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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (12/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de setiembre de 2007 353117 Novecientos Veintidós Mil Trescientos Veintisiete y 17/100 Nuevos Soles), a los organismos ejecutores del sector público, señalados en los anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y proceda a dar cuenta al Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 107146-4 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan permiso de operación de aviación comercial a Aeromaster del Perú S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 173-2007-MTC/12 Lima, 27 de agosto del 2007 Vista la solicitud de la compañía AEROMASTER DEL PERU S.A., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo: Carga Externa. CONSIDERANDO: Que, con Documento de Registro N° 2006-023194 del 6 de septiembre del 2006, precisado mediante documento registro Nº 029946 del 10 de abril del 2007, la Compañía AEROMASTER DEL PERU S.A., solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial –Trabajo Aéreo: Carga Externa; Que, según los términos de lo opinado en la Memo- randa Nº 1004-2006-MTC/12.AL, Nº 1406-2007-MTC/12.AL, Nº 368-2007-MTC/12.AL, Nº 421-2007-MTC/12.AL, Nº 815-2007-MTC/12, Nº 841-2007-MTC/12; Informe N° 118-2006-MTC/12.03.ECO y N° 123-2006-MTC/12.03.ECO; y Memorando N° 3222-2007-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado por el recurrente, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, mediante O fi cio Nº 793-2007-INRENA-IANP/ DOANP, el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA se ha pronunciado por la compatibilidad de las operaciones previstas por la empresa, señalando ciertas restricciones en el aeródromo Balta, ubicado en la Reserva Comunal Alto Purús; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri fi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía AEROMASTER DEL PERU S.A ., Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Carga Externa, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para iniciar sus operaciones aéreas la compañía AEROMASTER DEL PERU S.A. deberá contar con el Certi fi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especi fi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Carga Externa. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Helicóptero Bell 214 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Nuevo El Valor, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huaraz / Anta. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Chivay. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Jaén. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Patria, Nuevo Mundo. DEPARTAMENTO: HUÁNUCO - Huánuco, Tingo María, Tournavista. DEPARTAMENTO: ICA - Nasca, Pisco. DEPARTAMENTO: JUNÍN - Jauja, Mazamari / Manuel Prado, Potsateni, Poyeni. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Pacasmayo, Trujillo, Urpay. DEPARTAMENTO: LAMBAYEQUE - Chiclayo. DEPARTAMENTO: LIMA - CALLAO - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Lib Mandi Metropolitano, Collique. DEPARTAMENTO: LORETO - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Corrientes / Trompeteros, El Estrecho, Intuto, Iquitos/Coronel FAP Francisco Secada Vigneta, Orellana, Pampa Hermosa, Requena, San Lorenzo, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MADRE DE DIOS - Huaypetúe, Mazuko, Puerto Maldonado. DEPARTAMENTO: MOQUEGUA - Ilo. DEPARTAMENTO: PASCO - Iscozasin.