Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2007 (10/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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06.3.2 Unidad de Obras y Equipamiento Articulo 42º.- La Unidad de Estudios y Proyectos es la encargada de coordinar, planificar, programar, desarrollar, supervisar y evaluar los estudios, disenos y proyectos de inversion en infraestructura penitenciaria. Articulo 43º.- La Unidad de Obras y Equipamiento es la encargada de programar, ejecutar, supervisar y evaluar las obras civiles en construccion, refaccion y remodelacion de establecimientos penitenciarios para el mantenimiento y conservacion de la infraestructura penitenciaria. CAPITULO VI ORGANOS DE LINEA DIRECCION DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO Articulo 44º.- La Direccion de Tratamiento Penitenciario es el organo encargado de conducir las actividades de tratamiento penitenciario en la institucion. Depende del Presidente del INPE. Articulo 45º.- Son funciones de la Direccion de Tratamiento Penitenciario: a) Formular y proponer las politicas, normas, planes, programas y proyectos de desarrollo para la ejecucion de las actividades de asistencia social, legal, psicologica, religiosa y de salud, asi como de trabajo y educacion en los establecimientos penitenciarios; b) Dirigir, supervisar y evaluar las actividades asistenciales de indole social, legal, psicologica y religiosa que coadyuven a la modificacion de la conducta del interno; c) Dirigir, supervisar y evaluar las actividades relacionadas a la educacion y programas educativos en los establecimientos penitenciarios; d) Dirigir, supervisar y evaluar el desarrollo del trabajo penitenciario, la produccion y comercializacion de los bienes y prestacion de servicios de los internos; e) Promover la creacion de pequenas y medianas empresas productivas en los establecimientos penitenciarios, con participacion del sector publico y privado; f) Promover la participacion de la sociedad y las instituciones publicas y privadas para el desarrollo de los programas educativos de los internos; g) Supervisar y evaluar la ejecucion de los beneficios penitenciarios; h) Dirigir y supervisar las acciones de prevencion y prestacion integral de salud en los establecimientos penitenciarios; i) Formular proyectos de salud para la prevencion, promocion, recuperacion y rehabilitacion de la salud del interno, en concordancia con el MORDAZA normativo nacional e internacional; j) Coordinar con el Ministerio de Salud la prevencion y control de brotes epidemiologicos y con el Sistema Nacional de Defensa Civil en las situaciones de emergencia en los establecimientos penitenciarios; k) Velar por la adecuada asignacion y ejecucion de los recursos correspondientes a las metas operativas del area de su competencia; l) Expedir resoluciones en asuntos de su competencia; y, m) Otras funciones que le encomiende el Presidente del INPE. Articulo 46º.- La Direccion de Tratamiento Penitenciario cuenta con las siguientes unidades organicas: 06.1.1 06.1.2 06.1.3 06.1.4 Subdireccion de Asistencia Penitenciaria Subdireccion de Educacion Penitenciaria Subdireccion de Trabajo y Comercializacion Subdireccion de Salud Penitenciaria

y evaluar la ejecucion de los programas de tratamiento del interno en los servicios de asistencia social, legal, psicologica y religiosa. Articulo 48º.- La Subdireccion de Educacion Penitenciaria se encarga de organizar, supervisar y evaluar las actividades educativas de los internos, asi como promover los programas educativos de capacitacion y aprendizaje en los establecimientos penitenciarios; Articulo 49º.- La Subdireccion de Trabajo y Comercializacion se encarga de organizar, supervisar y evaluar el desarrollo del trabajo penitenciario, la produccion y comercializacion de bienes y la prestacion de servicios de los internos en los establecimientos penitenciarios. Articulo 50º.- La Subdireccion de Salud Penitenciaria se encarga de articular y conducir las actividades y procesos del sistema de salud en la institucion, para el mejor funcionamiento en los servicios asistenciales de salud de los establecimientos penitenciarios, en concordancia con la politica del Sistema Nacional de Salud y el MORDAZA normativo internacional. DIRECCION DE REGISTRO PENITENCIARIO Articulo 51º.- La Direccion de Registro Penitenciario es el organo encargado de organizar y administrar las actividades y procesos del registro penitenciario de la institucion. Depende del Presidente del INPE. Articulo 52º.- Son funciones de la Direccion de Registro Penitenciario: a) Formular, proponer y ejecutar los lineamientos de politica relativos al registro penitenciario; b) Coordinar y supervisar el cumplimiento de los procesos de ingresos y egresos de los internos, sentenciados a penas limitativas de derechos y de los liberados; c) Formular y proponer las normas, planes, programas y proyectos de desarrollo en materia de registro penitenciario; d) Organizar, centralizar y administrar la informacion sobre situacion juridica de los internos a nivel nacional; e) Asegurar la conservacion y confidencialidad de la informacion contenida en el registro penitenciario; f) Organizar y actualizar la informacion del sistema integrado de informacion de registro penitenciario de la institucion; g) Velar por la adecuada asignacion y ejecucion de los recursos correspondientes a las metas operativas del area de su competencia; h) Atender los requerimientos de informacion de las autoridades judiciales, entidades publicas y del publico usuario; y, i) Otras funciones que le encomiende el Presidente del INPE. DIRECCION DE SEGURIDAD PENITENCIARIA Articulo 53º.- La Direccion de Seguridad Penitenciaria es el organo encargado de desarrollar las acciones de seguridad integral que garanticen la seguridad de las personas, instalaciones y comunicaciones de los establecimientos penitenciarios y dependencias conexas. Depende del Presidente del INPE. Articulo 54º.- Son funciones de la Direccion de Seguridad Penitenciaria: a) Proponer y ejecutar las politicas de seguridad integral y de inteligencia penitenciaria en el Sistema Penitenciario Nacional, asi como supervisar su cumplimiento; b) Asesorar a la Secretaria General del INPE, en las acciones de Defensa Nacional, brindando informacion y el apoyo en la ejecucion de las acciones relacionadas con el tema; c) Elaborar y proponer las normas y lineamientos para las acciones de seguridad e inteligencia, asi como coordinar y supervisar su cumplimiento en las unidades organicas de los organos desconcentrados,

Articulo 47º.- La Subdireccion de Asistencia Penitenciaria es la encargada de organizar, supervisar

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