Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de noviembre de 2007 356870 aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Plan de Asignación de Frecuencias aprobado por Resolución Viceministerial Nº 333-2005-MTC/03 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada por Resolución Ministerial N° 457-94-MTC/15.17, a la COMPAÑÍA DE RADIODIFUSIÓN AREQUIPA S.A.C., para que continúe prestando el servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Cuajote-Torata, departamento de Moquegua. Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, contados a partir del día siguiente al vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Ministerial N° 457-94-MTC/15.17, en consecuencia vencerá el 29 de diciembre del 2010. La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Artículo 3°.- La COMPAÑÍA DE RADIODIFUSIÓN AREQUIPA S.A.C. está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, asimismo deberá efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 4°.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, en caso de incumplimiento, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 127661-1 Declaran que autorizaciones para prestar servicio de radiodifusión en bandas de frecuencias de diversas localidades de Cajamarca, Junín y Ancash serán otorgadas mediante concuso público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0498-2007-MTC/28 Lima, 29 de octubre de 2007 CONSIDERANDO:Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, mediante Informe Nº 891-2007-MTC/28 se señala que en las localidades de Jaén-Bellavista-Las Pirias del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), La Oroya-Junín-Tarma-La Merced del servicio de radiodifusión sonora en Onda Media (OM) y Huaraz- Independencia del servicio de radiodifusión por televisión en UHF, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias o canales disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que confi gurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en las bandas de frecuencias y localidades que a continuación se detallan, serán otorgadas mediante concurso público: Modalidad del Servicio Banda Localidad Departamento Radiodifusión SonoraFM Jaén-Bellavista-Las Pirias Cajamarca OM La Oroya-Junín-Tarma-La Merced Junín Radiodifusión por TelevisiónUHF Huaraz-Independencia Ancash Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL CIPRIANO PIRGO Director General de Autorizacionesen Telecomunicaciones (e) 127663-1 VIVIENDA Aprueban adjudicaciones de terrenos ubicados en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA N° 012-2007-VIVIENDA Lima, 6 de noviembre de 2007 Visto, el Expediente N° 063-2003/SBN-JAD, por el cual doña Gianna Orlandini Mercado y don Oscar Orlandini Mercado solicitan la adjudicación en venta directa del terreno de 534,85 m² ubicado en la Parcela A1-A, Distrito de Punta Hermosa, Provincia y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, el Estado es propietario del predio de 534,85 m², ubicado en la Parcela A1-A del distrito de Punta Hermosa, provincia y departamento de Lima; inscrito en la Partida N° P03257230 del Registro de Predios de Lima y registrado en el Asiento N° 14788 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Departamento de Lima; Que, el señor Oscar Eduardo Orlandini Dibos como representante legal de sus hijos menores de edad Gianna Orlandini Mercado y Oscar Orlandini Mercado, mediante escrito recepcionado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, con fecha 22 de julio de 2003, solicitó la adjudicación en venta directa del predio descrito en el considerando precedente, toda vez que colinda con el predio adjudicado en anticipo de legítima a favor de sus menores hijos y sobre el cual ha realizado una obra; Que, lo indicado en el considerando precedente se adecua a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 34º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el D.S. Nº 154-2001-EF y sus modifi catorias; Que, el Artículo 34º del Reglamento antes citado, establece que la venta directa de un terreno de dominio privado del Estado se aprobará mediante Resolución Suprema, siempre que se cuente con informe favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, la venta directa del predio submateria se realizará a favor de doña Gianna Orlandini Mercado y don Oscar Orlandini Mercado por haber cumplido la mayoría de edad; Que, mediante Ofi cio N° 4086-2003-VIVIENDA-9321, de fecha 16 de diciembre de 2003, el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, informa que el terreno antes referido tiene un valor comercial de US$ 3 743,95