Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2008 (04/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2008

autonomia; impidiendo la discriminacion en todas las esferas de su MORDAZA, publica y privada, en propension a la plena igualdad; Que, para los efectos de la referida Ley, se entiende por discriminacion a cualquier MORDAZA de distincion, exclusion o restriccion, basada en el sexo, que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de las personas, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad entre la mujer y el hombre, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas politica, economica, social, cultural o en cualquier otra, en concordancia con lo establecido en la Constitucion Politica del Peru y en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado peruano; Que, de conformidad con la mencionada Ley, el Estado impulsa la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, desterrando practicas, concepciones y lenguajes que justifiquen la superioridad de alguno de los dos sexos, asi como todo MORDAZA de discriminacion basada en el sexo, estableciendose como rol del Estado para efectos de dicha Ley, entre otras, i) promover y garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, adoptando todas las medidas necesarias que permitan remover los obstaculos que impiden el ejercicio pleno de este derecho, con el fin de erradicar todas las formas de discriminacion, y ii) adoptar medidas de accion positiva de caracter temporal, encaminadas a acelerar la igualdad de hecho entre la mujer y el hombre, las que no se consideraran discriminatorias; Que, asimismo, la Ley N° 28983 precisa que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social es el ente rector, encargado de la igualdad de oportunidades para la mujer, siendo en tal sentido responsable de coordinar y vigilar la aplicacion de la misma por parte de las entidades del sector publico y privado, en los ambitos nacional, regional y local; Que, el numeral 2) del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM establece que en materia de igualdad de hombres y mujeres, constituyen Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento, entre otras, impulsar en la sociedad, en sus acciones y comunicaciones, la adopcion de valores, practicas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminacion de las mujeres; y garantizar el ejercicio pleno de los derechos civiles, politicos, economicos, sociales y culturales de las mujeres; disponiendose que la supervision del cumplimiento de dichas politicas corresponde al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, estando a lo senalado en los considerandos precedentes, es necesario dictar disposiciones que precisen que los estatutos de todas las formas de organizacion juridica sin fines de lucro, se adecuen a las normas de la Constitucion y de la Ley relativas a la igualdad juridica del varon y la mujer; De conformidad con lo establecido en los literales 8) y 24) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 28983 y la Ley No. 29158; DECRETA: Articulo 1°.- Precisase que los estatutos de todas las formas de organizacion juridica sin fines de lucro deberan adecuarse a las normas de la Constitucion Politica del Peru y de la Ley relativas a la igualdad juridica del varon y la mujer. Articulo 2º.- La adecuacion prevista en el articulo anterior debera efectuarse en un plazo de noventa (90) dias calendario contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Articulo 3°.- Vencido el plazo a que se refiere el articulo 2°, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en su calidad de ente rector encargado de la igualdad de oportunidades para la mujer, verificara el estricto cumplimiento del presente Decreto Supremo. Articulo 4°.- Conforme a lo dispuesto por el Codigo Civil, el Ministerio Publico procedera a solicitar judicialmente la disolucion de todas las formas de organizacion juridica

a que se refiere el articulo 1º, que incumplan lo dispuesto por el presente Decreto Supremo. Asimismo, procedera a formular las denuncias pertinentes por el delito de discriminacion, tipificado en el articulo 323° del Codigo Penal. Articulo 5°.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial y sera refrendado por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y por la Ministra de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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Aceptan renuncia de Director General de la Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 153-2008-MIMDES
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2008 VISTO: La Carta de fecha 13 de marzo de 2008 del senor MORDAZA MORDAZA Soriano Perea; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 543-2007MIMDES de fecha 09 de noviembre de 2007, entre otros, se designo al senor MORDAZA MORDAZA SORIANO MORDAZA, en el cargo de Director General de la Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, cargo considerado de confianza; Que, mediante el documento del visto, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto por el cual se acepta la renuncia formulada; Con la visacion del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, en la Ley Nº 27793; en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2007MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA SORIANO MORDAZA, en el cargo de Director General de la Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

184040-1

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