Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2007 (18/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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ACUERDO DE CONCEJO Nº 097-2007-MPI Mollendo, 11 de octubre de 2007 El Concejo Provincial de Islay, en Sesion Extraordinaria de fecha 11 de octubre del ano 2007; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 21/02/2007 se suscribio el Contrato Nº 008-2007-MPI y con fecha 14/09/2007 el Contrato Nº 063-2007-MPI, ambos con la empresa Servicentro y Grifos Titos SRL, con vigencia hasta el 31/10/2007, siendo el objeto de los mismos, el suministro de combustible a las unidades de la Municipalidad. Que, con fecha 02/10/2007 se efectua una constatacion notarial en la empresa Servicentro y Grifos Titos SRL, en la cual se pudo verificar que la referida empresa ha procedido a suspender el suministro de combustible a las unidades de la Municipalidad. Que, mediante Carta Notarial de fecha 03/10/2007 la Municipalidad requiere a la empresa Servicentro y Grifos Titos SRL el cumplimiento de los contratos Nºs. 008-2007-MPI y 063-2007-MPI, los mismos que se encuentran vigentes. Que, con fecha 05/10/2007 se procede a efectuar una nueva verificacion, constatandose que la empresa Servicentro y Grifos Titos SRL, no esta cumpliendo con suministrar de combustible a las unidades de la Municipalidad. Que, mediante Informe Nº 061-2007-MPI/A-GM-GSC de fecha 05/10/2007 la Gerencia de Servicios Comunales pone en conocimiento que el proveedor Servicentro y Grifos Titos SRL ha suspendido el abastecimiento de combustible a las unidades de la Municipalidad. Que, mediante Informe Nº 090-2007-MPI/A-GM-GASGL de fecha 05/10/2007 la Sub Gerencia de Logistica de la Municipalidad Provincial de Islay, solicita se declare el desabastecimiento inminente de combustible. Que, con fechas 02/10/2007 y 05/10/2007 se efectuan constataciones notariales en la empresa Servicentro y Grifos Titos SRL, en los cuales se pudo verificar que la referida empresa ha procedido a suspender el suministro de combustible a las unidades de la Municipalidad; lo que trae como consecuencia no poder seguir brindando los servicios basicos de recoleccion de basura, mantenimiento de parques y jardines, servicio de Serenazgo y servicio de movilidad de las oficinas. Que, el inciso c) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que "Estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: c) En situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley"; lo que resulta aplicable en el presente caso. Que, el Articulo 21º de la MORDAZA MORDAZA citada establece que "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda."; siendo la referida MORDAZA aplicable al presente caso por cuanto la Municipalidad se encuentra desabastecida de combustible ante el incumplimiento de las obligaciones por parte del proveedor la empresa Servicentro y Grifos Titos SRL, y al ser esta una situacion imprevisible, compromete en forma directa e inminente la imposibilidad de seguir prestando los servicios basicos de recoleccion de basura, mantenimiento de parques y jardines, servicio de Serenazgo y servicio de movilidad de las oficinas, pese a encontrarse vigente el contrato. Que, en tal sentido tratandose de una exoneracion, esta debe aprobarse en el caso de los Gobiernos Locales mediante Acuerdo de Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto por el inc. c) del Articulo 20º de la TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM. Por estas consideraciones, en ejercicio de las atribuciones que confiere la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con el MORDAZA en mayoria del Concejo Municipal en la Sesion

Extraordinaria de fecha 11 de octubre de 2007, con el MORDAZA en contra de los senores regidores MORDAZA Azana MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el MORDAZA en abstencion del senor regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Manrique. SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion de MORDAZA de seleccion por desabastecimiento inminente para la adquisicion de suministro de combustible destinadas a las unidades de la Municipalidad Provincial de Islay. Articulo Segundo.- El valor referencial del objeto de la exoneracion es de S/. 16 317.94 y su Fuente de Financiamiento es Fuente 2, Rubro 9. Articulo Tercero.- El plazo de exoneracion es del 11 de octubre hasta el 11 de noviembre del presente ano 2007. Articulo Cuarto.- El organo encargado de efectuar la contratacion exonerada sera la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto. Articulo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 120293-2

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAIJAN
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de asfalto destinado a proyecto de inversion
ACUERDO DE CONCEJO Nº 148-2007-MDP Paijan, 3 de octubre del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAIJAN VISTO: Que, en sesion extraordinaria de concejo de fecha 02OCT2007, el Informe Nº 931-2007-DPDUI-MDP de fecha 24SET2007 presentado por el Jefe de la Division de Proyectos, Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez; Informe Nº 0212007-ADCV-RO-MDP, de fecha 1.OCT.2007 presentado por el Ingeniero Residente de Obra MORDAZA MORDAZA Vasquez; Informe Nº 995-2007-DPDUI-MDP de fecha 02OCT2007 presentado por el Jefe de la Division de Proyectos, Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez; Informe Nº 131-2007-ABASTMDP presentado con fecha 2.OCT.2007 por la encargada de la Unidad de Abastecimientos Lic. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Informe Legal Nº 092-2007/ALI-MDP presentado com fecha 2.OCT.2007 por el Asesor Legal Interno Abog. MORDAZA MORDAZA Pichen e Informe Nº 100-2007GM-MDP, de fecha 2.OCT.2007 presentado por el Gerente Municipal MORDAZA Wilian Gratelly Silva; todas ellas poniendo en consideracion del Concejo, la solicitud de Exoneracion de MORDAZA de Seleccion para la adquisicion del Insumo Asfalto RC-250, para la obra: "Mejoramiento de las calles Mocan y Zarumilla - II Etapa - Paijan"; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso a del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre entidades del Sector

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