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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (16/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de abril de 2008 370744 Institucional de la Municipalidad de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE, de acuerdo a ley. Artículo Segundo.- Reajústese la ubicación y numeración de los procedimientos aprobados por la Ordenanza N° 134-MDMM y modifi catorias, de conformidad con el texto que se encuentra publicado en los Portales señalados en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 188006-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 135, que dispuso prorrogar plazo de vencimiento de pago de cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios del ejercicio 2008 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010 San Juan de Lurigancho, 14 de abril del 2008. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 122-2008-GR/MSJL de fecha 19.03.2008, y el Informe Nº 161-2008-GAJ/MDSJL de fecha 26.03.2008; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Nº 135 publicada con fecha 13.03.2008 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprobó prorrogar hasta el 31.03.2008 el plazo de vencimiento del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fi scal 2008. Que, en la Primera Disposición Final de la citada Ordenanza, se prorroga los alcances del Artículo 6º de la Ordenanza Nº 065-2005-MSJL, mientras se encuentre vigente la presente Ordenanza; asimismo, en la Tercera Disposición Final, se faculta al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o prórroga para la adecuada aplicación de la indicada norma legal. Que, mediante Informe Nº 122-2008-GR/MSJL de fecha 19.03.2008 emitido por la Gerencia de Rentas se señala que luego de un análisis de la recaudación obtenida y las obligaciones pendientes, existe un considerable porcentaje de contribuyentes que aún no han cumplido con el pago de sus obligaciones tributarias, motivo por el cual se hace necesario establecer una prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 135 hasta el día 19.04.2008; asimismo se precisa que las unidades orgánicas dependientes de la Gerencia de Rentas, han tomado las previsiones del caso a efecto de que los contribuyentes tengan una orientación adecuada para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Estando a lo antes expuesto y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 161-2008-GAJ/MSJL de fecha 26.03.2008, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ordenanza Municipal Nº 135;DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el día 19 de abril del 2008, la fecha de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 135, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 13 de marzo del 2008, mediante la cual se dispuso prorrogar hasta el 31.03.2008 el plazo de vencimiento del pago de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2008. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Rentas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 188682-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 240-MDSMP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2008/MDSMP San Martín de Porres, 31 de marzo del 2008 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 240-MDSMP (31. ENERO.2008) publicada el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 7.FEBRERO.2008, se aprueban los benefi cios extraordinarios para contribuyentes del distrito por el pronto pago de sus tributos correspondientes al período 2008; Que, la Segunda Disposición Final de la referida Ordenanza dispone que mediante Decreto de Alcaldía se podrán dictar las disposiciones complementarias para su mejor cumplimiento; Que, es política de la presente Gestión Municipal brindar a sus contribuyentes mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, estando a los informes Nºs. 048-2008-GAT/ MDSMP y 319-2008-GAJ/MDSMP, de las Gerencias de Administración Tributaria y Asesoría Jurídica, respectivamente; De conformidad con los artículos 20º, Inc. 6 y 42º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de las Municipalidades, así como Decreto Supremo Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributario; y con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Ordenanza Nº 240-MDSMP hasta el 30.ABRIL.2008. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencias correspondientes; como su publicación a la Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y dése cuenta al Concejo Municipal. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 188951-1Descargado desde www.elperuano.com.pe