Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2007 (03/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de octubre de 2007

Que, el senor MORDAZA Ibazeta MORDAZA es un abogado de reconocido prestigio cuenta con estudios de maestria y doctorado en derecho, ejerce la docencia universitaria en las materias de derecho civil y procesal civil, ha sido juez del Noveno Juzgado Civil de MORDAZA y vocal de la Primera y MORDAZA Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Ex Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y Ex Decano del Colegio de Abogados de Lima; por lo que resultaria procedente su contratacion en via de exoneracion bajo la causal de servicios personalisimos; Que, en tal sentido, el abogado MORDAZA Ibazeta MORDAZA acredita especializacion y experiencia en las areas de Derecho Civil y Procesal Civil y no tener incompatibilidad o conflicto de intereses para la prestacion del servicio indicado, por lo que cumple de manera objetiva con el requerimiento efectuado; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 466-2007EF/43.01, se aprobo la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economia y Finanzas para el Ejercicio Fiscal correspondiente al ano 2007, incluyendo el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del Servicio de Asesoria y MORDAZA Legal Especializado en materia de Derecho Civil y Procesal Civil, para la defensa de los vocales del Tribunal Fiscal inmersos en el referido MORDAZA judicial; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administracion, mediante el Memorando Nº 1210-2007-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la mencionada contratacion; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas se realizaran, a traves de acciones inmediatas y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; y De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar el Servicio de Asesoria y MORDAZA Legal Especializado en materia de Derecho Civil y Procesal Civil como servicios personalisimos, de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modificatorias. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economia y Finanzas del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion Servicio de Asesoria y MORDAZA Legal Especializado en materia de Derecho Civil y Procesal Civil, asi como autorizar la contratacion del abogado MORDAZA Ibazeta MORDAZA para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- La contratacion a la que se refieren los articulos precedentes se realizara con cargo al presupuesto del Pliego 009, Ministerio de Economia y Finanzas, hasta por el importe de S/. 37 000,00 (Treinta y Siete Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley, y hasta la conclusion del MORDAZA judicial iniciado en contra de los mencionados vocales del Tribunal Fiscal. La realizacion de las acciones inmediatas correspondientes estara a cargo de un Comite Especial que seguira el procedimiento dispuesto por el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0842004-PCM y modificatorias. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial asi como los Informes Nºs 279-2007-EF/43.50 y 2060-2007EF/60.01 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 5º.- Disponer, que la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion remita la informacion de la presente Resolucion Ministerial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del

Estado ­ CONSUCODE a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

115609-2

EDUCACION
Aprueban Directiva "Utilizacion de Sistemas Constructivos No Convencionales y Recuperables para Aulas Escolares en Situacion de Emergencia"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 0040-2007-ED
MORDAZA, 25 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene la responsabilidad de definir, dirigir, normar y gestionar la politica educativa nacional, teniendo en cuenta los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el caracter unitario y descentralizado del gobierno de la Republica. Sus funciones se ejercen con criterios de orden tecnico-normativo y funcional; Que, la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece entre las funciones de la Direccion Regional de Educacion en el MORDAZA de la politica educativa nacional, la de identificar prioridades de inversion que propendan a un desarrollo armonico y equitativo de la infraestructura educativa en su ambito, y gestionar su financiamiento; Que, el Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo, senala que es competencia exclusiva del Gobierno Nacional definir, dirigir, normar y gestionar las politicas nacionales y sectoriales, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el caracter unitario y descentralizado del gobierno de la Republica. Se ejerce con criterios de orden tecnico-normativo y de la forma que establece la Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2001-ED, se aprueban las normas para la Gestion y Desarrollo de las Actividades en los Centros y Programas Educativos, estableciendose como lineamientos de politica educativa, entre otros, el de acentuar el MORDAZA de mejoramiento de la calidad de la educacion priorizando acciones en la innovacion y modernizacion de los curriculos, estrategias metodologicas de ensenanza aprendizaje, medios educativos, evaluacion de los aprendizajes e infraestructura; Que el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de la Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, senala que el Viceministerio de Gestion Institucional es el organo responsable de disenar e implementar la politica y estrategias para preservar la unidad de la gestion del sistema educativo nacional. Dirige el MORDAZA de descentralizacion y establece criterios tecnicos que orienten el desarrollo y modernizacion en las Instancias de Gestion Educativa Descentralizada, coordina las relaciones con organismos de cooperacion internacional, emite las normas para la construccion, refaccion y equipamiento de locales escolares; Que, el articulo 53º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones, senala que la Oficina de Infraestructura Educativa, es responsable de normar, disenar y difundir criterios tecnicos sobre construccion, equipamiento y mantenimiento de locales escolares, encontrandose dentro de sus funciones la de formular las normas tecnicas de diseno arquitectonico para la construccion, equipamiento y mantenimiento de la infraestructura educativa y promover proyectos experimentales, asi como el de supervisar y evaluar la

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