Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2007 (18/10/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES
VISTO:

355627

violenta por parte de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, en las areas cuya jurisdiccion es ejercida por la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA desde su creacion distrital mediante Ley Nº 23605, especificamente en la playa MORDAZA, constituyendose dicha intromision como un acto condenable desde todo punto de vista puesto que se han realizado destrozos de las senalizaciones, carteles y demas signos alli establecidas que demuestran la posesion MORDAZA, pacifica y legal de parte de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA en el lugar, asi como se ha impedido el acceso de dicha MORDAZA a los funcionarios y autoridades municipales de esta Comuna, al haber colocado inescrupulosamente vehiculos de serenazgo, en la entrada impidiendo el acceso normal y la recuperacion del sector; Que, la Entidad ejerce jurisdiccion desde hace muchos anos atras en la MORDAZA de la playa MORDAZA, lo cual se encuentra corroborado por actos administrativos y normas legales emitidas no solo por la Municipalidad Distrital, como son: Ordenanzas Nºs 076, 094, 124, 142-MVES, que establecen la tasa por estacionamiento vehicular en las Playas de MORDAZA y Barlovento sino ademas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves de los Acuerdos de Concejo de ratificacion de las Ordenanzas citadas como son las Nºs 191-2004/MML, 033-2005/MML, 027-2006/MML, y 461-2006/ MML. Asimismo sustentan la jurisdiccion ejercida por la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA en dicha MORDAZA, las Copias Literales emitidas por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao que consignan que los lotes ubicados en la MORDAZA de la playa MORDAZA pertenecen al distrito de MORDAZA El MORDAZA, los cuales se encuentran inscritos en la Base de Datos de los Contribuyentes de esta Entidad; Que, las Ordenanzas Nº 086 y 101-2006-MDCH de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 31.12.05 y 06.01.07 respectivamente, regula la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en Playas del Distrito, consignando como estas a las Playas La Herradura; La Caplina; Los Cocoteros; El Faro; Las Sombrillas y Agua MORDAZA I y II. Dichas ordenanzas acreditan en forma categorica y sin lugar a dudas, la inexistencia de derecho o jurisdiccion alguna de parte de la Municipalidad Distrital de Chorrillos en la Playa MORDAZA, corroborando tacitamente a traves de sus propias normas municipales que esta corresponde unica y exclusivamente al Distrito de MORDAZA El Salvador; Que, estos hechos constituyen una serie de delitos como son los de: Danos, Usurpacion, entre otros los cuales deberan ser denunciados ante el Ministerio Publico por la Procuraduria Publica Municipal, a efectos de sancionar a los responsables de dichos actos; Estando a lo informado y en uso de las atribuciones conferidas por los Art. 39º, asi como el Art. 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide el siguiente; ACUERDO: Articulo 1º.- Rechazar tajantemente las acciones de intromision, en la Playa MORDAZA de la jurisdiccion de MORDAZA El MORDAZA, por parte de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, autorizandose a la Procuraduria Publica Municipal el inicio de las acciones legales pertinentes en defensa de los derechos y atribuciones de nuestro distrito. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal, en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, con el apoyo de los demas organos y gerencias de esta Municipalidad, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 120534-1

El Informe Nº 113-2007-AGMD01/MVES de fecha 11.10.07 de la Agencia Municipal de Desarrollo Nº 01. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica de Estado, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional No. 27680, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, la autonomia MORDAZA senalada es reafirmada por el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; en tanto, que el articulo IV del mencionado Titulo Preliminar establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Por otro lado, el numeral 3.2) del inciso 3) del articulo 80º de la Ley indicada senala que es funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales, regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales. Que, mediante la Ordenanza Nº 124-MVES, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03.02.2006 se establecio la Tasa por Estacionamiento Vehicular en las Zonas de Parqueo reservadas especialmente para tal efecto, ubicadas en las playas: MORDAZA y Barlovento de la jurisdiccion de MORDAZA El MORDAZA para el periodo 2006, la misma que fue debidamente ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante el Acuerdo de Concejo Nº 027 de fecha 26.01.06. Que, estando proxima la temporada de MORDAZA y a fin de brindarle de mayor comodidad y facilidades durante su estadia en la Playa MORDAZA y Barlovento, a los veraneantes, se ha iniciado un programa de actividades orientados al mantenimiento y acondicionamiento de la MORDAZA de Playas que se encuentran en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA El MORDAZA, lo cual conllevara a la realizacion de acciones y trabajos en las vias publicas de acceso a las playas indicadas con maquinaria pesada, herramientas y demas, con el unico objeto de mejorar las condiciones y el ornato del lugar. Que, estando a lo informado, contando con la opinion favorable del Gerente Municipal emitida a traves de su Memorando Nº 356-07-GM/MVES del 12.10.2007, de conformidad a los incisos 6) del articulo 20º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. SE DECRETA: Articulo Primero.- Disponer el MEJORAMIENTO DEL ACCESO VEHICULAR Y PEATONAL Y MORDAZA DE PARQUEO de las Playas MORDAZA y Barlovento, ubicadas en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA El Salvador. Articulo Segundo.- RESTRINGIR temporalmente por un periodo de 30 dias a partir de la publicacion del presente, el ingreso de vehiculos no autorizados a la MORDAZA de las playas MORDAZA y Barlovento, a excepcion de los vehiculos de los propietarios de los predios ubicados en dicho lugar, a fin de lograr la finalidad indicada, en el articulo primero del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- Disponer la publicidad de la presente disposicion en la MORDAZA de Playas MORDAZA y Barlovento a traves de la utilizacion de avisos, paneles y otros. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente, a la Gerencia Municipal, en coordinacion con las Gerencias de Administracion, de Desarrollo MORDAZA, Servicios a la MORDAZA, Programa Especial de Seguridad Ciudadana, Subgerencia de la Agencia Municipal de Desarrollo Nº 1 y la Unidad de Comunicaciones de esta Municipalidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 120536-1

Disponen el mejoramiento del acceso vehicular y peatonal y MORDAZA de parqueo de las playas MORDAZA y Barlovento
DECRETO DE ALCALDIA Nº 033-2007/ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 12 de octubre del 2007.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.