Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2007 (10/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de octubre de 2007

especializado, que acompane y apoye a la delegacion peruana, cautelandose asi, de forma mas eficiente, los intereses del Estado Peruano; Que, en ese sentido y de acuerdo a lo solicitado por la Direccion General de Hidrocarburos, se ha considerado que el especialista a contratar, debe ser un experto en el tema de los Derechos Humanos y el Derecho Constitucional, asi como contar con una reconocida e intachable trayectoria en el ejercicio profesional, y de preferencia tener experiencia como Magistrado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos ­ CIDH y, ostentar el grado academico de Doctor; Que, sobre el particular, el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca su Reglamento; Que, en este sentido, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos; procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, en atencion a lo estipulado en el Informe Tecnico del visto, se tiene que el Doctor MORDAZA Eguiguren Praeli, reune las caracteristicas profesionales y la experiencia necesaria para que apoye en la defensa, en forma eficiente, de los intereses del Estado, dado que cuenta con una amplia experiencia como asesor juridico y consultor en temas de Derecho Constitucional y Derechos Humanos, habiendo prestado asesoria especializada a distintas entidades publicas, ademas de haber participado como Magistrado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos ­ CIDH. Asimismo, cuenta con amplia experiencia en la elaboracion y evaluacion de distintos proyectos de cooperacion internacional, siempre relacionados al MORDAZA de los Derechos Humanos y al Derecho Constitucional; Que, en ese sentido, por sus condiciones y caracteristicas personales, se sustenta razonable e indiscutiblemente, la contratacion del Doctor MORDAZA Eguiguren Praeli, como especialista para encargarse del apoyo en la defensa de los intereses del Estado Peruano, ante las medidas cautelares interpuestas en la CIDH, por AIDESEP; Que, en el ejercicio de las facultades de delegacion contenidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y sus modificatorias; resulta conveniente delegar, en la Oficina General de Administracion, la facultad de aprobar el expediente correspondiente al MORDAZA exonerado bajo la modalidad de servicios personalisimos a que se refiere la presente Resolucion; Que, de conformidad con el articulo 7° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; En virtud de lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; su

Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM y sus modificatorias; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora N° 001-MEM Central del Ministerio de Energia y Minas, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 029-2007-MEM/DM, y sus modificatorias, la contratacion de un especialista para que apoye en la defensa del Estado Peruano ante las medidas cautelares interpuestas, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos ­ CIDH., por la Asociacion Interetnica de Desarrollo de la MORDAZA Peruana ­ AIDESEP. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion de la Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de un especialista para que apoye en la defensa del Estado Peruano ante las Medidas Cautelares interpuestas ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos ­ CIDH", en la modalidad de servicios personalisimos, y asi, contratar en forma directa y mediante acciones inmediatas, al Doctor MORDAZA Eguiguren Praeli. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Administracion la aprobacion del expediente de exoneracion del mencionado MORDAZA de Seleccion bajo la modalidad de servicios personalisimos. Articulo 4º.- La contratacion a la que se refiere el articulo precedente sera realizada la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, por el monto de S/. 48 500.00 (Cuarenta y Ocho Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), monto que incluye todos los impuestos de ley, y demas gastos que se irroguen, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, por un plazo de hasta treinta (30) dias naturales. Articulo 5º.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes del Visto a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) dias habiles de su emision; adicionalmente, debera publicarla a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
118000-1

INTERIOR
Reasignan a Oficiales Generales PNP en diversos cargos
RESOLUCION SUPREMA N° 065-2007-IN/PNP

MORDAZA, 9 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del articulo 20° de la Ley N° 28857, Ley del Regimen de Personal de la Policia Nacional del Peru, establece que las asignaciones y reasignaciones en el cargo se producen por disposicion del Jefe Supremo de la Policia Nacional del Peru; Que, el numeral 19.7 del articulo 19° de la Ley N° 28857, en concordancia con el Articulo 8° de la misma MORDAZA, se determina que el cargo se asigna mediante Resolucion Suprema, para Oficiales Generales Policias y de Servicios;

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