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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de noviembre de 2007 356864 Imponen servidumbre de ocupación de bienes a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 499-2007-MEM/DM Lima, 22 de octubre de 2007 VISTO: El Expediente Nº 31185006, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional para un área de propiedad privada y de imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación de distribución convencional tipo subterránea N° 1468, para Servicio Público de Electricidad; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de servidumbre convencional para un área de propiedad privada, y la imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación de distribución convencional tipo subterránea (sótano) N° 1468, para Servicio Público de Electricidad, la cual se encuentra ubicada en el Sub Lote 2, con frente a la Avenida José Gálvez, esquina con Jirón García Naranjo, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, del contenido de su solicitud, se observa que la servidumbre requerida comprende el área de 39,00 metros cuadrados, de propiedad privada, y el área de 10,40 metros cuadrados, de propiedad pública; Que, por otro lado, con relación a los predios de propiedad pública, corresponde la aplicación del literal a) del artículo 109° de la Ley de Concesiones Eléctricas, el cual establece que los concesionarios están facultados para usar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o del Municipio, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, con relación al área de propiedad privada, el artículo 112° de la Ley de Concesiones Eléctricas dispone que el derecho de imponer servidumbre al amparo de la citada Ley obliga a indemnizar el perjuicio que ella cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, al respecto, de la revisión de la documentación que obra en el expediente, se observa que la concesionaria ha suscrito con el propietario del predio un contrato de servidumbre a título gratuito, con fecha 1 de diciembre de 2003, a fi n de instalar la subestación de distribución convencional tipo subterránea (sótano) N° 1468, para Servicio Público de Electricidad, cuya copia obra en el Expediente; sin embargo, el área pactada en el contenido del contrato no refl eja el área solicitada para efectos del reconocimiento de la servidumbre; Que, teniendo en cuenta lo indicado de manera precedente, de conformidad con los principios de impulso de ofi cio e informalismo previstos en los numerales 1.3 y 1.6 del artículo IV de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde encausar lo solicitado a través de un procedimiento de imposición respecto de un área de 49, 40 m 2, conforme con el numeral 3 del artículo 75° de dicha ley; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 158-2007-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1°.- IMPONER, a favor de la concesión defi nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes de propiedad pública y privada para la instalación de la subestación de distribución convencional tipo subterránea t ipo subterránea (sótano) N° 1468, para Servicio Público de Electricidad, ubicada en el Sub Lote 2, con frente a la Avenida José Gálvez, esquina con Jirón García Naranjo, distrito de La Victoria, provincia y de partamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbreÁrea de ServidumbreTipo de propiedadTipo de terreno 31185006 S ubestación de Distribución Eléctrica N° 1468 Ubicación: distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este A 8 666 123,10 278 968,72 B 8 666 121,12 278 969,00 C 8 666 120,40 278 963,85 D 8 666 122,38 278 963,57 Vértice Norte Este A 8 666 123,10 278 968,72 D 8 666 122,38 278 963,57 E 8 666 129,81 278 962,54 F 8 666 130,53 278 967,69Área: 10,40 m². Sub suelo Área: 39,00 m². Sótano.Propiedad pública Propiedad privadaUrbano Urbano Artículo 2°.- Son de aplicación a la servidumbre referida en el artículo que antecede las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3°.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fi n que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4°.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5°.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolución no afecta el acuerdo estipulado entre las partes. Artículo 6°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de la publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 125128-1 Aceptan renuncias y dan por concluidas designaciones de miembros del Consejo Directivo del INGEMMET RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 509-2007-MEM/DM Lima, 6 de noviembre de 2007 Que, mediante Resolución Ministerial Nº 533-2002- EM/DM, de fecha 14 de noviembre de 2002, se designó al señor Miguel Cardozo Goytizolo, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 376-2005- MEM/DM, de fecha 12 de setiembre de 2005, se designó al señor Robert Oscar Plenge Cannock, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, mediante documento de fecha 12 de abril de 2007, el señor Miguel Cardozo Goytizolo formula renuncia al cargo que viene desempeñando; Que, mediante documento de fecha 6 de agosto de 2007, el señor Robert Oscar Plenge Cannock formula renuncia al cargo que viene desempeñando; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET;