Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2007 (28/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

358475

"Adquisicion de motor fuera de MORDAZA para la OPER Ucayali", y N° 015-2006-AG-PETT/UCAYALI "Adquisicion de 01 (una) Estacion Total para la OPER Ucayali", retrotrayendo los procesos de seleccion a la etapa de convocatoria, inclusive. Articulo 2°.- DECLARAR la nulidad del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia N° 016-2006-AG-PETT/ UCAYALI "Adquisicion de equipos de oficina y accesorios para la OPER Ucayali", retrotrayendolo a la etapa de convocatoria, inclusive. Articulo 3º.- DISPONER que la totalidad de antecedentes que motivan la presente Resolucion MORDAZA derivados al Organo de Control Institucional de COFOPRI con el objeto que dentro del ambito de su competencia, proceda a determinar las responsabilidades que correspondan. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (SEACE). Articulo 5º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo COFOPRI 137625-1 RESOLUCION DIRECTORAL N° 098-2007-COFOPRI/DE MORDAZA, 26 de noviembre de 2007 VISTOS: El Memorandum Nº 315-2007-COFOPRI/OA de fecha 23 de octubre de 2007, y los Informes N° 119-2007/JSA de fecha 19 de octubre de 2007 y N° 124-2007-COFOPRI/ OAJ de fecha 15 de noviembre de 2007, emitidos por la Oficina de Administracion y la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 28923, se establecio un Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos a cargo de COFOPRI, modificando su denominacion por la de Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal -COFOPRI; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria de la citada Ley, modifica el tercer parrafo del articulo 2° del Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal estableciendo que COFOPRI constituye un pliego presupuestal con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, cuyo Director Ejecutivo es la MORDAZA autoridad quien ejercera la titularidad del pliego presupuestal; Que, a traves del Decreto Supremo N° 005-2007VIVIENDA se aprobo la fusion por absorcion del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT con el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, en calidad de entidad incorporante, MORDAZA que concluyo el 12 de junio de 2007, de conformidad con lo establecido por la Resolucion Ministerial N° 183-2007VIVIENDA, declarandose extinguido el referido Proyecto; Que, mediante la Resolucion Directoral Ejecutiva N° 028-2006-AG-PETT-DE de fecha 31 de enero de 2006, se designa al Comite Especial Permanente respectivo, a fin de llevar a cabo el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia N° 003-2006-AG-PETT/TUMBES "Adquisicion de 01 (un) Equipo GPS para la OPER Tumbes"; Que, en la Primera Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se establece que COFOPRI se encuentra exceptuada de la aplicacion de la Ley; Que, sin embargo, el MORDAZA de seleccion acotado en el MORDAZA considerando de la presente, fue convocado bajo el MORDAZA legal previsto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones

y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, razon por la que en ese termino deben ser evaluados; Que, en ese sentido, mediante el Memorandum e Informes de VISTOS se da cuenta de las irregularidades ocurridas en el MORDAZA de seleccion acotado; toda vez que fue convocado sin contar con disponibilidad presupuestal y no fue previsto en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del extinto PETT, a pesar de tratarse de un MORDAZA que por naturaleza era programable; Que, el articulo 11º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM dispone: "Es requisito para convocar a MORDAZA de seleccion, bajo sancion de nulidad, que este este incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones salvo las excepciones de la presente Ley, y que ademas se cuente con el expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento (....)"; Que, en el articulo 57º del referido TUO, se dispone que el Titular de la Entidad podra declarar de oficio la nulidad de un MORDAZA de seleccion, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, cuando se hayan emitido actos administrativos que contravengan las normas legales, prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, entre otros casos; Que, en el referido MORDAZA de seleccion no se llego a celebrar el contrato respectivo ni se emitio la orden de compra correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28923, por el articulo 9° y el literal f) del articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de COFOPRI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0252007-VIVIENDA y por el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; Con el visado de la Oficina de Administracion y de la Oficina de Asesoria Juridica de COFOPRI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR la nulidad de la Buena Pro otorgada en el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia N° 003-2006-AG-PETT/TUMBES "Adquisicion de 01 (un) Equipo GPS para la OPER Tumbes", retrotrayendo el MORDAZA de seleccion a la etapa de convocatoria, inclusive. Articulo 2º.- DISPONER que la totalidad de antecedentes que motivan la presente Resolucion MORDAZA derivados al Organo de Control Institucional de COFOPRI con el objeto que dentro del ambito de su competencia, proceda a determinar las responsabilidades que correspondan. Articulo 3º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (SEACE). Articulo 4º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo COFOPRI 137625-2 RESOLUCION DIRECTORAL N° 099-2007-COFOPRI/DE MORDAZA, 26 de noviembre de 2007 VISTOS: El Memorandum Nº 389-2007-COFOPRI/OA de fecha 07 de noviembre de 2007, y los Informes N° 136-2007/JSA de fecha 30 de octubre de 2007 y N° 126-2007-COFOPRI/ OAJ de fecha 15 de noviembre de 2007, emitidos por la Oficina de Administracion y la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente;

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