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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de abril de 2008 370000 FUNDACIÓN DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS ha efectuado una donación a favor de CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; Que, los bienes donados consisten en 382 bultos, conteniendo (19) palets de pintura plástica, (04) armarios, (12) mesas de madera, (01) palets de piezas de mesas negras, (02) palets de vajilla, (312) cajas de mochilas, (15) cajas de ropa totalmente nuevas, (17) aspiradoras, con valor FOB US$ 1,975.00 (MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), amparado en el certifi cado de donación de fecha 23 de mayo del 2007, con un peso bruto manifestado de 17,160 kilos, amparado en el Conocimiento de Embarque Nº BL-ESBIO-000588930-8, con un peso bruto declarado de 13,240 kilos, amparado en la DUA Nº 118-2007-10-124092-00. Destinado a la construcción e implementación de centros, casas de retiro, seminarios, Facultad de Teología y Monasterios, siendo distribuidos según las necesidades en los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Piura, Iquitos, Yurimaguas y Lima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por FUNDACIÓN DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS a favor de CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por FUNDACIÓN DESARROLLO INTEGRAL DE LOS PUEBLOS a favor de CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, consistente en 382 bultos, conteniendo (19) palets de pintura plástica, (04) armarios, (12) mesas de madera, (01) palets de piezas de mesas negras, (02) palets de vajilla, (312) cajas de mochilas, (15) cajas de ropa totalmente nuevas, (17) aspiradoras, con valor FOB US$ 1,975.00 (MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), amparado en el certifi cado de donación de fecha 23 de mayo del 2007, con un peso bruto manifestado de 17,160 kilos, amparado en el Conocimiento de Embarque Nº BL-ESBIO-000588930-8, con un peso bruto declarado de 13,240 kilos, amparado en la DUA Nº 118-2007-10-124092-00. Destinado a la construcción e implementación de centros, casas de retiro, seminarios, Facultad de Teología y Monasterios, siendo distribuidos según las necesidades en los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Piura, Iquitos, Yurimaguas y Lima. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 164637-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0189/RE Lima, 7 de febrero de 2008 Visto, los expedientes Nº 6780-2007, Nº 7937-2007, Nº 8998-2007 y Nº 9422-2007, presentados por la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, con sede en Madrid, España.CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 6 de marzo de 2007, legalizado por el Consulado General del Perú en Madrid - España, se observa que la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, ha efectuado una donación a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; Que, los bienes donados consisten en 2,735 bultos, conteniendo 03 palets con 2,581.71 kgs. de tela asfáltica, 04 bidones con 890.24 Kgs. de brea, 177 fardos pequeños de ropa totalmente nueva (500 camisas), 15 trozos de ángulos de hierro (1,335.37 Kgs.), 02 cajas con 100 pares de zapatos totalmente nuevos, 34 tableros de madera, 137 cajas con 500 mochilas, 03 armarios de cocina, 02 canastas, 02 impresoras, 01 maleta, 04 palets con 100 marcos y puertas, 29 cajas con 150 evangelios 2007, 06 trozos de ángulos de hierro (534.14 Kgs.), 05 butacas y armarios, 205 cajas con 650 mochilas, 08 cajas con 100 pares de zapatos totalmente nuevos, 02 m 2 de alfombra, 21 cajas de ropa totalmente nueva (200 camisas), 02 palets con 1,958.54 Kgs. de revestimiento cerámico, 31 cajas con 150 vajillas, 02 palets con 70 m 2 de cortinas, 04 palets con 150 puertas, 02 palets con 1,958.54 Kgs. de revestimiento cerámico, 11 trozos de ángulos de hierro (400.61 Kgs.), 02 palets con 70 m 2 de cortinas, 17 palets con 150 puertas, 379 cajas con 700 mochilas, 06 cajas con 500 pares de zapatos totalmente nuevos, 06 cajas con 500 hojas de sierra para hierro, 02 bolsas de ropa totalmente nueva (200 camisas), 02 canastas, 08 armarios de cocina, 21 palets con 19,273.84 Kgs. de revestimiento cerámico, y 1,580 cajas con 41,040.37 Kgs. de revestimiento cerámico, con un valor FOB de US$ 12,355.00 (Doce mil trescientos cincuenta y cinco y 00/100 Dólares Americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2007-10-061582-01-6-00 de fecha 26-Mar-07 y solicitud de fecha 15-May-07, con un peso total manifestado de 109,990 Kgs. brutos, según conocimiento de embarque Nº BL-ESBIO-000471264-6 de fecha 27- Feb-07 y un peso recibido de 110,640 Kgs. brutos, de acuerdo a la DUA antes indicada. Donación destinada para la construcción e implementación de centros, casas de retiro; siendo distribuida según las necesidades en los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Piura, Loreto (Iquitos, Yurimaguas) y Lima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: