Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2007 (27/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de noviembre de 2007

Que, mediante Ordenanza Nº 034-2007-MDSJM se establecio una ampliacion otorgando un beneficio para el otorgamiento de autorizacion Municipal de Licencias de Funcionamiento definitiva; Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA MAYORITARIO de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta se aprobo la siguiente Ordenanza;

ORDENANZA DE CANJE DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO, REDUCCION DE COSTOS DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES GIRO MENORES Y REBAJA EN EL COSTO DE LA AUTORIZACION DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS
Articulo 1º.- Otorgar beneficios referido al Canje y/o actualizacion masiva obligatoria de la Licencia de apertura de establecimientos comerciales, industriales, servicios profesionales y servicios en general totalmente gratuito; asi como tambien otorgar beneficios en la reduccion de costos por la emision de licencias de funcionamientos solo giros menores y autorizaciones para la instalacion de elementos de publicidad exterior y/o anuncios publicitarios, que debera ser realizado por los titulares de dichos establecimientos. Articulo 2º.- El plazo para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento por canje se realizara en un MORDAZA de 5 dias utiles, lo que permitira a la administracion confirmar los datos reales de los referidos establecimientos comerciales, debiendo cumplir con los siguientes requisitos: a.- Original de la Licencia de Funcionamiento otorgada con anterioridad al ano 2007. b.- MORDAZA Fedateada del D.N.I. El formato de Declaracion Jurada referido al Canje de Licencias de Funcionamiento sera proporcionado por la Sub Gerencia de Comercializacion y sera entregado en forma gratuita; el administrado declarara datos verdaderos y reales debiendo la administracion actuar bajo el MORDAZA de presuncion de veracidad; las declaraciones juradas y toda informacion proporcionada por los administrados sera motivo de una fiscalizacion posterior, de encontrarse y comprobarse que la informacion es falsa se procedera a revocar la licencia de funcionamiento, clausurando el local y aplicando las sanciones administrativas que la ley y la normatividad municipal vigente faculte a la institucion municipal. Articulo 3º.- La actualizacion de la licencia de funcionamiento en los casos que el establecimiento o la unidad de negocio MORDAZA sufrido modificaciones en el area ocupada, cambio de razon social, cambio y/o ampliacion de giro etc., el administrado esta en la obligacion de efectuar el pago correspondiente y cumplir con los requisitos para el giro solicitado. No se aplicaran sanciones si el administrado regulariza su situacion durante la vigencia de la presente ordenanza. Articulo 4º.- En lo que respecta a los beneficios para la obtencion de la licencia de funcionamiento a un costo de S/. 120.00 Nuevos soles, solo procedera para las actividades comerciales que MORDAZA de giros menores y que acrediten haber iniciado sus actividades comerciales MORDAZA del 09 de Agosto del 2007, la misma que sera acreditada mediante la Ficha del RUC u otro documento oficial, debiendose ademas acompanarse con los siguientes requisitos: 1. Solicitud de Formato Declaracion Jurada en donde senalaran los siguientes documentos: · Nombre y apellidos del administrado o razon social de la empresa · Lugar, giro y area del establecimiento. · Numero de D.N.I. · Numero de R.U.C. 2. MORDAZA del D.N.I. 3. Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad. 4. Derecho de Licencia en el que estara incluido los costos de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil de S/. 120.00 Nuevos Soles. Articulo 5º.- Estaran comprendidos en los beneficios del Articulo 4º, de la presente Ordenanza los siguientes

establecimientos; bodega, libreria, bazar, merceria, sastreria, zapateria, electronica menor, mecanica menor, electricidad menor, peluqueria, salones de belleza, optica, fuente de soda, oficina administrativa, lavanderia, estudio fotografico, alquiler y venta de videos, servicio de tipeo, fotocopiadora y otros giros que por su propia naturaleza requieren de areas de uso inferiores a los 100 m2 y que para su operacion no necesite mas de 3 trabajadores, asi como que, no causen ruidos molestos, no ocupe la via publica, no generen humos, fluctuaciones electricas, contaminacion y que no atenten contra el ornato, la moral y las buenas costumbres. Exceptuandose del Beneficio a los giros mayores senalados en el Articulo 14º grupo 1, 2 y 3 de la Ordenanza 00042-2007/MDSJM MORDAZA que regula el otorgamiento de la licencia de funcionamiento en el distrito de San MORDAZA de Miraflores. Articulo 6º.- El Administrado podra solicitar su autorizacion para la instalacion de elementos de publicidad exterior y/o anuncios publicitarios, conjuntamente con su licencia de funcionamiento otorgandole por parte de la administracion una rebaja del 30% en el pago de los derechos que se encuentran establecidos por cada anuncio, siempre y cuando los anuncios cumplan con lo establecido en la Ordenanza Nº 003-2001-MDSJM y Ordenanza Nº 042-2007-MDSJM, referido a la regulacion de instalacion de publicidad exterior y anuncios en general en el distrito. Articulo 7º.- Aquellos propietarios de establecimientos comerciales que cuenten con Autorizacion Municipal de Funcionamiento Definitiva, podran solicitar el cambio de Razon Social y Modificacion del Area Comercial, debiendo para ello cumplir en lo que le sea aplicable con los requisitos establecidos en el articulo precedente, y adicionalmente presentando los siguientes documentos: a. Original de la Licencia de Funcionamiento. b. MORDAZA de Escritura Publica que aprueba el cambio de Razon Social de Persona Natural a Persona Juridica, en el caso de Persona Natural a Persona Natural solo procedera en caso de Conyuges. c. Otros documentos sustentatorios de requerir el caso. d. Recibo de pago por derecho de S/. 80.00 Nuevos Soles. Articulo 8º.- Establecer por unica vez la conformidad de Compatibilidad de Uso y Zonificacion para aquellos establecimientos que encuentren ubicacion conforme en Zonas Residenciales de Densidad Media sin tomar en consideracion la necesidad de que se ubiquen en Vias Colectoras o Avenidas, restriccion senalada en el indice de Usos para las Actividades Urbanas, comprometiendose en este caso el administrado a suscribir una Declaracion Jurada de no atentar contra el ornato, la moral y las buenas costumbres y que reune las condiciones tecnicas de funcionalidad para el giro declarado y que no ocupara la via publica y tambien dejar MORDAZA que los datos consignados expresan la verdad y que conoce las sanciones tributarias, administrativas y penales que habra lugar en caso de falsedad o fraude y sin perjuicio de una fiscalizacion posterior, senalando que el incumplimiento de cualquiera de las normas vigentes, recaera en la clausura del local comprometiendose a respetar el giro autorizado.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primera.- La Gerencia de Desarrollo Economico Local a traves de la Sub Gerencia de Comercializacion realizara la calificacion o verificacion documentaria de los requisitos previa MORDAZA ante la Sub Gerencia de Tramite Documentario, de la Solicitud Declaracion Jurada. Segunda.- La Gerencia de Desarrollo Economico Local a traves de la Sub Gerencia de Comercializacion evaluara la compatibilidad de uso con el fin de verificar si el MORDAZA de actividad economica a ser desarrollada por el administrado resulta o no compatible con la categorizacion del espacio geografico en la zonificacion vigente, teniendo en cuenta lo establecido en el Art. 5º de la presente ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza tendra una vigencia de 30 dias calendarios, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias que se diera lugar.

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