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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de noviembre de 2007 356871 (Tres Mil Setecientos Cuarenta y Tres y 95/100 dólares americanos); Que, con el Ofi cio N° 049-2004/MML/IMP, de fecha 16 de enero de 2004, el Presidente del Consejo Directivo del Instituto Metropolitano de Planifi cación informó que la Sección Vial que corresponde al tramo de la Antigua Carretera Panamericana Sur colindante al predio submateria es C-04-A6, que fi ja el Derecho de Vía variable entre 25-35 metros, planteada con el objetivo de obtener el ancho necesario para que se habiliten calzadas de dos carriles por ambos sentidos de circulación y sin afectar las edifi caciones existentes, razón por la cual procede la venta directa de la totalidad del área solicitada; Que, el Artículo 5° del Decreto Supremo N° 131-2001-EF, establece que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado, en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio y maximizando su rentabilidad, por lo que resulta indispensable actualizar la tasación indicada en el párrafo precedente. En tal sentido se solicitó al Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú que efectúe una tasación comercial del terreno submateria a fi n de obtener una tasación actualizada; Que, el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú - CTTP, mediante tasación comercial de fecha 13 de junio del 2007, señala que el valor comercial del terreno materia de venta es de US$ 18 800,00 (Dieciocho Mil Ochocientos con 00/100 dólares americanos); Que, en mérito a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 018-2007-VIVIENDA, que modifi ca el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, y a lo señalado en la Directiva Nº 001-2007/SBN “Procedimientos para la aprobación de la venta de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad” aprobada por Resolución Nº 018-2007/SBN de fecha 29 de marzo de 2007 y su modifi catoria, se ha cumplido con publicar en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 28 de julio de 2007, el aviso que publicita el valor de tasación del predio, con la fi nalidad que cualquier interesado pueda por única vez y dentro del plazo de 10 días útiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido el plazo no se recibió oferta alguna; Que, mediante documento de fecha 3 de setiembre del presente año, doña Gianna Orlandini Mercano y don Oscar Orlandini Mercado manifestaron su conformidad respecto del valor de la referida tasación; Que, conforme al marco legal vigente, la Superintendencia de Bienes Nacionales opina favorablemente por la adjudicación en venta directa, mediante Informe Técnico Legal N° 206-2007/SBN-GO-JAD, de fecha 29 de agosto de 2007; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29035, por el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la adjudicación en venta directa a favor de doña Gianna Orlandini Mercado y don Oscar Orlandini Mercado, del terreno de 534,85 m², ubicado en la Parcela A1-A del Distrito de Punta Hermosa, Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida N° P03257230 del Registro de Predios de Lima y registrado en el Asiento N° 14788 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Departamento de Lima. Artículo 2°.- El valor comercial del terreno cuya venta se aprueba asciende a US$ 18 800.00 (Dieciocho Mil Ochocientos con 00/100 dólares americanos), conforme a la valorización efectuada por el Cuerpo Técnico de Tasaciones - CTTP, el mismo que será cancelado al contado. Artículo 3°.- Los ingresos que se obtengan de la venta del inmueble constituirán recursos del Tesoro Público y de la Superintendencia de Bienes Nacionales en un 97% y 3% respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Artículo 4°.- La Superintendencia de Bienes Nacionales, en nombre y representación del Estado, otorgará la Escritura Pública de transferencia a favor de doña Gianna Orlandini Mercado y don Oscar Orlandini Mercado. Artículo 5°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos inscribirá, la transferencia de propiedad a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución, por el mérito de la correspondiente Escritura Pública.Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 128760-10 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 013-2007-VIVIENDA Lima, 6 de noviembre de 2007 Visto, el Expediente N° 062-2003/SBN-JAD, por el cual la señora María Luisa Malpartida Green solicita la adjudicación en venta directa del predio de 459,55 m² ubicado en la Parcela A1-C, Distrito de Punta Hermosa, Provincia y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, el Estado es propietario del predio de 459,55 m², ubicado en la Parcela A1-C del Distrito de Punta Hermosa, Provincia y Departamento de Lima; inscrito en la Partida N° P03257232 del Registro de Predios de Lima y registrado en el Asiento N° 14790 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Departamento de Lima; Que, la señora María Luisa Malpartida Green, mediante escrito recepcionado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, con fecha 14 de agosto de 2003, solicita la adjudicación en venta directa del predio descrito en el considerando precedente, toda vez que colinda con el predio de su propiedad y sobre el cual ha realizado una obra, lo cual se adecua a lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 34º Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias; Que, el citado Artículo 34º establece, que la venta directa de un terreno de dominio privado del Estado se aprobará mediante Resolución Suprema, siempre que se cuente con informe favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, mediante Ofi cio N° 3920-2003-VIVIENDA-9321, de fecha 26 de noviembre del 2003, el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, remite el informe técnico del terreno antes referido, señalando que su valor comercial es de US$ 3 216,85 ( Tres Mil Doscientos Dieciséis con 85/100 dólares americanos); Que, con el Ofi cio N° 049-2004/MML/IMP, de fecha 16 de enero de 2004, el Presidente del Consejo Directivo del Instituto Metropolitano de Planifi cación indica que la Sección Vial que corresponde al tramo de la Antigua Carretera Panamericana Sur colindante al predio submateria es C-04-A6, que fi ja el Derecho de Vía variable entre 25-35 metros, planteada con el objetivo de obtener el ancho necesario para que se habiliten calzadas de dos carriles por ambos sentidos de circulación y sin afectar las edifi caciones existentes, razón por la cual procede la venta directa de la totalidad del área solicitada; Que, el Artículo 5° del Decreto Supremo N° 131-2001-EF, establece que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como fi nalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado, en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio y maximizando su rentabilidad, por lo que resulta indispensable actualizar la tasación indicada en el párrafo precedente. En tal sentido se solicitó al Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú que efectúe una tasación comercial del terreno submateria a fi n de obtener una tasación actualizada; Que, el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú - CTTP mediante tasación comercial de fecha 31 mayo de 2007, señala que el valor comercial del terreno materia de venta es de US$ 16 084,00 (Dieciséis Mil Ochenta y Cuatro con 00/100 dólares americanos); Que, en mérito a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 018-2007-VIVIENDA, que modifi ca el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, y a lo señalado en la Directiva Nº 001-2007/SBN “Procedimientos para la aprobación de la venta de