Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (16/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de abril de 2008 370738 señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 106° del Reglamento Interno del Consejo Regional, dispone que las Comisiones de Consejeros Regionales, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo cuya fi nalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir Dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo les encargue; Que, los Lineamientos de Política Sectorial de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, cuentan con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Infraestructura, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modifi catorias; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES JUNÍN” Artículo Primero.- APROBAR los Lineamientos de Política Sectorial de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín, el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 032-GRJ/CR. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Municipalidad Distrital de Ahuac, Provincia de Chupaca, a los 15 días del mes de febrero de 2008. HENRY ROSALES MALLQUI DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 20 días del mes febrero de 2008. VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO Presidente 187942-1 Aprueban Plan Estratégico Concertado de las Personas Adultas Mayores 2008 - 2012 ORDENANZA REGIONAL Nº 079-2008-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada a los 3 días del mes de marzo de 2008, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, sus modifi catorias; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano en concordancia con la Ley de Política Nacional de Población, aprobada por Decreto Legislativo Nº 346, modifi cado por la Ley Nº 26530, así como con los acuerdos y compromisos asumidos en la Primera Asamblea Internacional sobre el Envejecimiento (Viena, 1982), La Conferencia Internacional Sobre la Población y Desarrollo (El Cairo, 1994) y la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Social (Copenhague,1995), promueve el mejoramiento de la calidad de vida de la población en un marco de desarrollo social, económico y cultural sostenible que garantice el bienestar humano, compartido en forma equitativa, para lo cual aprobó el Plan Nacional de Población 1998 - 2002, a través del Decreto Supremo Nº 011-98-PROMUDEH; que dentro de este contexto y teniendo en cuenta que el grupo poblacional “Adulto Mayor”, referido a las personas de ambos sexos mayores de sesenta años, requiere de un tratamiento especial considerando su condición de vulnerabilidad biológica y social, se aprueba con Decreto Supremo Nº 010-2000-PROMUDEH, sobre “Lineamientos de Política para las Personas Adultas Mayores”; Que, el 6 de julio del 2002, el Ministerio de Promoción de la Mujer y Desarrollo Humano, promulgó mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-PROMUDEH, el “Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002-2006”, con el objeto de implementar acciones coordinadas entre las organizaciones gubernamentales y la sociedad civil, a fi n de aumentar la participación e integración social del adulto mayor, a través del incremento de la cobertura y calidad de los servicios de salud, la garantía de una asistencia alimentaria y nutricional, y la generación de una vida armónica con su familia y su comunidad; Que, el 20 de junio del 2003 el Ministerio de Salud, aprobó la Resolución Ministerial Nº 729-2003-SA/DM, documento sobre “La Salud Integral: Compromiso de Todos - El Modelo de Atención Integral de Salud”, elaborado para el período 2002 - 2012, a efectos de priorizar y consolidar acciones de atención integral de salud relativas a la promoción, prevención y cuidado de la salud, disminuyendo los riesgo y daños, especialmente de los niños, mujeres, adultos mayores y discapacitados; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 006- 2006-MINDES, amplía hasta el ejercicio 2010, el periodo de vigencia del Plan Nacional de las Personas Adultas Mayores 2002-2006, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-PROMUDEH; Que, el artículo 1º de la Ley de las Personas Adultas Mayores, Ley Nº 28803, señala que el Objeto de la Ley es dar un marco normativo que garantice los mecanismos legales para el ejercicio pleno de los Derechos reconocidos en la Constitución Política y los Tratados Internaciones vigentes de las Personas Adultas Mayores para mejorar su calidad de vida y que se integren plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural, contribuyendo al respeto de su dignidad; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal h) del artículo 60º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley 27867, prescribe que: son Funciones del Gobierno Regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, “Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad”; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 288-2006- GR/PR, se reconoce al Consejo Regional de la Persona Adulta Mayor - COREPAM; Que, el COREPAM ha ido progresivamente evolucionando, fortaleciendo y desarrollando acciones desde la competencia de cada sector o institución, lo que ha permitido comprender, analizar, sistematizar de manera integral la cambiante situación del adulto mayor en Junín, así como defi nir ejes estratégicos orientados a una mejora en su calidad de vida. De ello resultó necesario implementar medidas que sustentaron la necesidad de formular el Plan Estratégico Concertado para las Personas Adultas Mayores. Es innegable, que la atención a las personas adultas mayores no se halle en una situación de igualdad real con respecto al resto Descargado desde www.elperuano.com.pe