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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (10/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de octubre de 2007 355126 Que de conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modi ficatoria el Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Ley N° 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, del Personal Militar FAP que realizará el entrenamiento en el Simulador de Vuelo del Helicóptero BELL 212 de la Compañia Flight Safety Internacional Inc., con sede en la ciudad de Dallas Forth Wortf-Texas: DEL 12 AL 18 DE NOVIEMBRE DE 2007 Mayor FAP CAMPOS FLORES Luis Fernando Capitán FAP OSORIO RAMIREZ Luis AlbertoCapitán FAP GRANDEZ RAMIREZ Marcial AlfonsoCapitán FAP RAMIREZ DIAZ Giancarlo DEL 26 DE NOVIEMBRE AL 2 DE DICIEMBRE DE 2007 Mayor FAP PEREZ LLANOS Jorge Juan Mayor FAP ASENJO GALLO Martín RamonCapitán FAP MAURICIO JARAMILLO Eriko Gustavo Capitán FAP AIMINI PORTAL Romulo Manuel Alessandro Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los págos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: US$ 1.500 x 8 Personas Viáticos US$ 220 x 7 días x 8 Personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 8 Personas Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El citado personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6° y 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modi ficatoria el Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5°.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 118002-11Declaran vacantes para Oficiales Generales, Oficiales Superiores de Armas y de Servicios y Oficiales Subalternos de Armas y Servicios del Ejército del Perú, para el ascenso de la Promoción 2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 803-2007-DE/EP Lima, 9 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 21148, Ley de Ascensos para el personal de O ficiales del Ejército, concordante con el Decreto Supremo N° 021-2006-DE/EP del 14 de setiembre del 2006, Reglamento del Decreto Ley N° 21148 – Ley de Ascensos para el Personal de Oficiales del Ejército, establecen las normas que rigen para la Declaratoria de Vacantes, para el Ascenso de Oficiales en cada grado; Que, el Decreto Supremo N° 020 DE/SG de fecha 5 de diciembre de 1988, establece que la Declaratoria de Vacantes, para el Ascenso al grado inmediato Superior del Personal Superior será otorgada mediante Resolución Ministerial; Estando a lo recomendado por el Director General de Personal del Ejército, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General del Ejército y a lo opinado por el Comandante General del Ejército; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar las siguientes vacantes para Oficiales Generales del Ejército del Perú, para el ascenso de la Promoción 2008: 1. GENERALES DE DIVISIÓN 04 2. GENERALES DE BRIGADA DE ARMAS 133. GENERALES DE BRIGADA DE SERVICIOS 02 - SANIDAD 01 - MATERIAL DE GUERRA 01 Artículo 2º.- Declarar las siguientes vacantes para Oficiales Superiores de Armas y de Servicios del Ejército del Perú, para el ascenso de la Promoción 2008: 1. PARA OFICIALES SUPERIORES DE ARMAS: Coronel de Infantería 28 Coronel de Artillería 15Coronel de Caballería 12Coronel de Ingeniería 13Coronel de Comunicaciones 08 Teniente Coronel de Infantería 74 Teniente Coronel de Artillería 34Teniente Coronel de Caballería 27Teniente Coronel de Ingeniería 34Teniente Coronel de Comunicaciones 20 Mayor de Infantería 67 Mayor de Artillería 16Mayor de Caballería 15Mayor de Ingeniería 21Mayor de Comunicaciones 15 2. PARA OFICIALES SUPERIORES DE SERVICIOS: Coronel de Material de Guerra 05 Coronel de Intendencia 05Coronel de Sanidad Médico 06Coronel de Sanidad Odontólogo 03Coronel de Sanidad Farmacia 01