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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de octubre de 2007 354656 Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Anapate, provincia de Satipo RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 831-2007-JNAC/RENIEC Lima, 26 de setiembre de 2007 VISTO: el Informe Nº 001552-2007/SGREC/GOR/ RENIEC, de la Subgerencia de Registros del Estado Civil y el Informe Nº 001112-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas, y acorde con ello el Artículo 11º de la misma norma, precisa que las O ficinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, el Artículo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Artículo 262º del Código Civil señala que éste se tramita y celebra ante un Comité Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquía de la respectiva comunidad, el cual será presidido por el directivo de mayor jerarquía; Que, la Subgerencia de Registros del Estado Civil, a través del Informe Nº 001552-2007/SGREC/GOR/RENIEC, señala que la Comunidad Nativa Anapate no ha presentado Acta de Conformación de Comité Especial, a que se re fiere el considerando precedente; Que, la O ficina Registral que funciona en la Comunidad Nativa a que se re fiere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularización de O ficina Registral, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Subgerencia de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución, a la O ficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Anapate, Distrito de Río Tambo, Provincia de Satipo, Departamento de Junin. Artículo 2º.- El Jefe de la O ficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa mencionada en el artículo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identi ficación y Estado Civil. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, proporcionará los libros de nacimiento y defunción, a la O ficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Anapate, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil.Artículo 4º.- Asimismo, la Subgerencia de Registros del Estado Civil proveerá del respectivo libro de matrimonio, a la O ficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Anapate, cuando ésta cumpla con remitir copia del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se ha conformado el Comité Especial, a que hace referencia el Artículo 262º del Código Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 114715-4 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluidos nombramientos de magistrados en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1171-2007-MP-FN Lima, 2 de octubre de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Carlos Eduardo Saavedra Avila, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo; materia de la Resolución N° 800-2006-MP-FN, de fecha 27 de junio del 2006. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Nancy Rosa Angeludis Tomassini, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo; materia de la Resolución N° 800-2006-MP-FN, de fecha 27 de junio del 2006. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 115635-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. la apertura y traslado de oficinas ubicadas en las ciudades de Piura y Chiclayo RESOLUCIÓN SBS Nº 1269-2007 Lima, 20 de setiembre de 2007