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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de octubre de 2007 354837 1. Hoja de trámite – Formato FUO 1. 2. Copia de Ficha Registral o Copia del Certi ficado Registral Inmobiliario o Copia Escritura Pública de Compra Venta. 3. Recibo de Pago por los Derechos de Revisión de Proyecto. 4. Certi ficado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios vigente. 5. Planos: - Plano de Ubicación escala 1/500- Plano de Arquitectura escala 1/50 (adjuntando Carta de Responsabilidad correspondiente, suscrita por arquitecto o ingeniero). 6. Autorización de la Junta de Propietarios o de los copropietarios en caso de Propiedad Común. 7. Fotografías a color (tomadas frontalmente desde la acera opuesta y vistas longitudinales). 8. Boleta(s) de Habilitación Profesional.9. Inspección Técnica. De ser el caso, en lo no previsto respecto a los requisitos de la presente Ordenanza, se adecuarán al procedimiento establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, de este Municipio. Artículo 4°.- PROCEDIMIENTO Las solicitudes presentadas deberán ser revisadas y evaluadas, en un plazo no mayor de 10 días útiles, siempre que cumplan con la normatividad vigente al respecto. Vencido el plazo, y obtenida la Aprobación Técnica respectiva, se liquidarán los derechos correspondientes a pagar, quedando expedita la aprobación de la solicitud con el cumplimiento del pago. Artículo 5°.- PLAZO El presente Bene ficio Administrativo que se concede tendrá vigencia del 1º de octubre al 31 de diciembre del 2007. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Para aquellas solicitudes que se encuentren en trámite antes de la dación de la presente Ordenanza, quedarán automáticamente comprendidos dentro de los alcances del bene ficio, que otorgue la presente, debiendo adecuarse dentro de lo que le sea aplicable. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, incluida la prórroga de la misma. Segunda.- La recepción de la solicitud de Regularización de Licencia de Obra con los correspondientes requisitos, dará derecho al administrado a estar dentro de los alcances del presente Bene ficio Administrativo. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Rentas y Unidad de Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA A. FONSECA ESPINOZA Alcaldesa 116215-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Prorrogan vencimiento de beneficio tributario establecido mediante Ordenanza Nº 156/ML DECRETO DE ALCALDÍA Nº 021-2007-ALC/ML Lurín, 29 de agosto del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNCONSIDERANDO:El Informe N° 0104-2007-GR-GM/ML de la Gerencia de Rentas. Que, mediante Ordenanza N° 156/ML se establece un bene ficio tributario para los contribuyentes del distrito de Lurín, cuyo vencimiento de acuerdo a su artículo segundo es el 30 de junio del 2007. Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza N° 156/ML, faculta al Alcalde de la Municipalidad de Lurín para que mediante Decreto de Alcaldía efectúe la prórroga del vencimiento de la Ordenanza con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal. Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 009-2007- ALC/ML y 016-2007-ALC/ML, se dispuso la prórroga del bene ficio tributario antes referido al 31 de julio y 31 de agosto del presente año respectivamente. Que, es política de la administración tributaria otorgar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en ese sentido es conveniente otorgar una ampliación del plazo establecido en la Ordenanza N° 156/ML. De conformidad con el inciso 6) del artículo 20 y el artículo 42, de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento del bene ficio tributario establecido en la Ordenanza N° 156/ML hasta el 29 de setiembre del 2007. DISPOSICIÓN FINAL Única.- Encárguese a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y la Subgerencia de Informática el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 115561-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Crean el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada y constituyen el Fondo Municipal de Promoción de la Inversión Privada - FOMPRI ORDENANZA Nº 027-2007/MVMT Villa María del Triunfo, 24 de setiembre de 2007VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha que se indica, la propuesta presentada por la Gerencia de Plani ficación y Presupuesto y la Gerencia de Desarrollo Económico para declarar de interés distrital la promoción de la inversión privada, la creación del CEPRI y el FOMPRI, en el distrito de Villa María del Triunfo. CONSIDERANDO:Que, Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi ficado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, con autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ordenanza Nº 867 la Municipalidad Metropolitana de Lima estableció el marco normativo para que dicho Municipio Provincial y