Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2007 (16/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 16 de octubre de 2007

MORDAZA de Licitacion al MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Edelnor S.A.A. (en adelante "EDELNOR"), de conformidad con el numeral 3 del Articulo 4° de la Ley, manifesto el dia 10 de MORDAZA de 2007, su intencion de efectuar una Licitacion publica al MORDAZA de lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la citada Ley. Como consecuencia de dicha manifestacion, la empresa Luz del Sur S.A.A (en adelante "LUZ DEL SUR") se incorporo a dicho proceso; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 2932007-OS/CD, publicada con fecha 17 de MORDAZA de 2007, se aprobaron las Bases para la Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Edelnor S.A.A. y Luz del Sur S.A.A. (en adelante "Licitantes"); y, posteriormente, con Resolucion OSINERGMIN Nº 376-2007-OS/CD, se aprobaron las Bases Integradas para la referida Licitacion; Que, debido a la solicitud de las Licitantes, se postergo el acto de adjudicacion de la buena pro del MORDAZA de Licitacion, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 086-2007-OS/PRES, aprobandose las modificaciones al cronograma del MORDAZA de Licitacion mediante la Resolucion OSINERGMIN N° 527-2007-OS/CD, publicada el 30 de agosto de 2007; Que, el dia 6 de setiembre de 2007, se efectuo el acto publico de MORDAZA de propuestas y adjudicacion de la buena pro. Como consta en el acta del acto publico, las ofertas presentadas no cubrieron la totalidad de la demanda licitada, por lo que el Comite de Adjudicacion declaro desierto el MORDAZA en forma parcial. Asimismo, considerando que se registro una oferta que supero el Precio MORDAZA de Adjudicacion, aprobado por OSINERGMIN, se procedio a su revelacion; Que, al respecto, en el numeral 11.1 de la MORDAZA Lineamientos, se establece que cuando se MORDAZA revelado el Precio MORDAZA de Adjudicacion, se convocara a una nueva Licitacion en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias. Asimismo, el citado numeral indica que las modificaciones que se requieran a las Bases seran propuestas por el Licitante para su aprobacion a OSINERGMIN, dentro de los diez (10) dias habiles de haberse declarado desierta la primera convocatoria. Esto ultimo debido a que el Regulador requiere del tiempo necesario para analizar y aprobar las nuevas Bases que regiran la MORDAZA convocatoria; Que, las Licitantes han cursado a OSINERGMIN los siguientes documentos, a efectos de considerar modificaciones a las Bases de Licitacion para la MORDAZA convocatoria: (i) carta LE-218/2007 de LUZ DEL SUR a EDELNOR; (ii) carta LE-219/2007 de LUZ DEL SUR a OSINERGMIN, recibida el 10 de setiembre; (iii) carta GRyGE-279-2007 de EDELNOR a LUZ DEL SUR; (iv) carta GRyGE-279-2007 de EDELNOR a OSINERGMIN, recibida el 11 de setiembre; (v) cartas LE-225/2007 y LE-226/2007 de LUZ DEL SUR a OSINERGMIN, recibidas el 12 de setiembre; (vi) carta GRyGE-281-2007 de EDELNOR a OSINERGMIN, recibida el 18 de setiembre; (vii) carta LE-237/2007 de LUZ DEL SUR a OSINERGMIN, recibida el 25 de setiembre y (viii) carta GRyGE-293-2007 de EDELNOR a OSINERGMIN, recibida el 26 de setiembre. Al respecto, OSINERGMIN emitio el Oficio N° 798-2007-GART, dirigido a EDELNOR; Que, finalmente, mediante carta GRyGE-318-2007, recibida el 3 de octubre ultimo, EDELNOR solicita a OSINERGMIN considerar en la propuesta de Bases para la MORDAZA convocatoria de la Licitacion lo siguiente: (i) los requerimientos de LUZ DEL SUR remitidos segun su carta LE-218/2007; y, (ii) tomando en cuenta que para la MORDAZA convocatoria, los requerimientos totales de potencia no son uniformes y presentan una disminucion significativa en el mes de octubre del ano 2009, se modifique por excepcion lo dispuesto en el numeral 3.20 de la MORDAZA Lineamientos, que establece que las cantidades de potencia ofrecida en el mes t+1 no podra ser ofrecida en el mes t, para todo t del periodo contractual; Que, cabe senalar, que el exceso en el plazo establecido por la Ley, para efectuar la MORDAZA convocatoria una vez aprobadas las Bases de la Licitacion mediante la presente resolucion, no debe afectar la continuidad del

MORDAZA, pues en virtud de los Principios de Eficacia1 e Informalismo2 que cimientan el regimen de los procedimientos administrativos, y a efectos de cumplir con uno de los objetivos de la Ley, que consiste en asegurar el abastecimiento de la demanda de los usuarios regulados de las empresa distribuidoras, mediante la suscripcion de contratos originados en licitaciones publicas de suministro; se ha considerado conveniente continuar con el MORDAZA de Licitacion de EDELNOR y LUZ DEL SUR, correspondiendo en la presente etapa, aprobar sus Bases para la MORDAZA Convocatoria; Que, en este sentido, se han emitido los Informes N° 0341-2007-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria y GL- 049-2007 de la Gerencia Legal de OSINERGMIN, en los que se analizan las modificaciones propuestas y el proyecto de Bases remitido por las Licitantes. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica" (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009 en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832). SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Bases para la MORDAZA Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Edelnor S.A.A. y Luz del Sur S.A.A., las mismas que como Anexo forman parte de la presente resolucion. Articulo 2°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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Articulo IV de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General: "1.10. MORDAZA de eficacia.- Los sujetos del procedimiento administrativo deben hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del acto procedimental, sobre aquellos formalismos cuya realizacion no incida en su validez, no determinen aspectos importantes en la decision final, no disminuyan las garantias del procedimiento, ni causen indefension a los administrados" Articulo IV de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General: "1.6. MORDAZA de informalismo.- Las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admision y decision final de las pretensiones de los administrados, de modo que sus derechos e intereses no MORDAZA afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento, siempre que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el interes publico"

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