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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de abril de 2008 370740 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Crean el Archivo Regional de Lima ORDENANZA REGIONAL Nº 05-2008-CR-RL EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA: VISTO:El pedido del PATRONATO DE DEFENSA DEL PATRIMONIO CULTURAL DEL VALLE DE HUAURA Y AMBAR, representado por los ciudadanos CARLOS BISSO DRAGO, FILOMENO ZUBIETA NUÑEZ, DOMINGO TORERO F. C. y de la Consejera Regional por la provincia de Huaura Dra. MARIANELA T. JUNCO BARRERA, quienes solicitan la CREACION DEL ARCHIVO REGIONAL DE LIMA presentado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima realizada el día 19 de diciembre del año dos mil siete en la ciudad de Huacho. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento Estratégico, Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial y Administración y Adjudicación de Tierras de Propiedad del Estado, conformado por Marianela Teresa Junco Barrera Consejera Regional provincia de Huaura, Tito Germán Hurtado Ruiz Consejero Regional provincia de Canta, Santos Tomas Quispe Murga Consejero Regional provincia de Oyón, han presentado al pleno del Consejo regional el DICTAMEN Nº 01-2008-GRL-CR-CO-PTOTAATPE Que aprueba la Creación del Archivo Regional de Lima. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 192º de la Constitución Política del Perú concordante con el Artículo 4º de la Ley Nº 27867; el Gobierno Regional de Lima es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal, y tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible; Que el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que es atribución del Consejo Regional , aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de la competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, conforme lo establece el artículo 1º de la Ley Nº 25323, el Sistema Nacional de Archivos integra a las Entidades e Instituciones de carácter público, que realizan funciones de archivo en el ámbito nacional, para alcanzar los objetivos de defensa, conservación, organización y servicio del Patrimonio Documental de la Nación, aplicando principios, normas, técnicas y métodos de archivos; Que, el artículo 22º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Archivos, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-92-JUS, establece que los Archivos Regionales son Organismos Descentralizados del Gobierno Regional con Personería Jurídica de Derecho Público con autonomía administrativa y económica, dependientes del Consejo Regional y técnica y normativamente del Archivo General de la Nación; conducen las actividades archivísticas del Sistema en su jurisdicción. Así mismo, el numeral 23º del referido Reglamento, establece que los Archivos Regionales tienen por fi nalidad la defensa, conservación e incremento del Patrimonio Documental de la Nación existente en la Región; El ente rector archivístico nacional y los archivos regionales cumplen también una labor cultural. En ese sentido el artículo 10º, numeral 2 f) de la Ley Nº 27867, incluye entre las funciones compartidas, la de difusión de la cultura y la potenciación de todas las instituciones culturales regionales, consecuentemente el ARL para cumplir las indicadas funciones requiere de un nivel jerárquico que le permita realizar una labor dirigida hacia todas las instituciones públicas en favor de los archivos públicos y los privados o particulares que conserven documentos archivísticos integrantes del Patrimonio Documental Archivístico. Que, la creación del Archivo Regional de Lima no solamente se sustenta en la legislación archivística especializada sino en las leyes del proceso de descentralización. La Ley Nº 27867 Orgánica de Gobierno Regionales, en su artículo 8º, inciso 10; y la Ley Nº 27783 de Bases de Descentralización. Que, estando, a lo acordado en la sesión ordinaria del 7 de abril del año 2008 conforme con el voto unánime de los consejeros regionales en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado modifi cado por la Ley Nº 27680 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Ley Nº 27902 Ley Nº 28968 y la Ley Nº 29053 ha emitido la siguiente ordenanza que: RESUELVE:Artículo Primero.- CREAR el Archivo Regional como Organismo Descentralizado del Gobierno Regional de Lima, cuya fi nalidad es la defensa, conservación e incremento del Patrimonio Documental de la Nación existente en su competencia territorial. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Presidente del Gobierno Regional de Lima, disponga las medidas necesarias para el cumplimiento del artículo precedente. Artículo Tercero.- La implementación, organización y puesta en funcionamiento del Archivo Regional del Gobierno Regional de Lima, comenzará con la transferencia del Archivo Provincial de Huaura - Huacho. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto todas las demás disposiciones que se opongan a la presente. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, disponiéndose su publicación asimismo en un Diario de Circulación Regional y en el Portal del Gobierno Regional de Lima (www.regiónlima.gob.pe). En Huacho, a los siete días del mes de abril del dos mil ocho. POR TANTO: Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. BEATRIZ EUGENIA CASTILLO OCHOA Consejera DelegadaConsejo Regional del Gobierno Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los once días el mes de abril del dos mil ocho. NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 188916-1 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO Declaran en reorganización adminis- trativa y asistencial al Hospital Regional de Loreto “Felipe Arriola Iglesias” RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 483-2008-GRL-P Villa Belén, 18 de marzo del 2008VISTO.- El Ofi cio Nº 050-2008-GRL-DRSL/30.01 de fecha 13 de marzo, emitido por la Directora General de la Dirección Regional de Salud de Loreto, anexando el Informe sobre la situación crítica del Hospital Regional de Loreto “Felipe Arriola Iglesias”, solicitando en virtud al informe de la referencia, declarar en reorganización interna a dicho nosocomio e implementar las medidas correctivas que el caso amerite. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización establece que es fi nalidad de los Descargado desde www.elperuano.com.pe