Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2007 (16/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, martes 16 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- Normas complementarias El Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI, de ser el caso, dicta las normas complementarias para la mejor aplicacion del presente Decreto de Urgencia. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de octubre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 120792-1

EDUCACION
Establecen disposiciones para la aplicacion del descuento a que se refiere al Art. 2° del D.S. N° 020-2007-ED
DECRETO SUPREMO N° 025-2007-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 068-2007-PCM, publicado el 16 de agosto de 2007, MORDAZA por los Decretos Supremos N° 071-2007-PCM y N° 075-2007PCM se declaro por un plazo de (60) dias naturales el Estado de Emergencia en el departamento de Ica, las provincias de Canete y Yauyos del departamento de MORDAZA, asi como en las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia y departamento de Huancavelica afectados por el sismo ocurrido el dia 15 de agosto del presente ano, estableciendose en su

articulo 2° que, el Ministerio de Educacion, ejecute las acciones necesarias para la atencion de la emergencia; Que, en cumplimiento de esta disposicion mediante Decreto Supremo N° 020-2007-ED se exceptuo a las Unidades de Gestion Educativa Local de Canete y Yauyos de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias y a las Unidades de Gestion Educativa Local dependientes de las Direcciones Regionales de Educacion de Ica y Huancavelica de realizar el descuento por Planillas a que se refiere el articulo 23° del Decreto Supremo N° 0172007-ED, descuento que recien podria hacerse efectivo una vez culminado el plazo de la declaracion de Estado de Emergencia establecido por el Decreto Supremo N° 068-2007-PCM y sus normas ampliatorias, tal como lo senala el articulo 2° del citado dispositivo; Que, mediante Decreto Supremo N° 084-2007-PCM, se ha prorrogado por el termino de sesenta dias, contado a partir del 15 de octubre, el Estado de Emergencia dispuesto por el Decreto Supremo N° 068-2007-PCM y sus ampliatorias en las zonas senaladas en dichos dispositivos legales; Que, a fin de adecuar la oportunidad del descuento a que se refiere el articulo 2° del Decreto Supremo N° 020-2007-ED, se requiere emitir la MORDAZA legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliacion de Plazo Los descuentos por los dias no laborados a que se refiere el articulo 2° del Decreto Supremo N° 020-2007ED se efectuaran una vez culminada la prorroga del Estado de Emergencia aprobada por el Decreto Supremo N° 084-2007-PCM Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de octubre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 120792-2

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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