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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (01/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 1 de octubre de 2007 354540 8 SERVICIOS DE ASESORÍA, CONSULTORÍA ASÍ COMO DE ASISTENCIA Y ESTUDIOS TÉCNICOS ESPECIALES SOBRE LAS OPERACIONES 9 SERVICIOS DE ALOJAMIENTO Y ALIMENTACIÓN DEL PERSONAL OPERATIVO DEL TITULAR DEL CONTRATO 10 SERVICIOS DE DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, INSTALACIÓN, ARMADO Y DESARMADO DE MAQUINARIA Y EQUIPO NECESARIO PARA LAS OPERACIONES 11 SERVICIOS DE INSPECCIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MAQUINARIA, EQUIPO MOBILIARIO UTILIZADO EN LAS OPERACIONES 12 ALQUILER O ARRENDAMIENTO FINANCIERO DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO 13 SERVICIOS DE TRANSPORTE DE BIENES Y PERSONAL NECESARIOS PARA LAS OPERACIONES Y ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN 14 SERVICIOS DE SISTEMAS E INFORMÁTICA 15 SERVICIOS DE COMUNICACIONES 16 SERVICIOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y CONTRAINCENDIOS 17 SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE INSTALACIONES Y PERSONAL OPERATIVOS 18 SERVICIOS DE AUDITORÍAS TÉCNICAS 19 SERVICIOS DE MUELLES Y AMARRADEROS, CARGA Y DESCARGA FLUVIAL Y MARÍTIMO 20 SERVICIOS DE ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNITARIA 21 SERVICIOS MÉDICOS Y HOSPITALARIOS 22 SERVICIOS DE DESPACHOS ADUANEROS 23 SERVICIOS DE COMPRAS DE EQUIPOS Y MATERIALES DESTINADOS A LAS OPERACIONES 24 SERVICIOS DE SEGUROS 114729-1 Aprueban listas de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a devolución definitiva del IGV , Impuesto de Promoción Municipal u otro impuesto al consumo que se le traslade o pague Amerada Hess Perú Inc., Sucursal del Perú como contratista respecto a los lotes 118, 119 y 120 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 460-2007-MEM/DM Lima, 26 de setiembre de 2007 VISTO el expediente Nº 1680694, de fecha 4 de abril de 2007, y sus Anexos Nº 1699454, 1709564 y Nº 1714770, formado por la empresa Amerada Hess Perú Inc., Sucursal del Perú, sobre la aprobación de la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 118; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27624, se estableció el derecho de las empresas que suscriban contratos o convenios a los que se hace referencia en los artículos 6º y 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, a la devolución de fi nitiva del Impuesto General a las Ventas, del Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo que les sea trasladado o que paguen, correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestación o utilización de servicios y contratos de construcción, directamente vinculados a las actividades de exploración, durante la fase de exploración de los Contratos y la ejecución de los Convenios de Evaluación Técnica; Que, el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 963, de fecha 22 de diciembre de 2006, prorrogó la vigencia de la Ley Nº 27624 y modi fi catorias, hasta el 31 de diciembre de 2009. Que, el literal c) del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2002-EF, dispone que los bienes y servicios que otorgarán el derecho a la devolución de fi nitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo deberán estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas;Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2004-EF, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de mayo de 2004, se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorga el derecho a la devolución de fi nitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a los titulares de las actividades de exploración de hidrocarburos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27624 y su Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007-EF, de fecha 15 de febrero de 2007, se aprobó el Arancel de Aduanas 2007, modi fi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 027-2007-EF, señalándose como fecha de entrada en vigencia el 01 de abril de 2007; Que, mediante expediente Nº 1680694, de fecha 4 de abril de 2007, la empresa Amerada Hess Perú Inc., Sucursal del Perú, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 118, suscrito el 04 de mayo de 2006, ha solicitado al Ministerio de Energía y Minas la aprobación de la lista de los bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución de fi nitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a su favor; Que, al momento de presentar la solicitud referida en el considerando precedente, el Arancel de Aduanas 2007 ya se encontraba vigente, por lo que la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas - SUNAT han efectuado la adecuación de la lista aprobada mediante Decreto Supremo Nº 061-2004-EF, al Arancel vigente; Que, asimismo, a la suscripción del Contrato de Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 118 ya se encontraba vigente la Ley Nº 27624, modi fi cada por la Ley Nº 27662, por lo que el bene fi cio solicitado por la referida empresa será a partir de la fecha de inicio del primer período de la fase de exploración de dicho Contrato, es decir a partir del 30 de junio de 2006, de acuerdo a lo informado por Perupetro S.A. mediante Carta Nº GGRL-CONT-517-2007, de fecha 26 de marzo de 2007; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Ofi cio Nº 270-2007-EF/15.01, de fecha 21 de agosto de 2007, ha emitido opinión favorable a la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo a favor de la empresa Amerada Hess Perú Inc., Sucursal del Perú, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 118; Con la opinión favorable del Viceministro de Energía y de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº 27624 y Nº 27662, el literal c) del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27624, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2002-EF y el Decreto Supremo Nº 017-2007-EF; SE RESUELVE:Artículo Único .- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a la devolución de fi nitiva del Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y de cualquier otro impuesto al consumo que le sea trasladado o que pague la empresa Amerada Hess Perú Inc., Sucursal del Perú, en su calidad de Contratista del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 118, a partir de la fecha de inicio del primer período de la fase de exploración del mismo, de acuerdo al Anexo adjunto a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas ANEXO: R.M. N° 460-2007-MEM/DM ANEXO ÚNICO I. LISTA DE BIENES SUBPARTIDA NACIONALDESCRIPCIÓN 1404 90 90 90 LAS DEMÁS PRODUCTOS VEGETALES 2501 00 20 00 CLORURO DE SODIO CON PUREZA SUPERIOR O IGUAL AL 99.5%, INCLUSO EN DISOLUCIÓN ACUOSA 2504 10 00 00 GRAFITO NATURAL EN POLVO O EN ESCAMAS