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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (29/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de noviembre de 2007 358519NºDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOREQUISITOS PAGO POR DERECHO DE TRÁMITE EN EFECTIVO O EN CHEQUECALIFICACIÓN PLAZO EN DIAS HABILESDEPENDENCIA DONDE SE INICIA TRÁMITE (Vía Documentaria)AUTORIDAD QUE APRUEBA TRÁMITEAUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO ADMINISTRATIVOAUTOMÁ TICAEVALUACIÓN PREVIA SILENCIO ADMINIS- TRATIVO POSITIVOSILENCIO ADMINIS- TRATIVO NEGATIVO artículo 12° 2. Copia simple del Certi fi cado de matrícula vigente 3. Pago por Inspección técnica para veri fi car las características y la operatividad de la embarcación pesquera. Según Servicio Nº 13 4. Pago por derechos de trámite. (*1) 35.1 % UIT 5. Pago por publicación de Resol. (1ra. Instancia o por cada recurso que se interponga). 25.00% UIT Además: Para acceder a Recursos Hidrobiológicos plenamente explotados. A. Por sustitución de embarcación no siniestrada (Incluida en listados de embarcaciones sujetas a ser materia de sustitución) 6. Datos de publicidad Registral ( fi cha y asiento) de la embarcación para veri fi car identidad del propietario y la arrendataria en caso de arrendamiento fi nanciero de cada embarcación a sustituir. 7. Declaración jurada que precise que sobre la embarcación a sustituir no recae gravamen o proceso judicial que impida su disponibilidad.8. Declaración Jurada comprometíendose a destruir o desguasar la E/P sustituida o a solicitar Autorización de Incremento de Flo ta, conforme a lo dispuesto en el DS Nº 004-2002-PRODUCE9. Copia simple del Certi fi cado de matrícula vigente en que conste la refrenda vigente del certi fi cado de matrícula. B. Por sustitución de embarcación siniestradas con pérdida 6. Datos de publicidad Registral ( fi cha y asiento) de la embarcación para veri fi car identidad del propietario y la arrendataria total (Incluida en listados de embarcaciones sujetas a ser en caso de arrendamiento fi nanciero de cada embarcación a sustituir. materia de sustitución) 7. Copia simple de la resolución de Capitanía de Puerto que declara el siniestro con pérdida tota l. (La fecha de ocurrencia del siniestro no debe ser mayor a 1 año de la fecha de inicio de trámite) 8. Copia simple del Certi fi cado de Matrícula cancelado por siniestro con pérdida total que incluya el número de la Resolución de Capitanía. 8 PERMISO DE PESCA PARA EMBARCACIONES PESQUERAS DE BANDERA EXTRANJERA. 1. Solicitud dirigida al Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero - Indicar en la solicitud para Personas Naturales: Número del documento de identidad vigente. - Indicar en la solicitud para Personas Jurídicas : Datos de publicidad Registral ( fi cha y asiento) de la persona jurídica solicitante. - De ser el caso, para acreditar la representación del solicitante, copia de carta poder (persona natural) o indicar dat os de publicidad Registral ( fi cha y asiento) de poder vigente (persona jurìdica) - Indicar en la solicitud: Nùmero del documento de identidad vigente del representante legal, de la persona jurìdica, de ser el caso. 2. Acreditar la posesión legal de la embarcación. 3. Características técnicas de la E/P, artes, aparejos, equipos de pesca, equipos y capacidad de procesamiento, de ser el caso, con carácter de Declaración Jurada.X5 O fi cina de Administración Documentaria y Archivo del Ministerio de la ProducciónDirector General de Extracción y Procesamiento PesqueroDirector General de Extracción y Procesamiento Pesquero (Reconsideración) Viceministro de Pesquería (Apelación )BASE LEGAL D.Ley 25977, numeral 2 del literal c) del artículo 43°, Artículo 47° y 48° publicado el 22.12.1992, D.S. 012-2001-PE, Artículo 66° publicado el 14.03.2001, 4. Acreditar domicilio legal en el país. 5. Certi fi cado de Clasi fi cación vigente o Certi fi cado de Inspección de Condición (CIC) que demuestre la operativi- dad de la embarcación y planta de procesamiento, de ser el caso, emitido por una Sociedad de Clasi fi cación reconocida por el IACS, traducido al español o pago de servicios de Inspección Técnica. 6. Certi fi cado de Nacionalidad y Certi fi cado de Tonelaje Internacional de la embarcación, con traducción al español, o documentos equivalentes con similar valor probatorio. 7. Carta fi anza de carácter solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a favor del Ministerio de la Producción, en las condiciones que fi je el Reglamento de la Ley General de Pesca o el Reglamento de Ordenamiento respectivo. 8. Pago de derechos por explotación de recursos hidrobiológicos según corresponda (1). 9. Pago por derecho de trámite. (*1) 23.17% UIT 10. Pago por publicación de Resolución (1ra. Instancia o por cada recurso administrativo que se interponga). 25.00% UIT11. Pago por inspección técnica para veri fi car las características y la operatividad de la embarcación pesquera, y de ser el caso, la planta de procesamiento a bordo. (*2)Según Servicio Nº 13 Además En caso de licencia de plantas de procesamiento a bordo: 12. Documento Internacional de sanidad o Certi fi cado vigente de exención de desratización expedido por el órgano competente del Ministerio de Salud o por la autoridad del pais que emite el documento de sanidad.