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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (07/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de setiembre de 2007 352750 VISTO: el Oficio Nº 2077-2007-OL/MINSA de la Dirección Ejecutiva de Logística, el Informe Técnico Nº 011-2007-OGA-BLC, que sustenta la exoneración de la realización de procesos de selección por causal de situación de emergencia, la adquisición y contratación de diversos bienes y servicios destinados a atender la emergencia originada por el Sismo del pasado 15 de Agosto ocurrido en nuestro país; las cuales se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado del Año 2007, así como el Informe Legal Nº 1893-2007-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el 15 de agosto de 2007, se registraron sismos de gran magnitud en el territorio nacional, afectando de manera considerable la zona centro y sur del país, por lo que mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, se declaró en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima, por el plazo de sesenta (60) días naturales; Que, con Resolución Ministerial Nº 665-2007/MINSA del 16 de agosto de 2007, se declaró la Alerta Roja en los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional a partir de la fecha por el plazo de sesenta (60) días naturales. Asimismo, se dispuso que cada Dirección Regional de Salud de conformidad a la Directiva de Declaración de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres, incremente la Alerta Roja al nivel que corresponda a la situación dentro de su jurisdicción; Que, por Circular Nº 152-2007-OGA-MINSA del 17 de agosto de 2007, el Director General de Administración informó que conforme a los hechos acontecidos en el país, se ha con fi gurado la causal de situación de emergencia, por lo que las Entidades Públicas en general, quedan exoneradas de la tramitación del expediente administrativo para las contrataciones y/o adquisiciones destinadas a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas por el desastre. En ese sentido, facultó a los hospitales e institutos bajo el ámbito del Ministerio de Salud para que bajo su responsabilidad, adquieran los bienes y servicios que sean estrictamente necesarios para la atención de la emergencia e informar inmediatamente para que el Ministerio de Salud proceda a emitir la Resolución Ministerial correspondiente dentro de los diez (10) días posteriores al evento que la produjo; Que, mediante Circular Nº 156-2007-OGA-MINSA del 24 de agosto de 2007, el Director General de Administración solicitó la remisión de la documentación de las contrataciones y/o adquisiciones que se hayan realizado con ocasión de la situación de emergencia originada por el sismo del pasado 15 de agosto; Que, con O fi cio Nº 2077-2007-OL/MINSA del 28 de agosto de 2007, el Director Ejecutivo de la O fi cina de Logística informó de las adquisiciones y/o contrataciones realizadas y solicitó su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2007”, de la Unidad Ejecutora 001 Administración Central del Pliego 011 – Ministerio de Salud para el Ejercicio Fiscal 2007; Que, mediante Resolución Directoral Nº 639-2007- OGA-MINSA del 28 de agosto de 2007, se incluyó en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2007”, de la Unidad Ejecutora 001 Administración Central del Pliego 011 – Ministerio de Salud para el Ejercicio Fiscal 2007, las adquisiciones y contrataciones efectuadas para la atención de la emergencia anteriormente citada; Que, con Memorandum Nº 1683-2007-OGA/MINSA del 28 de agosto de 2007, el Director General de la O fi cina General de Administración remitió el Informe Técnico Nº 011-2007-OGA-BLC así como el listado de bienes y servicios materia de adjudicación o contratación por el monto de 1 562 829.98 (Un Millón Quinientos Sesenta y Dos Mil Ochocientos Veintinueve y 98/100 Nuevos Soles) que sustentan la exoneración de la realización de procesos de selección por causal de situación de emergencia; Que, la O fi cina General de Administración ha solicitado la exoneración por causal de situación de emergencia de las contrataciones y adquisiciones efectuadas para la atención de las zonas afectadas por el desastre nacional ocurrido el 15 de agosto pasado, en aplicación del literal c) del artículo 19º del TUO de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada con D.S. Nº 083-2004-PCM; Que, la fi gura de situación de emergencia se encuentra de fi nida en el Artículo 22º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 083-2004-PCM, en adelante, la Ley, concordante con el Artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada con D.S. Nº 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, como aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastró fi cos y de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional; Que, la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, después de lo cual deberá convocar los procesos de selección que correspondan. Cuando no corresponda realizar un proceso de selección posterior, en el informe técnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisición o contratación defi nitiva; Que, en la situación de emergencia queda acreditada de por sí la necesidad actual y urgente de los bienes o servicios para atender los requerimientos inmediatos y no por períodos consecutivos o que excedan el lapso de tiempo requerido para paliar la situación. Asimismo, dicha fi gura constituye causal de exoneración de procesos de selección (literal c del Artículo 19º de la Ley), pero en este caso puntual, la Entidad queda exonerada de la tramitación de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, de la información que obra en autos se desprende que los acontecimientos catastró fi cos ocurridos el 15 de agosto de 2007 constituyen una situación de emergencia, la cual además se encuentra establecida como causal de exoneración en el literal c) del artículo 19º de la Ley, hecho que motivó la emisión de documentos facultativos para la contratación directa de bienes y servicios orientados a la atención de las zonas afectadas; Que, se observa que la situación informada por el Director General de la O fi cina General de Administración, encaja en el supuesto contemplado en las normas de contrataciones y adquisiciones, habiendo quedado acreditado que la necesidad del servicio es actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos de sus dependientes con la fi nalidad de hacer frente a la situación crítica que atraviesan las zonas afectadas; Que, el artículo 142º del Reglamento concede la facultad de regularizar dentro de los diez (10) días siguientes a la fi nalización del evento que la produjo a las adquisiciones o contrataciones que se realicen mediante acciones inmediatas, e incluirlas con sus respectivos procesos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución o Acuerdo correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de la ejecución de las prestaciones, conforme a lo señalado en el artículo 20º de la Ley en concordancia con el artículo 142º del Reglamento; Que, el Director Ejecutivo de la O fi cina de Logística informó de las adquisiciones y/o contrataciones realizadas para su inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2007”, de la Unidad Ejecutora 001 Administración Central del Pliego 011 – Ministerio de Salud para el Ejercicio Fiscal 2007, mediante Resolución Directoral Nº 639-2007-OGA-MINSA del 28 de agosto de 2007, lo que acredita el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el artículo 22º de la Ley y el artículo 142º del Reglamento; Que, con Memorandum Nº 1683-2007-OGA/MINSA del 28 de agosto de 2006, el Director General de la Ofi cina General de Administración remitió el informe técnico correspondiente, así como el listado de bienes y servicios materia de adjudicación o contratación por el monto de S/. 1 562 829.98 (Un Millón Quinientos Sesenta y Dos Mil Ochocientos Veintinueve y 98/100 Nuevos Soles), documentos que sustentan la exoneración de la realización de procesos de selección por causal de situación de emergencia, documentos necesarios para emitir la Resolución Ministerial correspondiente a efectos de formalizar el trámite de regularización conforme a lo establecido en el mencionado artículo; Que, mediante Informe Legal Nº 1893-2007-OGAJ/ MINSA, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emitió opinión legal favorable acerca de la procedencia de