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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (10/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de octubre de 2007 355138 d) Conducir y dirigir las acciones de asignación de recursos dentro de un marco democrático y de transparencia contando con la participación directa de los responsables de la ejecución de actividades, estudios y proyectos programados en los planes operativos y objetivos institucionales; e) Participar en la formulación del presupuesto institucional, así como ejecutar el presupuesto en el nivel de la administración central; f) Efectuar el control previo y concurrente de las operaciones administrativas financieras y de rendición de cuentas; g) Administrar adecuadamente el uso racional del potencial humano, promoviendo su rendimiento y desarrollo en concordancia con las normas del sistema de personal; h) Dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades relacionadas con los procesos de los sistemas administrativos de abastecimiento, contabilidad y tesorería; i) Supervisar y controlar las acciones que correspondan a un efectivo control patrimonial de los bienes de la institución; j) Celebrar contratos con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras dentro del ámbito de su competencia; k) Supervisar y controlar el uso adecuado de los recursos asignados a la unidad ejecutora de conformidad con las metas programadas; l) Resolver los recursos impugnativos que se interpongan en el ámbito de su competencia; m) Expedir resoluciones en asuntos de su competencia; y, n) Otras funciones que le encomiende la Secretaría General del INPE. Artículo 33º.- La O ficina General de Administración cuenta con las siguientes unidades orgánicas: 05.1.1 Unidad de Recursos Humanos 05.1.2 Unidad de Contabilidad y Tesorería 05.1.3 Unidad de Logística Artículo 34º.- La Unidad de Recursos Humanos es la encargada de la administración del potencial humano y de ejecutar los procesos técnicos del sistema de personal, así como las acciones y programas de bienestar social de acuerdo con las normas y procedimientos del sector público y los planes institucionales. Artículo 35º.- La Unidad de Contabilidad y Tesorería es la encargada de formular la contabilidad y los estados financieros en los niveles de la administración central y pliego, y ejecutar la programación de ingresos y gastos por toda fuente de financiamiento de conformidad con las normas legales. Artículo 36º.- La Unidad de Logística es la encargada de administrar los procesos técnicos y las acciones de abastecimiento de bienes y servicios, así como del registro y control de los bienes patrimoniales de la institución. OFICINA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN Artículo 37º.- La O ficina de Sistemas de Información es el órgano encargado de dirigir, integrar, coordinar y supervisar los sistemas informáticos y de telecomunicaciones del INPE. Proporciona el asesoramiento y el soporte técnico correspondiente. Depende de la Secretaría General del INPE. Artículo 38º.- Son funciones de la O ficina de Sistemas de Información: a) Formular y proponer las políticas, normas y procedimientos del Sistema Informático y de Telecomunicaciones de la institución; b) Coordinar con las unidades orgánicas los términos y alcances del apoyo requerido en sistemas automatizados y de telecomunicaciones, incluyendo los sistemas de análisis de riesgo, seguridad y contingencias a nivel institucional;c) Diseñar y administrar técnicamente la red de cómputo de la Sede Central, de las sedes regionales y de los establecimientos penitenciarios así como desarrollar la red nacional de comunicaciones de tal manera que se integren los sistemas informáticos de la institución; d) Desarrollar y administrar los sistemas de información del INPE, así como mantener actualizado la información del portal electrónico institucional y los servicios de extranet e intranet del INPE; e) Plani ficar y coordinar la asignación de recursos y servicios informáticos (software y hardware) y brindar el soporte y el mantenimiento preventivo y supervisión del mantenimiento correctivo que realizan las empresas especializadas para garantizar la operatividad de los equipos informáticos del INPE; f) Coordinar y supervisar el desarrollo de actividades informáticas de los órganos desconcentrados del INPE, en concordancia con las políticas, normas y procedimientos aprobados por la Alta Dirección del INPE; g) Velar por la adecuada asignación y ejecución de los recursos correspondientes a las metas operativas del área de su competencia; h) Desarrollar estudios e investigación sobre nuevas tecnologías de información y comunicaciones, susceptibles de ser aplicables al cumplimiento de los objetivos del INPE; y, i) Otras funciones que encomiende la Secretaría General del INPE. OFICINA DE INFRAESTRUCTURA PENITEN- CIARIA Artículo 39º.- La O ficina de Infraestructura Penitenciaria es el órgano encargado de realizar los estudios de preinversión e inversión de los proyectos de inversión pública de la infraestructura penitenciaria, así como ejecutar obras civiles para la construcción, refacción, remodelación y mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos penitenciarios; y realizar la supervisión de éstas de acuerdo a la normatividad de la materia. Tiene autonomía técnica, administrativa y financiera. Depende de la Secretaría General del INPE. Artículo 40º.- Son funciones de la O ficina de Infraestructura Penitenciaria: a) Proponer los lineamientos de política relacionados con la infraestructura penitenciaria y supervisar su cumplimiento; b) Formular y proponer las normas técnicas sobre infraestructura penitenciaria; c) Formular estudios de preinversión e inversión en materia de infraestructura penitenciaria; d) Coordinar, programar, formular y aprobar los expedientes técnicos para la ejecución de estudios y obras de infraestructura penitenciaria; e) Formular el programa de inversiones orientado a la construcción, ampliación y mejoramiento de la infraestructura penitenciaria; f) Programar y ejecutar las acciones de mantenimiento de la infraestructura penitenciaria; g) Velar por la adecuada asignación y ejecución de los recursos correspondientes a las metas operativas del área de su competencia; h) Ejecutar obras civiles para la construcción, refacción y remodelación de establecimientos penitenciarios y dependencias conexas; i) Supervisar la ejecución de estudios, obras y el equipamiento; j) Organizar y mantener actualizado el inventario de estudios, proyectos y obras de infraestructura penitenciaria; y, k) Otras que le asigne la Secretaría General del INPE. Artículo 41º.- La O ficina de Infraestructura Penitenciaria, cuenta con las siguientes unidades orgánicas: 06.3.1 Unidad de Estudios y Proyectos