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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de noviembre de 2007 358407 Quinta.- Aprobar el Formato Gratuito de Declaración Jurada que se anexa a la presente Ordenanza la cual será requisito para el acogimiento de la presente. Sexta.- La presente Ordenanza empezará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Séptima.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico Local, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gerencia de Rentas. POR TANTO: Mando se registre, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 137029-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Inician proceso administrativo discipli- nario a servidora de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00608-2007-ALC/MDSA Santa Anita, 26 de noviembre de 2007 VISTO;El Informe Nº 003-2007-CPPAD/MDSA, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO:Que, Mediante el Informe Nº 461-2007-GAJ/MDSA, Memorando N° 363-2007 GG/MDSA de fecha 07 y 15 de noviembre del 2007, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios emitió opinión señalando que procede que se instaure Procesos Administrativos Disciplinario a la servidora Maria Ysabel Vales Gonzáles, porque habría incurrido en la falta de carácter disciplinario por sus ausencias injustifi cadas a partir del 30 de octubre del presente año a la fecha 17.11.07; Asimismo, la mencionada servidora solicitó con fecha 23.10.07 Licencia sin Goce de Haber desde 29.10.07 al 27.11.07 y habiendo cobrado el íntegro de su remuneración al 31.10.07, ésta no asiste a laborar los días 30 y 31 de octubre, y con fecha 30.10.07 rectifi ca su solicitud y pide nuevamente Licencia sin Goce de Haber desde 01 al 27 de noviembre del presente año; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, señala que en la sesión de fecha 17 noviembre del 2007, la servidora Marita Ysabel Vales Gonzáles, habría califi cado sus inasistencias como falta de carácter disciplinario, y habría vulnerado el inciso k), Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y normas conexas. Debido a esta situación recomienda la apertura de proceso administrativo disciplinario a la citada servidora; Que, de conformidad en lo dispuesto en el Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con los Artículos 166º, 167º, 168º y 169º, del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APERTURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, a la servidora Marita Ysabel Vales Gonzáles, por las razones antes expuestas en la parte considerativa. Artículo Segundo.- Notifíquese a la servidora incursa en el presente Proceso Administrativo, teniendo un plazo de 05 días útiles para presentar las pruebas de descargo correspondientes ante la citada comisión. Regístrese, comuníquese y archívese.OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 137213-1 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 182-2007-PD/OSIPTEL Lima, 23 de noviembre de 2007 EXPEDIENTE : Nº 00001-2005-CD-GPR/RT MATERIA :Revisión de tarifas tope aplicables a prestaciones de transmisión de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL / Nueva publicación para comentarios ADMINISTRADO : Telefónica del Perú S.A.A. VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, para que se publique a comentarios la propuesta de tarifas tope -máximas fi jas- aplicables a prestaciones de transmisión de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL, provistas por la empresa Telefónica del Perú S.A.A. (en adelante, Telefónica), en ejecución de lo dispuesto por el Artículo Segundo de la Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2007-CD/OSIPTEL, y; (ii) El Informe Nº 303-GPR/2007, que sustenta la distribución de costos que ha determinado los valores de las tarifas tope propuestas y recomienda su publicación para comentarios; y con la conformidad de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 77º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y en el PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Propuesta de tarifas tope para las prestaciones de transmisión de datos mediante circuitos virtuales ATM con acceso ADSL provistas por Telefónica del Perú S.A.A. y su Exposición de Motivos