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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de noviembre de 2007 358403 VISTO: El Ofi cio Nº 390-2007-OTM-UNDAC de la Ofi cina de Transporte y Mantenimiento mediante el cual remite informe técnico relacionado al estado de la unidad móvil RGZ-930 camioneta rural, marca Toyota año de fabricación 1995 modelo 4 Runner asignado al Despacho del Rectorado de la UNDAC. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Art. 21º del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083 – 2004 – PCM, se considera desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios y obras sólo por el tiempo o cantidad según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, mediante el Ofi cio 390-2007-OTM-UNDAC de la Ofi cina de Transporte y Mantenimiento de la UNDAC se eleva informe técnico mediante la cual se da cuenta sobre el estado del vehiculo RGZ-930 clase camioneta rural marca toyota año de fabricación 1995 modelo 4 RUNNER color gris oscuro metálico asignado al despacho del rectorado de la UNDAC; se señala en dicho documento que el estado de dicha unidad móvil por los daños y averías que tiene no presta las garantías para seguir prestando sus servicios, ya que puede ocasionar accidentes, poniendo en riesgo la integridad física de nuestra autoridad universitaria como es el caso del Sr. Rector, y otros que hacen uso del mismo en misión ofi cial, tanto docentes como alumnos y otras autoridades universitarias; que dicha unidad móvil es necesario no sólo para fi nes administrativos sino también académicos. Que, así mismo mediante el ofi cio Nº 059-2007/ DGOAL-UNDAC de la Dirección de la Ofi cina de Asesoría Legal se informa sobre la procedencia de la adquisición de una nueva unidad móvil para el despacho del rectorado por debastecimiento inminente de acuerdo a lo normado en los decretos supremos 083 y 084-2004-PCM y ello en atención a los hechos expuestos en el precitado considerando; Que, de acuerdo a lo normado en el Art. 21º del D.S. Nº 083-PSM y en concordancia a lo establecido en el Art. 141º del D.S Nº 084-2004-PCM, se debe efectuar la adquisición de una nueva unidad móvil de acuerdo al procedimiento establecido a la normatividad citada; El señor Rector en uso de las facultades que le confi ere la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la UNDAC y con cargo a dar cuenta al Honorable Consejo Universitario; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Transportes de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar la exoneración del proceso de selección para la adquisición de la unidad móvil, hasta S/. 150.000.00 nuevos soles. (Ciento Cincuenta Mil y 00/100) Artículo Tercero.- Autorizar a la Dirección de la Ofi cina General de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión para que efectúe la adquisición de una nueva unidad móvil para el despacho del rectorado en forma directa mediante acciones inmediatas en concordancia a lo establecido en el Art. 148º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Encargar a la Ofi cina General de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la UNDAC para que publique la resolución de exoneración dentro de los diez (10) hábiles siguientes a su emisión en el Diario Ofi cial El Peruano, así como su publicación en el SEACE. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al CONSUCODE, SEACE, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, Órgano de Control Institucional y demás dependencias de acuerdo a Ley para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. SANTOS S. BLANCO MUÑOZ Rector 137032-1 Ratifican resolución que autoriza viaje del Decano de la Facultad de Ciencias Contables de la UNMSM a la República Dominicana para participar en evento de la ALAFEC UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 06200-R-07 Lima, 23 de noviembre del 2007 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 03873-FCC-07 de la Facultad de Ciencias Contables, sobre comisión de servicios y encargatura. CONSIDERANDO: Que la Asociación Latinoamericana de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración (ALAFEC) convoca al Dr. SATURNINO ALFONSO UGARTE SILVA, Decano de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en su calidad de Representante Nacional en Perú, a la “X Asamblea General de ALAFEC”, a realizarse del 27 al 30 de noviembre de 2007 en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana; Que el Consejo de la Facultad de Ciencias Contables en su sesión del 30 de octubre de 2007, acordó autorizar el viaje en Comisión de Servicios del 27 al 30 de noviembre de 2007, al Dr. SATURNINO ALFONSO UGARTE SILVA para participar en el mencionado evento; Que asimismo, se le otorga las sumas en nuevos soles equivalentes a US$ 940.00 por concepto de pasajes, US$ 30.25 por concepto de Tarifa CORPAC y US$ 960.00 por concepto de viáticos, y encarga el Decanato de la citada Facultad a don JUAN RUFINO CHÁVEZ VALENCIA, por el período que dure la ausencia del titular; acuerdo que se explica en la Resolución de Decanato Nº 339/FCC-D/07 del 12 de noviembre de 2007; Que la participación del mencionado docente en el evento antes indicado benefi ciará a la Comunidad Universitaria Sanmarquina en lo académico y científi co, por cuanto elevará el nivel y calidad de enseñanza en la Universidad; así como, redundará a favor de la imagen de nuestro país, y contribuirá a su promoción económica; Que la Ofi cina General de Planifi cación con Ofi cio Nº 3890-OGPL-2007 emite opinión favorable; Que el Artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, señala que: “El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor. En ningún caso debe exceder el período presupuestal”; Que se cumplen con los requisitos exigidos por el Artículo 8° de la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con Resolución Rectoral Nº 01536-R-03 del 07 de marzo de 2003, modifi cada con Resolución Rectoral N° 00235-R-06 del 25 de enero de 2006; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modifi catorias; SE RESUELVE: 1º. Ratifi car la Resolución de Decanato Nº 339/FCC- D/07 del 12 de noviembre de 2007 de la Facultad de Ciencias Contables, como se indica: 1. Autorizar el viaje en comisión de servicios del 27 al 30 de noviembre de 2007, al Dr. SATURNINO ALFONSO UGARTE