Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2007 (18/10/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 78

355628

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2007

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Prohiben expendio de productos hidrobiologicos y productos perecibles en zonas del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000044 Callao, 27 de setiembre de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 27 de setiembre de 2007; aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, las municipalidades como organo de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru; Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 en el Articulo 9 inciso 8 establece que es atribucion del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y en el articulo 73 inciso 2 numeral 2.6 senala que las municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones especificas en el abastecimiento y comercializacion de productos y servicios; asimismo, el articulo 83 senala que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades provinciales, en el numeral 1.1, regular las normas respecto del acopio, distribucion, almacenamiento, y comercializacion de alimentos y bebidas en concordancia con las normas nacionales sobre la materia y en el numeral 1.2 establece las normas respecto al comercio ambulatorio; siendo que el articulo 80 dispone en el inciso 3 numeral 3.2 que es facultad y competencia de la municipalidad la de regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales; Que, constituye parte de las funciones de esta Corporacion Edilicia, garantizar a la colectividad condiciones de seguridad, salud y tranquilidad publica dentro de la jurisdiccion territorial de la Provincia Constitucional del Callao, asi como el ejercicio libre de los derechos sustantivos de todos los ciudadanos con sujecion a la Constitucion Politica del Estado, a la ley y demas normas municipales; Que la Municipalidad Provincial del Callao, viene ejecutando obra civiles y de ornamentacion con el proposito del mejoramiento progresivo del ornato de la Provincia sobre todo en el Centro de la MORDAZA, el mismo que forma parte del Proyecto "Boulevard del MORDAZA Central del Callao", debiendo adecuarse al entorno MORDAZA, los conductores de establecimientos de la zona. Que, mediante Memorando N° 848-2007-MPCGGDELC de la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion remite el proyecto de Ordenanza Municipal que prohibe la venta de productos hidrobiologicos y perecibles en la MORDAZA ubicada en el Jr. Cochrane cuadras 1 y 2, Jr. Saloom cuadras 1 y 2 y Jr. MORDAZA cuadra 6, Callao remite el Informe Nº 061-2007-MPC/GGDELC-GLA de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, informa sobre el conocimiento de la ejecucion de obras civiles y de ornamentacion que viene desarrollando la Municipalidad Provincial del Callao para el presente ano, con el proposito del mejoramiento progresivo del ornato en la Provincia Constitucional del Callao, por lo cual solicita la prohibicion de venta de productos hidrobiologicos y perecibles en general, no generandose nuevas autorizaciones para giros similares

considerando la gran inversion efectuada en la construccion del Proyecto Boulevard del MORDAZA Central, lo cual conlleva a un mejor estilo de MORDAZA acorde a la modernizacion planificada por la gestion actual, debiendose emitir el correspondiente dispositivo municipal que perfeccione tal prohibicion, asi como la revocacion de las autorizaciones existentes relacionadas a dichos giros; Que, mediante Memorando N° 959-2007-GGAJC-MPC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion remite en calidad de pronunciamiento el Informe N° 9282007-MPC-GGAJC-SGAA, de la Sub Gerencia de Asuntos Administrativos en el cual se emite opinion en el sentido que es procedente la aprobacion, por parte del Concejo Municipal, del proyecto de Ordenanza que prohibe la venta de productos hidrobiologicos y productos perecibles en la MORDAZA ubicadas en el Jr. Cochrane cuadras 1 y 2, Jr. Saloom cuadras 1 y 2 y Jr MORDAZA cuadra 6 Callao; Que, en la Comision de Servicios Comunales se analizo, debatio y se aprobo por unanimidad solicitar al Concejo Provincial del Callao la aprobacion del proyecto de Ordenanza que prohibe la venta de productos hidrobiologicos y productos perecibles en la MORDAZA ubicadas en el Jr. Cochrane cuadras 1 y 2, Jr. Saloom cuadras 1 y 2 y Jr MORDAZA cuadra 6, Callao y en la Sesion de Concejo de la fecha, el senor MORDAZA explico que los comerciantes formales e informales que se dedican a la actividad que es materia de la prohibicion de la Ordenanza Municipal a aprobarse, serian reubicados en un local especialmente acondicionado en Jr. MORDAZA 557, al mismo que se exceptuaria y producto del debate, se propuso que se incluyan las cuadras 5 y 7 del MORDAZA MORDAZA, lo cual fue aceptado por la Presidenta de la Comision y asi votado; Que, existiendo en la actualidad varios establecimientos ubicados en el Jr. Cochrane cuadras 1 y 2, Jr. Saloom cuadras 1 y 2, y Jr. MORDAZA cuadras 5, 6 y 7 ­ Callao, cuyo desarrollo de actividades son la venta de productos hidrobiologicos y perecibles, los mismos que no estan acondicionados para tal fin, ocasionando que se arrojen visceras, aguas servidas o negras, generando malos olores y la proliferacion de insectos y roedores, no cumpliendo con las condiciones de higiene y seguridad, habiendo observado que a pesar del transcurso de los anos no existe mejoramiento alguno; existiendo tambien comerciantes que realizan estas actividades en plena via publica; situacion que afecta el ornato del entorno de dichas zonas en detrimento del vecindario; toda vez que la venta de productos de esa naturaleza no armonizan con el mejoramiento y embellecimiento que la municipalidad viene llevando a cabo para mejorar el impulso turistico de la MORDAZA, para beneficio y desarrollo integral de los vecinos chalacos, lo cual conlleva a un mejor estilo de MORDAZA acorde a la modernizacion planificada por la actual gestion municipal; Que teniendo como antecedentes la situacion asi descrita, existen circunstancias que legitiman la restriccion de derechos en primacia del interes general del vecindario sobre el particular e individual de los comerciantes, tanto formales como informales. Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE PROHIBE EL EXPENDIO DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS Y PRODUCTOS PERECIBLES EN LA MORDAZA UBICADA EN EL JR. COCHRANE CUADRAS 1 Y 2, JR. SALOON CUADRAS 1 Y 2, Y JR. MORDAZA CUADRA 5, 6 y 7 DEL CALLAO Articulo 1º.- Prohibase el expendio de productos hidrobiologicos y productos perecibles en establecimientos y/o via publica (comercio ambulatorio) en la MORDAZA comprendida en el Jr. Cochrane cuadras 1 y 2, Jr. Saloom cuadras 1 y 2, y Jr. MORDAZA cuadras 5, 6 y 7 - Callao, a excepcion de los puestos ubicados en el interior del MORDAZA Central del Callao y el local ubicado en MORDAZA MORDAZA 557, Callao en el que la Municipalidad Provincial del Callao reubicara a los comerciantes que realizaban las actividades materia de la prohibicion de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Prohibase todo MORDAZA de comercio ambulatorio en las zonas comprendidas en el Jr. Cochrane cuadras 1 y 2, Jr. Saloom cuadras 1 y 2, y Jr. MORDAZA cuadras 5, 6 y 7 ­ Callao; declarandose MORDAZA Rigida para el comercio ambulatorio en general toda la extension de las cuadras indicadas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.