Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2007 (16/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, martes 16 de octubre de 2007

Economicamente por el Concesionario, y el Interesado MORDAZA realizado el Sobrecargo DAP = [SCE / SNVEA] x 100% Donde: = Numero de las SFS de las SNVEA donde se verifica una desviacion en el calculo de Sobrecargos respecto a lo establecido por las normas. SNVEA = Total o muestra de las SFS declaradas No Viables Economicamente y con Sobrecargo del interesado. g) Documentos Obligatorios en los expedientes de Nuevos Suministros (IDO). Es el porcentaje de expedientes con documentos incompletos del total o de una muestra de los expedientes de las SFS que hayan sido declarados como No Viables por el Concesionario. IDO= [NEI / ENV] x 100% · Donde: NEI = Numero de expedientes del ENV donde se verifica la falta de documentos minimos. Se considera expedientes incompletos aquellos que no cumplan con los requisitos previstos por las normas. ENV = Total o muestra de expedientes de SFS declarados por el Concesionario como No Viables Tecnica y Economicamente. En caso la unidad de referencia sea igual a cero (0), el indicador que utilice dicha unidad no se calculara. Articulo 8º.- Resultados de la evaluacion. Si del calculo de los indicadores se comprueba la existencia de cualquier grado de incumplimiento de las obligaciones establecidas en los Procedimientos y Metodos de Calculo para la Determinacion de la Viabilidad Tecnica Economica de Nuevos Suministros de Gas Natural aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 263-2005-OS/CD; asi como, se advierta la existencia de incumplimientos a las obligaciones establecidas en el presente procedimiento, se aplicaran las multas establecidas en la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 0388-2007-OS/CD. TITULO TERCERO CONSIDERACIONES FINALES Articulo 9º.- Documentacion que debe contener los expedientes. En base a los documentos senalados en los numerales sucesivos se procedera a efectuar el calculo del indicador IDO; el Concesionario se encuentra obligado a que los expedientes contengan los siguientes documentos: 9.1. Solicitud de Factibilidad de Suministro (SFS). Este documento, que debe ser parte del expediente, debe contener como minimo: · · · · · · · Nombre o Razon Social del interesado. Direccion o ubicacion geografica del punto de suministro a atender. Presion requerida por punto de Suministro. Identificacion de cargas a conectar. Consumo estimado mensual (Gas Natural expresado en m³). Fecha solicitada de entrada en servicio. MORDAZA del documento que acredite la calidad de propietario o de representante, conforme lo establecido en el numeral 6.1 del articulo 6 de SCE

los Procedimientos y Metodos de Calculo para la Determinacion de la Viabilidad Tecnica-Economica de Nuevos suministros de Gas Natural aprobado mediante Resolucion Nº 263-2005-OS/CD y demas normas que la modifiquen o sustituyan. 9.2. Evaluacion de la Viabilidad Tecnica-Economica de Solicitudes de Factibilidad de Suministro. El Concesionario debera incluir en el expediente, como minimo, la siguiente informacion: a) Cuando el proyecto es declarado como No Viable Tecnicamente, el expediente debe contener el informe sustentatorio que indique los motivos por los cuales el proyecto ha sido declarado No Viable Tecnicamente, adjuntando para ello los medios probatorios que demuestren la No Viabilidad Tecnica; asi como la modelacion del proyecto incluido en la SFS, considerando el perfil de carga o demandas involucradas y otros datos tecnicos. b) Cuando el proyecto es declarado como No Viable Economicamente, el expediente debe contener lo siguiente: Relacion de usuarios a conectar, con volumenes de demanda MORDAZA mensual, diaria y horaria en m³ por cada uno de los usuarios, asi como su consumo historico mensual de combustible alterno en los ultimos 12 meses por cada usuario para el caso que aplique. Detalle de los metrados y costos conforme lo establecido en el Anexo 2, adjunto al presente procedimiento. El calculo de la anualidad incluida en la evaluacion y los parametros de calculo de la misma. El Flujo de MORDAZA, incluyendo como minimo los costos de comercializacion, de operacion y mantenimiento, asi como los ingresos desagregados en componentes fijos y variables de las tarifas, en los casos que corresponda.

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9.3. Respuesta dirigida al interesado. El documento de respuesta al interesado debe obrar en el expediente, y debe contener como minimo: · · · · · · · · Respuesta al interesado si el proyecto es Viable o No Viable. De ser Viable, el Concesionario debera indicar la fecha de atencion de suministro. De ser No Viable, el Concesionario debera indicar los criterios de la negativa y sustentos respectivos. Especificaciones tecnicas. Metrados. Costos Unitarios. Presupuesto de expansion. Criterios de seleccion de puntos de alimentacion. TITULO MORDAZA DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- En tanto OSINERGMIN implemente un Sistema Informatico para transferencia de informacion, el Concesionario debera entregar el Registro por medio de discos compactos no regrabables (CD); los cuales deberan estar etiquetados con la siguiente informacion: a. Nombre del Concesionario. b. Periodo mensual del ano reportado. c. Contenido. Segunda.- El primer registro de las SFS que debe entregar el Concesionario, sera actualizado al ultimo dia calendario del mes de publicacion del presente procedimiento, y entregado a OSINERGMIN el decimo dia calendario posterior a la fecha de actualizacion. Tercera.- Autorizar a la Gerencia General de OSINERGMIN a dictar las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion del presente procedimiento.

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