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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de noviembre de 2007 358257 inscripción del “Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de Corto Plazo de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles o cualquier moneda extranjera, y de registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha determinado que la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE ha cumplido con presentar la información requerida por el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, y sus normas complementarias, habiéndose verifi cado asimismo que a la fecha el emisor cumple con la condición de entidad califi cada; Que, el artículo 2º, numerales 2) y 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta pública, así como las relativas a la aprobación de trámites anticipados, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, el artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, la Resolución CONASEV Nº 034-2007-EF/94.10, así como a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la CONASEV, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-EF, por el que se faculta a la Dirección de Emisores a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas públicas primarias y efectuar todo trámite vinculado a dichas ofertas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el programa de emisión denominado “Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de Corto Plazo de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE” de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.-COFIDE, hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles o cualquier otra moneda extranjera, y disponer el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE mantenga su condición de entidad califi cada y en tanto los valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los instrumentos de corto plazo y el registro de los prospectos a utilizar en la oferta pública a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución se podrán entender efectuados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. En su defecto, la inscripción de los instrumentos de corto plazo y el registro de dichos prospectos se sujetarán a lo dispuesto por el artículo 14º, literal b), numeral 2, del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 3º.- La oferta pública de los valores a los que se refi eren los artículos 1º y 2º de la presente resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25º y, de ser el caso, por el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONASEV la documentación e información a que se refi eren los artículos 23º y 24º del mencionado reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores a los que se refiere el presente artículo se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses, contados, de ser el caso, a partir de la fecha de recepción de documentos a la que se refiere el artículo 14º literal b), numeral 1, del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios; o, a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 4°.- La aprobación, la inscripción y el registro a que se refi eren los artículos 1º y 2º de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5°.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet. Artículo 6°.- Transcribir la presente resolución a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, en su calidad de emisor y entidad estructuradora; a Solfi n Sociedad Agente de Bolsa S.A.C., en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.YVONKA HURTADO CRUZ Dirección de EmisoresComisión Nacional Supervisora deEmpresas y Valores 134931-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Medicina Alternativa y Complementaria del Centro Nacional de Salud Intercultural del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 512-2007-J-OPD/INS Lima, 23 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Medicina Alternativa y Complementaria del Centro Nacional de Salud Intercultural, Nivel F3, del Instituto Nacional de Salud, por lo que resulta necesario designar al profesional propuesto para dicho cargo; Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración, Nivel F-4, del Instituto Nacional de Salud, por lo que resulta necesario designar al profesional propuesto para dicho cargo; Que, mediante Resolución Jefatural N° 500-2007-J- OPD/INS, se designó en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración, Nivel F-3 del Instituto Nacional de Salud al señor César Eduardo Poggi Ponce; Que, en atención a lo solicitado por el precitado funcionario y por convenir al servicio resulta necesario dar término a la citada designación y darle gracias por los servicios prestados; Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por Decreto Supremo N° 005-90-