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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de noviembre de 2007 358405 MANZANA N° DE LOTES NUMERACIÓN ÁREA (m2) A 33 Del 01al 17 y del 18 al 33 5,558.40 B 16 Del 01al 08 y del 09 al 16 2,600.00 C 18 Del 01al 18 3,090.82 D 38 Del 01 al 09 y del 30 al 38 ; del 10 al 19y del 20 al 296,204.00 E 18 Del 01 al 09 y 10 al 18 3,074.40 F 18 Del 01 al 09 y 10 al 18 2,920.00 G 16 Del 01al 08 y del 09 al 16 2,772.80 H 29 Del 01 al 07 y 23 al 28 ; del 08 al 15 y del 16 al 225,084.16 I 9 Del 01 al 09 1,427.66 J 13 Del 01 al 13 1,960.00 K 5 Del 01 al 05 750.00 L 16 Del 01 al 12 y del 13 al 16 2,804.14 LL 12 Del 01 al 06A y del 07 al 11 2,571.00 M 6 Del 01 al 06 839.41 TOTAL 247 ------------------------------------------ 41,656.79 CUADRO DE AREAS AFECTA A APORTES Área con zoni fi cación C-Z : 11,605.35 m2 Área Vía Metropolitana : 6,257.85 m2 Área Afecta a Aportes : 5,437.50 m2 Área Útil : 4,584.48 m2 Área Vías Locales : 763.02 m2 Área con zoni fi cación RDM : 75,213.56 m2 Área afecta a Aportes : 75,213.56 m2 Área Útil : 45,555.15 m2 Arborización : 7,391.78 m2 Áreas Vías Locales : 22,266.63 m2 ÁREA TOTAL BRUTA 86,818.91 m2 De conformidad con la zonifi cación el terreno se encuentra afectado de la siguiente manera: APORTESZonifi cación C-ZZonifi cación RDM TOTALES PROYECTO DEFICIT % Ord. 836 % Ord. 836 Recreación Publica0 ----------- 7 5,264.95 m25,264.95 m26,061.16 m2----------- Ministerio Educación0 ----------- 2 1,504.27 m21,504.27 m2-----------1,504.27 m2 Otros Fines 2 106.95 m22 1,504.27 m21,611.22 m21,680.44 m2----------- Parques Zonales5 267.38 m22 1,504.27 m21,771.65 m21,794.40 m2----------- Renovación Urbana3 160.43 m21 752.14 m2912.57 m2912.84 m2-----------  El Aporte a Otros Fines se encuentra ubicado en los lotes 12A Mz. ”L” y 8A Mz. “B”.  El Aporte de Parques Zonales se encuentra en el lote 19B Mz. “D”.  El Aporte de Renovación Urbana se encuentra en el lote 19A Mz. “D”. El défi cit de aporte al Ministerio de Educación será redimido en dinero a la entidad correspondiente. Artículo Tercero.- INSCRÍBASE, el área de aporte Reglamentario por Recreación Pública de 6,061.16 m2, a favor de la Municipalidad de Los Olivos, de acuerdo a la normatividad vigente, cuyo diseño y ejecución de Obras será aprobada por la Municipalidad Distrital de Los Olivos. Artículo Cuarto.- INSCRÍBASE, el área de aporte Reglamentario por Otros Fines de 1,680.44 m2, a favor de la Municipalidad de Los Olivos, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo Quinto.- DISPONER, que, en la titulación individual que celebren, deberá insertar las cláusulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes que se habilitan. Artículo Sexto.- RECONÓZCASE, a partir de la presente resolución como “Urbanización La Libertad”, a los terrenos materia de la regularización de la habilitación urbana. Artículo Sétimo.- REMÍTASE, Copia de la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento de acuerdo al Decreto Supremo Nº010- 05-Vivienda. Artículo Octavo.- TRANSCRÍBASE, la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP para los efectos de inscripción correspondiente y a los interesados Artículo Noveno.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Décimo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Catastro y Control de Habilitaciones Urbanas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALCIDA ARANDA CHAMPA Subgerente de Catastro, Control yHabilitaciones Urbanas 136984-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban Ordenanza de canje de licencias de funcionamiento, reducción de costos de licencias de funcionamiento para establecimientos comerciales giro menores y rebaja en el costo de la autorización de anuncios publicitarios ORDENANZA Nº 000049-2007-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 16 de noviembre del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Juan de Mirafl ores;VISTA, la Moción de Orden del Día presentado por la Regidora Soto, el Informe Nº 082-2007-MDSJM/GDEL de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, el Informe Nº 1430-2007-SGC-GDEL-MDSJM de la Sub Gerencia de Comercialización y el Memorandum Nº 484–2007-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, y su modifi catoria dispuesta por Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia: lo cual es confi rmado por el Artículo 11 del Título preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 74º de la Constitución establece que los gobiernos locales pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, el artículo 9º numeral 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que las municipalidades son competentes para modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el Artículo 79º numeral 3) inciso 3.6 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que son funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales el normar y regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización; Que, mediante Ordenanza Nº 000012-2007-MDSJM se estableció con carácter obligatorio el “Canje y/o actualización masiva obligatoria de la licencia de apertura de establecimientos comerciales, industriales, servicios profesionales y servicios en general”, la misma que debe ponerse en vigencia a través de la presente Ordenanza;