Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2007 (28/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de noviembre de 2007

la fiscalizacion de los Edificios que deseen acogerse a sus beneficios. Teniendo en consideracion lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PROGRAMA DE FOMENTO DE LA CONSERVACION DEL ORNATO DENOMINADO "RENOVEMOS MORDAZA MARIA" Articulo 1º.- MODIFICASE el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 223-MDJM que aprueba el Programa de Fomento de la Conservacion del Ornato denominado "Renovemos MORDAZA Maria", el que queda redactado como sigue: "Articulo Segundo.- Facultese al Despacho de Alcaldia para que determine los predios que seran seleccionados para ser beneficiados por el presente programa, los que deberan cumplir los siguientes requisitos: 1.- La Fiscalizacion previa de los Edificios postulantes a efectos de verificar que los montos cancelados por sus propietarios o poseedores correspondan a las caracteristicas y metrajes de los predios. 2.- Que al menos 80% de los propietarios o los poseedores de los edificios no tengan deuda tributaria vencida del ejercicio fiscal anterior a la fecha de MORDAZA de la solicitud de acogimiento". Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 137026-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican el Acuerdo de Concejo Nº 03307-MDLV en lo referido a solicitudes de autorizacion de grifos y estaciones de servicio
ACUERDO DE CONCEJO Nº 064-07/MDLV La MORDAZA, 10 de octubre de 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: VISTO, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 020-2007-CPPPAL/MDLV de la Comision de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la MORDAZA precitada, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que corresponde

al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, la precitada Ley en su Articulo 41º, asimismo establece que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 033-2007/ MDLV de fecha 7 de junio de 2007, se acordo modificar el Articulo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 104-04MDLV de fecha 11 de diciembre de 2004, levantando las restricciones que se tenia para el otorgamiento de Licencias de Construccion y de Funcionamiento en la apertura de negocios relacionados con los giros de Grifos y Estaciones de Servicio, manteniendose dicha restriccion a las Empresas de Transporte de Pasajeros y/o de carga y descarga de Mercaderia, asi como para los Talleres de mecanica y reparacion de vehiculos pesados; Que, mediante Memorando Nº 154-2007-GDU/ MDLV de fecha 4 de setiembre de 2007, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA solicita el pronunciamiento respecto aquellas solicitudes de autorizacion para la construccion de grifos y estaciones de servicio, estando en vigencia el Acuerdo de Concejo Nº 104-2004-MDLV de fecha 11 de diciembre de 2004; Que, a traves del Informe Nº 582-07-GAJ-MDLV de fecha 13 de setiembre de 2007, la Gerencia de Asesoria Juridica refiere que nuestro ordenamiento juridico, en virtud del Articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, contempla el efecto excepcional de la retroactividad del acto administrativo, siempre y cuando se constituya expresamente en decision administrativa y, asimismo, sea favorable para el administrado; Que, en consecuencia, la precitada Gerencia concluye que el Acuerdo de Concejo Nº 033-2007/MDLV de fecha 7 de junio de 2007, puede tener efectos retroactivos para el caso de los locales de venta de hidrocarburos (grifo, gasocentro y similares), siempre y cuando no afecten los derechos fundamentales de terceros, para lo cual deberan obtener previamente los Dictamenes favorables de la Direccion General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energia y Minas y por el Organismo Supervisor de la Inversion de Energia ­ OSINERG; Con la opinion favorable Miembros de la Comision Permanente de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales y, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta: ACORDO: Articulo Unico.- Modificar el Acuerdo de Concejo Nº 033-07-MDLV de fecha 7 de junio de 2007, incorporando en la parte final del Articulo Primero, el parrafo que a continuacion se detalla: Articulo Primero.- Que las solicitudes de autorizacion para la construccion de grifos y estaciones de servicio, presentadas MORDAZA de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, podran ser atendidas por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 137030-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Derogan Art. 15º de la Ordenanza Nº 141-MSI
ORDENANZA Nº 220-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA

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