Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de noviembre de 2007 356874 transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 778 738,00 (Setecientos setenta y ocho mil setecientos treinta y ocho y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE EL COLLAO, Provincia de El Collao, Departamento de Puno, para la ejecución del Proyecto descrito en los Anexos A y B de la mencionada Resolución Ministerial; Que, con Carta N° 028-MPCI, de fecha 2 de octubre de 2007, la Municipalidad Provincial benefi ciada con la transferencia indicada en el considerando precedente, manifi esta que el nombre correcto de la misma es MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE EL COLLAO - ILAVE, solicitando la rectifi cación correspondiente; Que, con Memorándum N° 1418-2007/VIVIENDA/ VMCS/PAPT/DE, de fecha 23 de octubre de 2007, el Director Ejecutivo del Programa Agua para Todos solicita atender lo solicitado por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE EL COLLAO - ILAVE, a efectos de darse mayor celeridad al trámite de desembolso; De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA y la Resolución de Contraloría N° 195-88-CG; y en aplicación a lo dispuesto por el articulo 201° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectifi car el error material contenido en la Resolución Ministerial N° 157-2007-VIVIENDA, precisándose que la entidad benefi ciaria de la transferencia fi nanciera, ascendente a S/. 778 738,00 (Setecientos setenta y ocho mil setecientos treinta y ocho y 00/100 Nuevos Soles), es la MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE EL COLLAO - ILAVE, Provincia de El Collao, Departamento de Puno. Artículo 2°.- Mantienen su vigencia todos los efectos de la Resolución Ministerial N° 157-2007-VIVIENDA, en tanto no se oponga a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 128733-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgado de Paz en el Centro Poblado San Miguel de Poro Poro RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 119-2007-CE-PJ Lima, 12 de junio del 2007 VISTOS:El Ofi cio N° 954-2006-P-CSJAM-PJ, cursado por Presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas y el Informe N° 184-2006-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado San Miguel de Poro Poro, Distrito de Pizuquia, Provincia de Luya y Departamento de Amazonas, presentada por las autoridades del referido centro poblado, anexos y caseríos; Que, la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 1,675 habitantes, conjuntamente con los Caseríos Limabamba, El Rejo, Limapampa, Espital, Pan de Azúcar, Shinguil y Marañón, y los Anexos Cuipe, Soscómal, Santa María y San Rafael, así como, en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a 6 kilómetros de distancia, en la localidad de Pircapampa, el traslado es por camino de herradura y demora 1 hora y 15 minutos; asimismo, dicho centro poblado dista a 80 kilómetros de la ciudad de Chachapoyas, sede de la Corte Superior de Justicia de Amazonas demorando de 10 a 12 horas aproximadamente, el traslado es por camino de herradura, por cuya razón no tienen acceso oportuno al servicio de administración de justicia; Que, el Informe N° 184-2006-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de San Miguel de Poro Poro; incluyéndose los límites geográfi cos del citado órgano jurisdiccional; Que, por el número de habitantes de los centros poblados a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24° del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero José Donaires Cuba, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado San Miguel de Poro Poro, con competencia además en los Caseríos Limabamba, El Rejo, Limapampa, Espital, Pan de Azúcar, Shinguil y Marañón y, los Anexos Cuipe, Soscómal, Santa María y San Rafael, ubicados en el Distrito de Pizuquia, Provincia de Luya, Departamento y Distrito Judicial de Amazonas. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el Informe 184-2006-SEP-GP-GG-PJ elaborado por la Gerencia General del Poder Judicial, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA ANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN JOSÉ DONAIRES CUBA WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 128428-1 Crean Juzgado de Paz en el Centro Poblado Rambrán RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 120-2007-CE-PJ Lima, 12 de junio del 2007 VISTOS:El Ofi cio N° 1123-2006-P-CSJLA/PJ, cursado por Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y el Informe N° 091-2006-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Rambrán, distrito y provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca, presentada por las autoridades y pobladores del mencionado centro poblado; Que, la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 2,220 habitantes, conjuntamente con los Caseríos de Patahuaz, Palmas de Tinyayoc, Trigopampa, Luz Pampa, La Jayua y Vista Alegre de Muñuño; así como, en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que los órganos jurisdiccionales más próximos se encuentran a 25 y 30 kilómetros de distancia, en las localidades de Cutervo y Chota, lo que representa trasladarse por acémila y demorando de 5 a 6 horas aproximadamente,