Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2007 (24/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con el articulo 30º de la Resolucion Nº 196-2004-CONAFU, que aprueba el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, vigente al momento de la evaluacion del presente Proyecto, el puntaje minimo para la aprobacion de Proyectos de Universidades, considerando el numero de universidades existentes en el area de influencia y facilidades para conseguir docentes, sera: 1. PDI: Minimo 80%, 2. Carreras Profesionales: Minimo 80%..." Que, la referida Comision de Calificacion evaluo el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad San MORDAZA, con la tabla para evaluacion de Proyectos Institucionales de Funcionamiento de Universidades y las tablas de evaluacion de carreras profesionales, aprobadas por CONAFU para tal fin, y con Carta de fecha 5 de MORDAZA del 2007, presenta su Informe Final, detallando el porcentaje que le correspondio a cada rubro evaluado: evaluacion del Proyecto: 70.83%, la MORDAZA Profesional de Contabilidad y Finanzas: 79.5%, la MORDAZA Profesional de Derecho y Ciencias Politicas: 78.33% y la MORDAZA Profesional de Educacion Inicial y Primaria: 78.89%, constituyendo este un resultado desaprobatorio para el Proyecto en General y las Carreras Profesionales propuestas; Que, al momento de la evaluacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad San MORDAZA, se encontraba vigente el articulo 30º del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU, por el cual, el puntaje minimo para aprobar un PDI era de 80%, y habiendose evaluado el Proyecto MORDAZA referido, la Comision de Calificacion ha determinado que el proyecto solo alcanzo el 70.83%, no alcanzando el puntaje minimo establecido para su aprobacion; lo mismo sucede con las carreras profesionales, de las cuales ninguna alcanza el puntaje minimo; Que, el Pleno del CONAFU, en su sesion de fecha 27 de Setiembre del 2007, por Acuerdo Nº 311-2007CONAFU aprobado por Unanimidad, no aprueba el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad San MORDAZA, por contener serias deficiencias que no permiten garantizar su adecuado desarrollo, ni niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir en las carreras profesionales propuestas. En atencion a lo expuesto, y de conformidad con la Ley Nº 26439, el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de Octubre de 2004, concordante con el Art. 18 inc. "d" y el Art. 38º inc. "d" del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Unico.- NO APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad San MORDAZA, por contener serias deficiencias que no permiten garantizar su adecuado desarrollo, ni niveles minimos aceptables de calidad en la formacion profesional que se pretende impartir en las carreras profesionales propuestas, por tanto DAR POR CULMINADO el procedimiento administrativo y archivar todo lo actuado. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA A. MORDAZA GOMEZ-SANCHEZ Secretario General 136030-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 922-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 16 de noviembre de 2007 VISTOS: el Informe Nº 001690-2007/SGREC/GOR/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil y el Informe Nº 001221-2007-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion, y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refiere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26497 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del articulo 44º de la Ley Nº 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA, Distrito de Pichari, Provincia de La Convencion, Departamento de Cusco. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3º.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, proporcionara los libros de nacimiento, matrimonio y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia

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