Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2007 (10/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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que los GOBIERNOS LOCALES senalados efectuen anulaciones presupuestarias con cargo a tales recursos. Articulo 3º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizaran con cargo al presupuesto aprobado a la Unidad Ejecutora Nº 002 - Direccion Ejecutiva de Proyectos, organo nacional competente en materia de electrificacion rural, de acuerdo al siguiente detalle:
FUENTE DE FINANCIAMIENTO PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD : RECURSOS ORDINARIOS : 035 Energia : 0100 Electrificacion Rural : 1 027682 Transferencia del Gobierno Nacional ­ Ley N° 29035 CATEGORIA DEL GASTO : 6 GASTOS DE CAPITAL GRUPO GENERICO DEL GASTO : 7 Otros Gastos de Capital

presente Resolucion, esta sujeta a los Calendarios de Compromisos que aprueba el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 5º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera deberan encontrarse previstos en los Convenios de Financiamiento de los Proyectos de Inversiones, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y los Gobiernos Locales. Articulo 6º.- La Unidad Ejecutora Nº 002 - Direccion Ejecutiva de Proyectos, sera responsable del cumplimiento de la ejecucion de los Convenios referidos en el articulo que antecede. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

Articulo 4º.- La ejecucion de los recursos autorizados mediante la transferencia financiera, materia de la
ANEXO: DE LA RESOLUCION MINISTERIAL N° 478-2007-MEM/DM Anexo 01

PROYECTOS DE ELECTRIFICACION RURAL PARA EJECUCION VIA SUSCRIPCION DE CONVENIO - GOBIERNOS LOCALES LEY Nº 29035 - LEY QUE AUTORIZA CREDITO SUPLEMENTARIO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2007
N/O Nº 1 2 1 2 Nombre del Proyecto Instalacion y/o Electrificacion de la localidad de Huichcana Instalacion y/o Electrificacion de la Localidad de San MORDAZA y MORDAZA Progreso Total Municipalidad Distrital de Tintay Puncu 3 1 Instalacion de Electrificacion Rural de los Centros Poblados de Bigotes y Chacritas en el distrito de Pampas de Hospital y Miraflores en el distrito de San MORDAZA de la Virgen de Tumbes, provincia de Tumbes Total Municipalidad Provincial de Tumbes 4 1 Ampliacion Energia Plateritos - El Rubio, Provincia Contralmirante MORDAZA Total Municipalidad Provincial de Contralmirante MORDAZA TOTAL Tumbes Contralmirante MORDAZA Zorritos Tumbes Tumbes Pampas de Hospital Departamento Huancavelica Huancavelica Provincia Tayacaja Tayacaja Distrito Tintay Puncu Tintay Puncu Asignacion Codigo (S/.) SNIP 425,723 457,392 883,115 453,150 453,150 355,208 355,208 1,691,473 38296 51085 46648 46641

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Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de especialista para que apoye en la defensa del Estado Peruano ante Medidas Cautelares interpuestas ante la CIDH por la Asociacion Interetnica de Desarrollo de la MORDAZA Peruana - AIDESEP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 482-2007-MEM/DM

MORDAZA, 9 de octubre de 2007 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 001-2007-MEM-DGH-DNH, de fecha 5 de octubre de 2007 y el Informe Legal Nº 237-2007-MEM/OGJ, de fecha 5 de octubre de 2007, que sustentan la exoneracion del Ministerio de Energia y Minas del MORDAZA de Seleccion para la contratacion de un especialista para que apoye la Defensa del Estado Peruano ante las Medidas Cautelares interpuestas ante la Corte Interamericana de Derechos Humanas ­ CIDH, por la Asociacion Interetnica de Desarrollo de la MORDAZA Peruana ­ AIDESEP; CONSIDERANDO: Que, el 18 de MORDAZA de 2006 se publico la Ley N° 28736, Ley para la proteccion de pueblos indigenas u

originarios en situacion de aislamiento y en situacion de contacto inicial. Dicho dispositivo establece un regimen especial transectorial de proteccion de los derechos de los Pueblos Indigenas de la Amazonia Peruana que se encuentran en situacion de aislamiento o en situacion de contacto inicial, garantizando en particular sus derechos a la MORDAZA y a la salud salvaguardando su existencia e integridad. En ese sentido, se establece la intangibilidad de las Reservas Territoriales con la excepcion de encontrarse un recurso natural susceptible de aprovechamiento y cuya explotacion resulte de necesidad publica para el Estado; Que, la Asociacion Interetnica de Desarrollo de la MORDAZA Peruana ­ AIDESEP, ha interpuesto ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos ­ CIDH, tres solicitudes de Medidas Cautelares signadas con los N°s. 102-07, 129-07 y 262-05, cabe precisar que las dos primeras se encuentran vinculadas directamente con las actividades del Sector; Que, por medio del Oficio N° 1727-2007-JUS/CNDSE, la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, informa de la realizacion de la Audiencia sobre la "Situacion de los Pueblos Indigenas en Aislamiento Voluntario en el Peru", la que esta prevista para el dia viernes 12 de octubre de 2007, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America; Que, en la mencionada Audiencia, se discutira la conveniencia o no de las Medidas Cautelares anteriormente senaladas, para lo cual, la Direccion General de Hidrocarburos ­ DGH, a traves del documento del visto, ha considerado conveniente y necesario contar con un asesoramiento tecnico

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