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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de abril de 2008 369983 (...) b) Nombre o razón social del usuario, quien deberá acreditar ser propietario, o la autorización del propietario, o contar con certifi cado o constancia de posesión, del predio en el que se instalará el suministro; (...)” Artículo 2°.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Energía y Minas y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única.- Dentro del plazo de treinta (30) días hábiles desde la publicación del presente Decreto Supremo, el Ministerio de Energía y Minas, en el nivel que corresponda, emitirá o modifi cará las normas que sean necesarias para la mejor aplicación del presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de abril del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 184058-2 INTERIOR Encargan funciones de Director de Sistema Administrativo I de la Unidad Informática y Estadística de la Dirección General de Migraciones y Naturalización RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0198-2008-IN/1601 Lima, 3 de abril del 2008 VISTO, el Ofi cio Nº 842 -2007-IN-1603 de fecha 27 de diciembre de 2007 sobre designación de funcionario en el cargo de Jefa de la Unidad de Informática y Estadística de la Dirección General de Migraciones y Naturalización. CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confi anza de Jefe de la Unidad de Informática y Estadística - Director de Sistema Administrativo I, nivel F-2 de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior; Que, asimismo, por necesidad del servicio resulta conveniente encargar a la Ingeniera Soledad Adela CANAZA ESPEJO, Inspector de Migraciones I, Nivel SPD, las funciones de Jefa de la Unidad de Informática y Estadística - Director de Sistema Administrativo I, Nivel F- 2 de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29142- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2005-IN; el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Articulo Único.- Encargar a partir de la fecha, a la Ingeniera Soledad Adela CANAZA ESPEJO, las funciones de Director de Sistema Administrativo I, Nivel F-2 de la Unidad de Informática y Estadística de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 184030-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0191-2008-IN/0102 Mediante Ofi cio Nº 018-2008-IN/0601 el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0191-2008-IN/0102, publicada en la edición del 1 de abril de 2008. DICE:“Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, al Coronel PNP Julián Ángel ROMAN FRANCO, como representante del Ministerio del Interior ante el Consejo Directivo de la Ofi cina Central de Lucha contra la falsifi cación de Numerario, creada por Ley Nº 27583” DEBE DECIR:“Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha, al Coronel PNP Julián Ángel ROMAN FRANCO, como representante del Ministro del Interior ante el Consejo Directivo de la Ofi cina Central de Lucha contra la falsifi cación de Numerario, creada por Ley Nº 27583” 183570-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Precisan que los estatutos de todas las formas de organización jurídica sin fines de lucro deberán adecuarse a las normas de la Constitución Política del Perú y de la Ley relativas a la igualdad jurídica del varón y la mujer DECRETO SUPREMO Nº 004-2008-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, prescribiendo el numeral 2) de su artículo 2° que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole; Que, asimismo el numeral 13) del artículo 2° de la Constitución Política establece que toda persona tiene derecho a asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organización jurídica sin fi nes de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley; Que, la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, estableció el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y