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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (18/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 84

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de octubre de 2007 355634 Nº DE ORDEN DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE PAGO CON RELACION A LA U.I.T. CALIFICACION DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO ADMINISTRATIVO AUTO - MATICO EVALUACION HASTA 30 DIAS Silencio Positivo Silencio Negativo 23 Procedimiento Administrativo de Tracto Sucesivo de un 1. Presentación del form ato de solicitud vigente, el mismo 6.970% 30 días Gerencia de Gerente Gen eral - Reconsideración: Lote Individual en Posesiones Informales, Centros Urbanos que deberá ser pr esentado por el interesado, y que debe Pago en efectivo Recepción de Asentamientos Gerente General de Informales y Urbanizaciones Populares. contar con el correspondiente docum ento que acredita Documental Humanos Asentamientos Humanos su derecho de propiedad. y Archivo General 2. Documentos que acrediten la cadena ininterrumpida de - Ley N° 28687 transferencias del propietario registrado al propietario - Apelación: Publicada el 17-03-06 actual, los mismos que deberán contener defi ciencias e Alcalde imperfecciones formales en la continuidad de las - D.S. N° 006-2006-VIVIENDA transmisiones de dominio que preceden el derecho - El término para la Publicada el 17-03-06 de propiedad del interesado; o en los instrumentos interposición de los que acreditan el derecho de propiedad. recursos administrativos - Ordenanza Municipal Nº 000004-2007 es de quince (15) días Publicada el 31-01-2007 3. Ficha registral del predio (s) materia de prescripción perentorios y deberán adquisitiva (antigüedad no menor a 30 días) o Certifi cado resolverse en el plazo emitido por SUNARP que acredite que el inmueble de (30) días. no se encuentra inscrito. Nota: Cuando los títulos de transferencia que anteceden al del solicitante han sido otorgados por uno de los cónyuges sin las formalidades previstas en el artículo 156 del Código Civil, se tramitará conforme a las disposiciones para la prescripción adquisitiva de dominio, en caso corresponda. Son de aplicación las disposiciones que rigen el procedimiento administrativo de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio en Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares en todo aquello que resulte pertinente. Los costos de Notifi cación, Publicación y Carta Notarial son cubiertos por el (la) recurrente, así como los derechos registrales para la inscripción de la Anotación Preventiva y la Resolución Final. 120275-1