TEXTO PAGINA: 16
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de abril de 2008 370670 Artículo Séptimo .- Dejar sin efecto los Manuales de Organización y Funciones vigentes a la fecha de la presente Resolución en las partes que se opongan al Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba con la presente Resolución, quedando vigentes las funciones descritas para los cargos de las diferentes unidades organizativas. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones 188101-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan viaje de magistrado para participar en la Segunda Reunión entre los integrantes de las Asociaciones Peruana, Argentina y Chilena de Derecho Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 053 -2008-P/TC Lima, 14 de abril de 2008VISTA, la comunicación recibida con fecha 15 de febrero de 2008, remitida por la Junta Directiva de la Asociación Peruana de Derecho Constitucional; CONSIDERANDO:Que, mediante el documento de vista, la Junta Directiva de la Asociación Peruana de Derecho Constitucional invita a la Segunda Reunión entre los integrantes de las Asociaciones Peruana, Argentina y Chilena de Derecho Constitucional, a realizarse del 16 al 18 de abril de 2008, en Buenos Aires, Argentina. Que el Magistrado Gerardo Eto Cruz ha manifestado su interés de participar en el citado evento, en el que se tratarán temas relevantes como: el Poder Constituyente Irregular; Ejecución y Proyección en el Ámbito Interno de las Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Remoción de los Miembros de las Cortes Supremas y/o Tribunales Constitucionales y Situación Actual de las Cuestiones Políticas no Justiciables; que contribuirán a un intercambio de conocimientos doctrinarios y experiencias académicas en beneficio de este órgano de justicia constitucional. Con conocimiento del Pleno.De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Magistrado del Tribunal Constitucional, doctor Gerardo Eto Cruz, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 15 al 20 de abril de 2008. Artículo Segundo.- El viaje del referido Magistrado no irrogará gasto alguno al Tribunal Constitucional. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR LANDA ARROYO Presidente 188465-1ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Aprueban transferencias financieras a favor de diversas instituciones para la ejecución de actividades vinculadas al manejo ambiental, asistencia técnica y prevención del consumo de drogas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 030-2008-DV-PE Lima, 28 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA) es el organismo rector responsable del diseño y conducción de la Política Nacional de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas, y tiene como misión principal coordinar, promover, planifi car, monitorear y evaluar los programas y actividades contenidos en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas y sus actualizaciones anuales, conforme a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 824 - “Ley de Lucha contra el Narcotráfi co”, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27629, concordado con lo señalado en el artículo 6º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM; Que, en el inciso d) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2002-PCM, se señala que es función de DEVIDA, entre otras, “Promover, coordinar y acordar con las diferentes instituciones del Estado, vinculadas a la lucha contra las drogas, los proyectos y actividades que se ejecutarán anualmente y promover la inclusión de éstas en el Presupuesto Nacional”; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que los recursos para las acciones del Plan de Impacto Rápido 2008 (PIR 2008), autorizados por la citada Ley, en el Pliego Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, son centralizados en dicho Pliego y distribuidos a las entidades comprendidas en el PIR, a través de Resolución del Titular de DEVIDA, mediante transferencias fi nancieras, conforme a lo establecido en el artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previa evaluación de los proyectos del PIR, a cargo de las entidades; asimismo, dicha norma precisa que los recursos del PIR no deben ser reorientados a otras actividades o proyectos diferentes del respectivo Plan; Que, mediante Oficio Nº 016-2008-EF/76.14, la Dirección Nacional de Presupuesto Público, comunica que en aplicación del artículo 12º de la Ley Nº 29142, DEVIDA es responsable de los recursos asignados al PIR y la distribución de los mismos, corresponden ser efectuados por éste, de acuerdo a su plan de actividades y convenios efectuados con las diferentes entidades que realicen acciones del Plan de Impacto Rápido; Que, mediante el visto bueno de la Presidencia Ejecutiva contenido en el Memorándum Nº 127-2008-DV-GG, de fecha 3 de marzo de 2008, se da la conformidad a la propuesta de distribución de los recursos del PIR 2008, integrada por la Gerencia de Planeamiento Global y Evaluación, en base a las propuestas de las Direcciones y Gerencias involucradas en el citado Plan, formuladas en base a los Lineamientos Básicos, aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 019-2008-DV-PE, y a los Procedimientos para la Gestión e Implementación del Plan de Impacto Rápido – PIR 2008, contenidos en la Directiva Nº 003-2008- Descargado desde www.elperuano.com.pe