Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2007 (28/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de noviembre de 2007

PERUANO, en la seccion fe de erratas, y dar cuenta de su contenido a Contraloria, y Consucode, para los fines de ley, oficiandose en el dia. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Dist. Pueblo Libre 137413-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OMACHA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la construccion del Puesto Sanitario de Checcapucara
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0253-2007-MDO - PP Omacha, 12 de noviembre de 2007 VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de Omacha N° 36 de fecha 09 de noviembre de 2007, los Informes tecnico y legal de las Oficinas de Direccion de Obras Publicas y Asesoria Legal y la solicitud presentada por las autoridades de la Comunidad Campesina de Checcapucara, sobre ejecucion de la Obra Construccion de Puesto Sanitario de Checcapucara. CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son organos de gobierno local, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194° de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley N° 27680 y concordante con el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; Que mediante Oficio N° 14-2007, de fecha 06 de noviembre del 2007; el Presidente y autoridades de la Comunidad de Checcapucara del Distrito de Omacha han informado a la Municipalidad de Omacha sobre el fallecimiento de cinco personas durante el mes de octubre del 2007, por causas de falta de atencion oportuna de personal de salud. Motivo por el que la Comunidad en pleno solicitan la Inmediata ejecucion de la Obra: Construccion de Puesto Sanitario en la Comunidad de Checcapucara, con la finalidad de atender la Salud de la Poblacion de dicha Comunidad. Ya que en la actualidad carecen de una infraestructura para dichas atenciones; Que enterados de los sucesos ocurridos, el MORDAZA de la Municipalidad, solicito la convocatoria a una Sesion Ordinaria para aprobar la Declaratoria en Situacion de Emergencia a la comunidad Campesina de Checcapucara del Distrito de Omacha; asi como aprobar tambien la Exoneracion de los Procesos de Contrataciones y Adquisiciones de Bienes y Servicios necesarios para la urgente atencion de la emergencia presentada; Que, mediante Informe Tecnico N° 062-2007 de fecha 08 de noviembre del 2007; el Director de Obras Publicas de la Municipalidad: Ing. MORDAZA MORDAZA Munoz, hace conocer a la Alcaldia sobre el incremento de fallecimientos de personas de la Comunidad de Checcapucara por falta de atencion oportuna por el personal de salud, ya que el establecimiento de salud mas cercano se encuentra a una distancia de 19 Km. y no existe un MORDAZA regular de vehiculos, por lo que la poblacion usuaria debe trasladarse a pie y los enfermos deben ser trasladados a lomo de bestia. Motivos expuestos por los que solicita se declare en situacion de emergencia a la Comunidad de Checcapucara, asi como la exoneracion del MORDAZA de Adquisicion y Contratacion de Bienes y Servicios, hasta por un monto de S/. 312001.30 (trescientos doce mil uno con 30/100 nuevos soles), con la finalidad de atender la situacion de emergencia y prevenir lo que pudiere suceder en un futuro inmediato; Que, mediante Informe Legal N° 038-2007del 08 de noviembre del 2007- el Asesor Legal de la Municipalidad se dirige a la Alcaldia de la Municipalidad Distrital de

Omacha, informando los mismos hechos consignados en el Considerando anterior y anadiendo, que es de suma necesidad la Ejecucion de la Obra: Construccion de Puesto Sanitario de Checcapucara para atender la emergencia suscitada en la comunidad campesina senalada; teniendo en cuenta que en su mayoria los pobladores son campesinos y se encuentran en extrema pobreza y geograficamente la comunidad se encuentra a una altura de 4000 msnm. Dichos factores hacen vulnerables la salud de la poblacion de Checcapucara. Por lo que el Asesor Juridico opina por la PROCEDENCIA de la EXONERACION del MORDAZA de Seleccion, basando su opinion en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Aprobados mediante los D.S. N° 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, respectivamente; Que, el inciso c) del articulo 19° del D.S. N° 083-2004PCM senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento de conformidad con la presente ley; Que, el articulo 142° del D.S. N° 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro, debiendo adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, despues de lo cual debera convocarse los procesos de seleccion que correspondan; Que, el articulo 20° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que, las exoneraciones en el caso de los Gobiernos Locales, se aprobaran mediante Acuerdo del Consejo Municipal, debiendose contar previa y obligatoriamente con un informe tecnico-legal, lo que concuerda con lo que indica el articulo 146° del D.S. N° 084-2004-PCM, debiendo publicar dicho Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, remitiendo MORDAZA del Acuerdo y de los Informes que lo sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSUDODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion del acuerdo; Que, estando a lo acordado y aprobado por Mayoria por el Consejo Municipal de Omacha en su Sesion Ordinaria del 09 de noviembre del 2007 y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades y la Constitucion Politica del Peru. SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Emergencia a la Comunidad de Checcapucara del Distrito de Omacha al haber sido afectado por el incremento de fallecimientos por falta de atencion oportuna, y atentando contra la MORDAZA de 584 habitantes pertenecientes a esa Comunidad. Articulo Segundo.- EXONERAR de los procesos de seleccion que corresponda, por la causal de emergencia, para la contratacion de una constructora que ejecute la Obra: Construccion de Puesto Sanitario de Checcapucara, hasta por el monto de S/. 312001.30 (trescientos doce mil uno con 30/100 nuevos soles), con cargo a la fuente de financiamiento Canon Minero, del presupuesto de la Municipalidad Distrital de Omacha, aprobado para el ano 2007. Las contrataciones a efectuar estaran a cargo de la Oficina de Abastecimiento y Comision Especial de Adquisiciones de la Municipalidad. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, la publicacion del presente en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la aprobacion del presente, de igual manera dentro del plazo senalado, debera cumplir con remitir MORDAZA del presente y de los informes tecnico y legal, a la Contraloria General de la Republica y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. POR TANTO: Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. Dado en el Palacio Municipal de Omacha, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil siete. MORDAZA ARAHUALLPA CHOCCATA MORDAZA 136916-1

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