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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 1 de octubre de 2007 354550 el mismo que comprenderá dos tramos que se extenderán desde la junta monolítica de la derivación del Kp 527+400 del Sistema de Transporte de Gas Natural hasta el ingreso a la Estación de Regulación y Reparto (ERF) de la Central Térmica Calana, que se ubicará en el distrito de Independencia, provincia de Pisco, departamento de Ica, según las siguientes características: Longitud (metros)Diámetro (pulgadas)Capacidad de DiseñoPunto de Inicio Punto Final Primer Tramo 21.806” 30 MMSCFDJunta Monolítica KP 527+400 del Sistema de Transporte de Camisea Coordenadas UTM: 8 485 853.369 N 398 039.283 E Progresiva: 0+005.70Ingreso a la Estación de Regulación y Medición Coordenadas UTM: 8 485 833.429 N 398 031.110 E Segundo Tramo 3,825.328” 30 MMSCFDSalida de Estación de Regulación y Medición Coordenadas UTM: 8 485 827.091 N 398 028.512 ECentral Térmica Independencia Ingreso a Estación de Regulación y Reparto Coordenadas UTM: 8483587.480 N 395259.466 E Progresiva: 3+859.42 Artículo Segundo.- La empresa EGESUR S.A. previo al inicio de la operación y durante la operación y mantenimiento del ducto de uso propio a la que se re fi ere el Artículo Primero de la presente Resolución Directoral, deberá cumplir con las normas de seguridad contenidas en el Reglamento para el Transporte de Hidrocarburos por Ductos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 041-99-EM, su Anexo y demás normas aplicables. Artículo Tercero.- La presente Resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO A. NAVARRO VALDIVIA Director General de Hidrocarburos 114110-1 PRODUCE Aceptan renuncia y designan Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2007-PRODUCE Lima, 28 de setiembre del 2007 VISTOS: el Memorando Nº 4216-2007-PRODUCE/SG de la Secretaría General del Ministerio de la Producción y el O fi cio Nº PCD-100-410-2007-PRODUCE/IMARPE del Instituto del Mar del Perú; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 227-2005- PRODUCE, se designó a la C.P.C. RUTH MARINA VILCA TASAYCO, como Directora General de la O fi cina General de Administración; Que, a través del O fi cio Nº 2803-2007-PRODUCE/ OGA la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo conferido, por motivos personales; Que, en consecuencia resulta necesario dictar el acto de administración que acepte la renuncia acotada y designe en dicho cargo a quien ejercerá las funciones de Director General de la O fi cina General de Administración; Que, por necesidad del servicio, el CPC EDMUNDO DAVID MONTEVERDE VALVERDE, quien actualmente presta servicios en el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, será designado en el referido cargo en el Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el literal h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por la CPC RUTH MARINA VILCA TASAYCO, al cargo de Directora General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al CPC EDMUNDO DAVID MONTEVERDE VALVERDE, en el cargo público de con fi anza de Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, debiendo ser reservada su plaza en la entidad de origen. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 114848-2 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Colombia para participar en la Tercera Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio Perú - Canadá RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1155/RE Lima, 28 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global; Que, es conveniente para el interés nacional una participación activa del Ministerio de Relaciones Exteriores en las negociaciones orientadas a concretar un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Canadá; Que, el lanzamiento de las negociaciones del TLC con dicho país y la Primera Ronda de Negociaciones, tuvieron lugar del 16 al 20 de julio de 2007, en la ciudad de Lima, República del Perú; en tanto que la Segunda Ronda de Negociaciones se realizó del 4 al 7 de setiembre de 2007, en la ciudad de Ottawa, Canadá; Que, la Tercera Ronda de Negociaciones del TLC con Canadá se llevará a cabo del 1 al 6 de octubre de 2007, en Bogotá D.C., República de Colombia; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores participa en los distintos Grupos de Negociación encargados del TLC con Canadá; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) Nº SAE0585/2007, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, de 21 de setiembre de 2007; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modi fi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o fi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen