Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2008 (03/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

369909

en el SAGU, por tanto, dichos planes se encuentran expeditos para continuar con su tramite de aprobacion correspondiente; Que, en consecuencia, resulta pertinente la aprobacion de los proyectos de PAC 2008 de un total de treinta y uno (31) Organos de Control Institucional, cuya formulacion y cumplimiento es obligatorio por parte de los organos que conforman el Sistema Nacional de Control; En uso de las facultades previstas en los articulos 22º y 32° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2008 de treinta y uno (31) Organos de Control Institucional que se encuentran bajo el ambito de control del Sistema Nacional de Control, cuya relacion se detalla en anexo adjunto. Articulo Segundo.- Las unidades organicas de linea de la Contraloria General de la Republica, bajo cuyo ambito de control se encuentran los Organos de Control Institucional anteriormente senalados, se encargaran de cautelar la ejecucion de los Planes Anuales de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica ANEXO A LA RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 120-2008-CG
ITEM CODIGO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 0010 4953 4790 0723 4568 0864 0286 5344 3763 4612 3948 1255 4693 0436 0378 0276 0581 0804 5440 2805 4213 0658 4428 3986 4405 4749 0224 0201 0203 0198 3551 BANCO DE LA NACION MORDAZA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE MORDAZA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y MORDAZA SIN DROGAS - DEVIDA DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION ICA EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHU PICCHU S.A.EGEMSA ESCUELA NACIONAL SUPERIOR AUTONOMA DE BELLAS ARTES DEL PERU FUERZA AEREA DEL PERU GOBIERNO REGIONAL MORDAZA HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO MORDAZA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TALAVERA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETEROS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ALTO AMAZONAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA MORDAZA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA - DESPACHO PRESIDENCIAL PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - PCM PROYECTO ESPECIAL BINACIONAL LAGO TITICACA - MORDAZA RED DE SALUD MORDAZA EL MORDAZA LURIN MORDAZA PUCUSANA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL 01 - SAN MORDAZA DE MIRAFLORES - UGEL 01 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL 09 - HUAURA - UGEL 09 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL 13 - YAUYOS - UGEL 13 UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL ALTO AMAZONAS YURIMAGUAS - UGEL ALTO AMAZONAS UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CANAS - UGEL CANAS UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CHINCHEROS - UGEL CHINCHEROS UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE PALPA - UGEL PALPA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA - LA CANTUTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORDAZA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA DE HUAMANGA - MORDAZA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL MORDAZA NOMBRE

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Provincial de Julcan
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 123-2008-CG MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 050-2008-CG/ ORTR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Julcan, La MORDAZA, por el periodo Enero 2003 ­ Diciembre 2005, considerando hechos anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control en la Municipalidad Provincial de Julcan, con la finalidad de determinar si los recursos municipales se utilizaron de acuerdo a la normativa aplicable y para verificar presuntas irregularidades denunciadas; Que, como resultado de la citada accion de control, la Comision Auditora, ha determinado que la obra "Construccion del Terminal Terrestre y Edificaciones Complementarias Julcan ­ I Etapa", presenta deficiencias en el MORDAZA constructivo que no fueron advertidas en la etapa de su ejecucion por los funcionarios municipales responsables; asimismo, en el tramite de pago de las valorizaciones y en la etapa de recepcion de la obra, no se ejercio un adecuado control sobre el avance real de la obra de acuerdo a la modalidad de contratacion bajo el sistema de precios unitarios, lo cual genero que tanto las valorizaciones pagadas como los metrados post construccion incluyan indebidamente mayores metrados, trabajos deficientes o distintos a los requeridos por S/. 29 266,69; adicionalmente, no se cautelo que la obra se efectue acorde al cronograma de ejecucion a la que estaba obligada contractualmente la contratista, sin tener en cuenta su retraso injustificado en el avance de la obra y dandose conformidad a una ampliacion de plazo, sin que se aplique la penalidad por MORDAZA, ni se haga efectiva la garantia de fiel cumplimiento, generando un perjuicio por S/. 85 700,00; hechos que constituyen en conjunto un dano economico a la Municipalidad por S/. 114 966,69, que debe ser resarcido de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del Articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del Articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 182893-3

182893-2

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