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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de noviembre de 2007 358401 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delito de prevaricato RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 918-2007-JNAC/RENIEC Lima, 16 noviembre de 2007 VISTOS:Los Ofi cios Nºs. 3174 y 3181-2007/GOR/RENIEC, emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 1097-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el Expediente Nº 1614-2004, Proceso No Contencioso sobre Inscripción de Partida de Nacimiento seguido ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Huancayo, la Juez Lourdes Lorenza Bedon Hurtado, falló declarando fundada la demanda interpuesta por Lidia Amelia Lovera Toledo, ordenando mediante sentencia de fecha 10 de junio de 2003, mandato que es reiterado mediante requerimiento de fecha 11 de noviembre de 2005, registrar el nacimiento de la demandante, el mismo que se produjera el 7 de setiembre de 1983, registrándose dicho hecho vital el 14 de diciembre de 2005, en la Municipalidad Provincial de Huancayo; Que, en el Expediente Nº 492-2002, Proceso No Contencioso sobre Inscripción de Partida de Nacimiento seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de Camanti – Quincemil, Provincia de Quispicanchi, Departamento de Cusco, el Juez Amadeo Javier Lara Huanca, falló declarando fundada la demanda interpuesta por Josefi na Arizaca Lima, ordenando el 24 de mayo de 2002 registrar la Partida de Nacimiento de la hija de la demandante, quien ha nacido el 24 de diciembre de 1985, registrándose la misma el 28 de setiembre de 2005 en la Municipalidad Distrital de Camanti – Quincemil; Que, de la revisión de los actuados se advierte que los procesos judiciales en cuestión violan fl agrantemente disposiciones legales expresas como el carácter indefi nido de las inscripciones administrativas de nacimiento consagradas en la Ley Orgánica de RENIEC, Ley Nº 26497, pudiéndose efectuar a través de un proceso judicial solamente el registro de matrimonios y defunciones, tal y como lo dispone el numeral 826 del Código Procesal Civil; Que, el comportamiento de los citados magistrados, confi gura los delitos tipifi cados en el artículo 418º del Código Penal; lo cual no impide el ejercicio de las acciones legales de naturaleza no penal, a que hubiere lugar; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atención a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para que en defensa de los intereses de la entidad proceda a iniciar las acciones legales pertinentes a que hubiere lugar contra Lourdes Lorenza Bedon Hurtado, Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Huancayo y Amadeo Javier Lara Huanca, Juez de Paz Letrado de Camanti – Quincemil, Provincia de Quispicanchi, Cusco, por el delito contra la Administración de Justicia en la Modalidad de Prevaricato, como consecuencia de los mandatos emitidos en los procesos de Inscripción de Partida de Nacimiento de los ciudadanos Lidia Amelia Lovera Toledo y Alicia Quispe Arizaca.Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 137186-1 Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María La Nueva RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 935-2007-JNAC/RENIEC Lima, 19 de noviembre de 2007 VISTOS: el Informe Nº 001709-2007/SGREC/GOR/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil y el Informe Nº 001230-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, norma que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción, y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la Ofi cina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refi ere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularización de Ofi cina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la Ley 26497 y el Reglamento de Organización y Funciones de la institución; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de la Ley Nº 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María La Nueva, distrito de Maranura, provincia de La Convención, departamento de Cusco. Artículo 2º.- El Jefe de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María La Nueva, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María La Nueva, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá