Nacional de Productores Ecológicos del Perú y VII Festival Nacional de la Agrobiodiversidad”, a realizarse del 3 al 7 de noviembre del presente año en la ciudad de Piura;Que, dicho evento tiene por objetivo fortalecer la institucionalidad de las organizaciones de productores ecológicos generando espacios de diálogo, coordinación y planifi cación de su participación entorno a una propuesta agroecológica, fortalecer los procesos de apertura para el establecimiento de alianzas y relaciones de cooperación con otras organizaciones de objetivos similares dentro de la región con la fi nalidad de consolidar el movimiento agroecológico en el Perú y construir plataformas sobre el movimiento agroecológico para incidir en las políticas nacionales y regionales; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902–Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG–Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG– Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-AG y modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ofi cializar el “XII Encuentro Nacional de Productores Ecológicos del Perú y VII Festival Nacional de la Agrobiodiversidad” organizado por la Asociación Nacional de Productores Ecológicos del Perú–ANPE Perú, a realizarse del 3 al 7 de noviembre del presente año en la ciudad de Piura; Artículo 2º.- La Comisión Organizadora del encuentro a que se refi ere el artículo precedente, dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a su fi nalización, presentará al Ministerio de Agricultura, un informe sobre los resultados de su gestión. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 128569-1 Modifican el TUO del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 646-2007-AG Lima. 6 de noviembre de 2007 VISTOS:El Ofi cio Nº 1883-2007-AG-DGPA/DG de la Dirección General de Promoción Agraria y el Ofi cio Nº 1060-2007-AG-SENASA, y; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 251-94-AG, de 26 de mayo de 1994, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana, el cual fue modifi cado por Resolución Ministerial N° 443-97-AG, del 10 de noviembre de 1997, y por Resolución Ministerial N° 1118-2001-AG, del 15 de octubre de 2001; Que, la Primera Disposición Complementaria del referido Texto Único Ordenado establece que con la fi nalidad de apoyar al SENASA en la fi scalización y supervisión del citado Reglamento se constituirá en cada valle o zona algodonera una Comisión Ad Hoc, cuya composición es necesario modifi car con la fi nalidad de lograr una equilibrada participación de los distintos agentes económicos que intervienen en dicho cultivo; Que, es política sectorial en el proceso de descentralización el fortalecimiento de las Direcciones Regionales Agrarias apoyando la gestión en su ámbito; Que, las fechas límite del cultivo vienen siendo propuestas por las Comisiones Ad Hoc de los valles y autorizadas por el SENASA; propuestas que no son analizadas con criterios técnicos por las organizaciones miembros de la Comisión, por lo que es necesario resolver esta situación; Que, es necesario armonizar la terminología dispuesta por la Ley General de Semillas, Ley N° 27262 y el