Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2008 (04/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

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establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca; Que el Articulo 1° del Decreto Supremo N° 004-2007PRODUCE, sustituye el Articulo 9° del Reglamento de la Ley N° 26920, aprobado por Decreto Supremo N° 00398-PE, modificado por el Articulo 2° del Decreto Supremo N° 001-99-PE, por el Articulo 3° del Decreto Supremo N° 003-2000-PE y por el Articulo 7° del Decreto Supremo N° 004-2002-PRODUCE, estableciendo entre otros, que la transferencia del permiso de pesca, se efectuara conforme a las disposiciones conferidas en el Articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que mediante Resolucion Directoral N° 026-99-CTARPIURA-DIREPE-DR, de fecha 23 de marzo de 1999, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "MARIA MORDAZA 2 " de matricula CO-18169-CM con 34.55 m3 de capacidad de bodega y 12.21 TRN, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 1 ½ " pulgada (38 mm) minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos jurel, caballa, machete con destino al consumo humano directo, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (05) millas de la costa; Que mediante Resolucion Directoral Nº 093-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR, de fecha 13 de noviembre de 2000, se amplio el permiso de pesca a plazo determinado otorgado por Resolucion Directoral N°026-99-CTAR-PIURA-DIREPEDR, al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "MARIA MORDAZA 2" con matricula CO-18169-CM de 34.55 m3 de capacidad de bodega y 12.21 TRN, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (05) millas de la costa; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 169-2002PE/DNEPP, de fecha 10 de MORDAZA de 2002, se modifico el nombre de la embarcacion pesquera "MARIA MORDAZA 2", la que en adelante se denominara "JESUS MARIA", manteniendose los demas terminos y condiciones del permiso de pesca; Que mediante Resolucion Directoral Nº 064-2004-GRP420020-100, de fecha 15 de junio de 2004, se modifico la Resolucion Directoral N° 026-99-CTAR-PIURA/DIREPE-DR del 23 de marzo de 1999 y Resolucion Directoral N°0932000-CTAR PIURA/DIREPE-DR del 13 de noviembre de 2000, en el extremo referido al volumen de la capacidad de bodega correspondiente a la embarcacion pesquera "JESUS MARIA" (Ex - MORDAZA MORDAZA 2") de matricula CO18169-CM, debiendo consignarse el volumen de 52.10 m3; Que la embarcacion "JESUS MARIA" (Ex - MORDAZA MORDAZA 2) de matricula CO-18169-CM, de 52.10 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente, publicada en el literal N) del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 085-2007-PRODUCE. Asimismo se encuentra consignada con permiso de pesca vigente, en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion; Que a traves de los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicitan cambio de titular del permiso de pesca y nombre de la embarcacion pesquera "JESUS MARIA" (Ex ­ MORDAZA MORDAZA 2) de matricula CO-18169-CM; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que los recurrentes han cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos 6° y 19 ­ A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0352003-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE; asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad vigente, por lo que es procedente otorgar el cambio de titular solicitado en los mismo terminos y condiciones otorgados y reconocidos por la administracion, conforme se establece en el Articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001 modificado por Decreto Supremo N° 015-2007-PRODUCE;

Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo o la normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2007PRODUCE. Para tal efecto la totalidad de bodegas de la embarcacion debe mantener implementado y operativo el medio de preservacion a bordo, siendo para el presente caso obligatorio como minimo el uso de MORDAZA con hielo, segun lo dispuesto en el permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral N° 026-99-CTAR-PIURA-DIREPEDR, de fecha 23 de marzo de 1999; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 589-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi; y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado mediante Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; y la Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar en el extremo referido al cambio de nombre de la embarcacion pesquera "JESUS MARIA" (Ex ­ MORDAZA MORDAZA 2) de matricula CO-18169-CM por el de "DONA MARIA", manteniendose los demas terminos y condiciones del permiso de pesca otorgado. Articulo 2º.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA ECA de MORDAZA el cambio del titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral N° 026-99-CTAR-PIURA-DIREPE-DR de fecha 23 de marzo de 1999, modificada por Resolucion Directoral N° 093-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR de fecha 13 de noviembre de 2000 y Resolucion Directoral N° 0642004-GRP-420020-100 de fecha 15 de junio de 2004, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 2° de la presente Resolucion debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinadas al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del Permiso de Pesca que fue otorgado a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Directoral Nº 026-99-CTARPIURA-DIREPE-DR de fecha 23 de marzo de 1999, para operar la embarcacion pesquera ""JESUS MARIA" (Ex MORDAZA MORDAZA 2) de matricula CO-18169-CM. Articulo 5º.- Incorporar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senora MORDAZA MORDAZA ECA de MORDAZA como nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "DONA MARIA" de matricula CO-18169-CM, asi como la presente resolucion en el literal N) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0852007-PRODUCE; excluyendo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA consignado en dicho anexo. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: WWW.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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