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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de abril de 2008 370680 Que, luego de vencido el plazo de vigencia de la Resolución OSINERG 112-2006 OS/CD, corresponde realizar la fi jación de tarifas por Red Principal para el período comprendido entre el 1 de mayo de 2008 y el 30 de abril de 2010. Que, el Anexo J del Procedimiento para la Fijación de Precios Regulados 10 , indica que el proceso de fi jación de tarifas por Red Principal se inicia con la presentación de la propuesta tarifaria por parte de las empresas concesionarias; así mismo, establece como fecha máxima para la presentación de la citada propuesta el 01 de diciembre; Que, con fecha 30 de noviembre de 2007, la empresa TGP, mediante carta TGP-GECO-INT-03869-2007, presentó a OSINERGMIN su propuesta tarifaria acompañada del correspondiente sustento; Que, con fecha 30 de noviembre de 2007, mediante carta GC/MCH/74002924 la empresa Cálidda presentó a OSINERGMIN su propuesta tarifaria, así como el sustento de la misma. Posteriormente, mediante carta GC/MCH/74002926 del 10 de diciembre 2007, la empresa presentó una rectifi cación a los cálculos presentados previamente; Que, de acuerdo al Procedimiento (Anexo J), se convocó y llevo a cabo una audiencia pública, el día 12 de diciembre de 2007, en la que ambas empresas concesionarias tuvieron la oportunidad de sustentar sus propuestas de fi jación de tarifas, y absolver en primera instancia las observaciones recibidas de los asistentes; Que, el Decreto Supremo N° 195-2007-EF establece en su Artículo 5° que: “…para efecto del cómputo de los plazos regulados para los procedimientos administrativos de las entidades sujetas al ámbito de aplicación de la presente norma, el período del 17 al 31 de diciembre del 2007 son considerados como días inhábiles…” por lo que, los plazos del proceso regulatorio tuvieron que ser reprogramados de acuerdo a la citada norma; Que, con fecha 18 de diciembre de 2007, mediante Ofi cio N° 1047-2007-GART y Ofi cio N° 1048-2007-GART, se informó a Cálidda y a TGP, respectivamente, sobre la modifi cación del Cronograma del Procedimiento Administrativo de Fijación de Tarifas de Red Principal. Adicionalmente, se realizó la publicación del nuevo cronograma en la página Web institucional; Que, con fecha 07 de enero de 2008, mediante Ofi cio N° 016-2008-GART, dentro del plazo que establece el procedimiento, OSINERGMIN remitió a Cálidda las observaciones encontradas a su propuesta tarifaria. En la misma fecha, con Ofi cio N° 017-2008-GART, dentro del plazo que establece el procedimiento, OSINERGMIN remitió a TGP las observaciones encontradas a su propuesta tarifaria; Que, con fecha 28 de enero de 2008, TGP, mediante carta TGP/GECO/INT-00079-2008, presenta la absolución a las observaciones efectuadas por OSINERGMIN, de conformidad y dentro de los plazos que establece el Procedimiento; Que, con fecha 29 de enero de 2008, Cálidda, mediante carta GC/MCH/84000213, presenta la absolución a las observaciones efectuadas por OSINERGMIN, de conformidad y dentro de los plazos que establece el Procedimiento, y adicionalmente menciona que, en el mes de mayo de 2008, con el desarrollo de la 11° Oferta Pública de Capacidades, prevé que se podría estar superando la capacidad actual de la Red Principal de Distribución, por lo que solicita se le informe bajo que mecanismo se determinaría la nueva tarifa que remuneraría la probable ampliación del sistema de distribución de la Red Principal; Que, mediante D.S. N° 007-2008-PCM se declaró feriado nacional el día 02 de mayo de 2008; y con D.S. N° 008-2008-PCM se declararon días no laborables el 15 y 16 de mayo de 2008, a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao; Que, con fecha 19 de febrero de 2008 se publicó en el diario Ofi cial El Peruano la Resolución OSINERGMIN N° 141-2008-OS/CD, que publicó el proyecto de resolución que fi ja las tarifas de la Red Principal de Camisea; Que, con fechas 25 y 26 de marzo de 2008, se llevaron a cabo Audiencias Públicas descentralizadas en Ica y Lima, en las cuales OSINERGMIN expuso y sustentó su propuesta tarifaria; Que, el 04 de marzo de 2008 fue la fecha límite para que los interesados en la regulación tarifaria presentaran sus opiniones y sugerencias al proyecto de resolución que fi ja las Tarifas por Red Principal de Camisea, correspondiente al período de vigencia 2008 – 2010, recibiéndose las opiniones y sugerencias de las empresas Cálidda, Edegel, Enersur y Kallpa; las cuales han sido publicadas en la página Web de OSINERGMIN y cuyo análisis se realiza en el Informe N° 0139-2008-GART; Que, luego de analizar las opiniones y sugerencias recibidas, se identifi có que OSINERGMIN no había determinado las Condiciones de Aplicación defi nidas en el numeral 11.7 del Reglamento, por lo que, corresponde incorporar dichas condiciones como parte de la Resolución de fi jación de las tarifas de la Red Principal. Las citadas condiciones establecen el procedimiento de facturación de los servicios de transporte mediante el Cargo por Reserva de Capacidad (CRC) y el Cargo por Uso (CUM), según lo defi nido en la Norma del Servicio de Transporte; Que, como consecuencia de la defi nición de los mencionados cargos, resulta innecesaria la fi jación de tarifas diferenciadas por Servicio Firme e Interrumpible, ya que el procedimiento de facturación propuesto establece formas de pago diferentes para servicios diferentes (Servicio Firme e Interrumpible 11) tal como lo defi ne la Norma del Servicio de Transporte; Que, debido al cambio efectuado12, se realizó una nueva publicación del Proyecto de Resolución que fi ja las Tarifas de la Red Principal así como sus Condiciones de Aplicación, y, por consiguiente, se efectuó una nueva Audiencia Pública descentralizada 13, a fi n de recibir los comentarios y sugerencias de los interesados. Que, dicha propuesta fue publicada el 18 de marzo de 2008, de acuerdo con el ítem g), del Anexo J del Procedimiento, mediante Resolución OSINERGMIN N° 0226-2008-OS/CD y, adicionalmente, se publicó oportunamente en la página institucional el nuevo cronograma del proceso tarifario; Que, la Resolución OSINERGMIN N° 0226-2008-OS/ CD defi nió el 03 de abril de 2008 como la fecha límite para que los interesados en la regulación tarifaria presentaran sus opiniones y sugerencias al proyecto de resolución que fi ja las Tarifas por Red Principal de Camisea, correspondiente al período de vigencia 2008 – 2010, recibiéndose las opiniones y sugerencias de las empresas generadoras de electricidad: EDEGEL, ENERSUR y KALLPA; usuarias de la Red Principal, las cuales han sido publicadas en la página Web del OSINERGMIN y cuyo análisis se realiza en el Informe Técnico N° 0184-2008-GART y en el Informe Legal Nº 0191-2008-GART; Que, ambos informes complementan la motivación que sustenta la decisión del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3°, numeral 4 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 14; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054- 10 Aprobado mediante Resolución OSINERG N° 0001-2003-OS/CD y posteriormente modi fi cado mediante Resolución OSINERG N° 0185- 2005-OS/CD. De acuerdo con lo establecido por la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado y Concordado de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobado mediante Resolución OSINERGMIN N° 775-2007-OS/CD, el procedimiento para Fijación de las Tarifas de Red Principal de Gas Natural correspondiente al período 2008-2010 que se encontraba en trámite al aprobarse dicho Texto Único Ordenado y Concordado, continúa rigiéndose por el Anexo J de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados” vigente al momento en que se inició dicho procedimiento. 11 El Servicio Firme (SF) se paga como un Cargo por Reserva de Capacidad (CRC) mientras que el Servicio Interrumpible (SI) se paga como un Cargo por Uso (CU). 12 Se retiro la fi jación de tarifas por Servicio Firme (SF) e Interrumpible (SI) y se reemplazo por las Condiciones de Aplicación que contiene la forma de facturación de los SF y SI. 13 Las audiencias fueron realizadas en el Callao y Lima, el día 27 de marzo de 2008. 14Artículo 3°.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos: … 4. Motivación.- El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico. … Descargado desde www.elperuano.com.pe