Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2007 (24/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

358246

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de noviembre de 2007

Form OPS 11

INFORME ANUAL QUE DEBEN PRESENTAR LAS EMPRESAS Y COOPERATIVAS DE ESTIBA Y DESESTIBA PARA PRORROGAR SUS LICENCIAS PARA EL PERIODO 2008
Razon Social: Domicilio: Puerto:

Telef.: e-mail:

Fecha Naves Fecha atencion a Atendidas arribo nave la nave

Carga movilizada por cada nave MORDAZA de Carga Tarifa Promedio cotizada en US$ Ton. (4) Cantidad de Carga (2) Producto Tonelaje Contenedores A bordo Muelle Lanchonaje o vehiculos (3)

Nota:
(1) El presente formato sera elaborado y llenado por separado por cada puerto. (2) Indicar lo que corresponda: A: Fraccionada, B: Utilizada, C: Solida a Granel, D: Liquida a Granel, E: Contenedores con carga, F: Contenedores vacios, G: Vehiculos. (3) En los casos de contenedores y/o vehiculos se debera precisar la cantidad de cada uno de ellos. (4) Indicar la Tarifa por cada operacion segun corresponda. (5) Cuando la nave movilice varios Productos, se consignara los datos de cada uno de ellos. (6) Toda la informacion consignada en este formato sera considerada como Declaracion Jurada. (7) El Informe Anual sera presentado por la Empresa y/o Cooperativa que realizo la movilizacion de la carga, en el caso que esta MORDAZA sido subcontratada, la contratante consignara en su Informe a la Empresa y/o Cooperativa que subcontrato para realizar la movilizacion.

Firma del Representante Legal.
Directivo Responsable de su elaboracion

136636-1

VIVIENDA
Modifican articulos del D.S. Nº 0112007-VIVIENDA, sobre aprobacion de proyectos de vivienda Techo Propio a ser ejecutados por el Banco de Materiales S.A.C.
DECRETO SUPREMO Nº 033-2007-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27829 modificada por Ley Nº 28210, crea el MORDAZA Familiar Habitacional como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y por Decreto Supremo Nº 013-2007VIVIENDA se aprueba su Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007VIVIENDA modificado por Decreto Supremo Nº 0202007-VIVIENDA, se dispuso que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Resolucion Ministerial aprobara el lugar y/o los Proyectos de Vivienda Techo Propio que seran ejecutados por el Banco de Materiales S.A.C., de acuerdo a la normativa vigente del MORDAZA Familiar Habitacional y a los criterios que para el efecto se senalan en el articulo 1º de la MORDAZA acotada; Que, asimismo, el citado Decreto Supremo dispone que el Directorio del Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT podra aprobar lineas de credito a ser otorgadas a las personas beneficiadas con el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH, que adquieran viviendas las viviendas de interes

social de los Proyectos de Vivienda Techo Propio que este mismo ejecute, asi como otros que excepcionalmente apruebe el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Resolucion Ministerial; Que, no obstante lo indicado, es necesario promover el acceso de la poblacion a la propiedad privada destinada a vivienda, mediante el otorgamiento de mecanismos de financiamiento, a traves del Banco de Materiales S.A.C., para la cancelacion del saldo del precio de venta de los inmuebles adquiridos por los pobladores beneficiarios del MORDAZA Familiar Habitacional; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; DECRETA: Articulo 1º.- Modificar los articulos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 011-2007-VIVIENDA. Modifiquese los articulos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 011-2007-VIVIENDA en los terminos siguientes: "Articulo 4º.- Facilidades Crediticias El Directorio del Banco de Materiales S.A.C., por el plazo de un (01) ano, podra aprobar lineas de credito a ser otorgadas a las personas beneficiadas con el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH, que adquieran las viviendas de interes social de los Proyectos de Vivienda Techo Propio que este mismo ejecute, asi como en cualquier otro Proyecto Techo Propio que se ejecute a nivel nacional, por promotores inmobiliarios, es decir, por personas juridicas de derecho publico o privado, que ejecuta la obra directamente o bajo contrato con terceros." "Articulo 6º.- Garantias para los desembolsos El Directorio del Fondo MIVIVIENDA S.A. adoptara los acuerdos societarios que se requieran, a fin de establecer

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